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jueves, 12 de diciembre de 2019

Cestas de Navidad.

Tomado del REAF Asesores Fiscales. Consejo General de Economistas.

4 comentarios:

  1. Buenas Gregorio. Me parece muy interesante el tema de los regalos como usos y costumbres. El ejemplo es muy ilustrativo para entender el caso.
    Un saludo y feliz Navidad.
    Alejandro Gómez

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  2. Buenos días, Por uso y costumbre es deducible gasto e iva? Sólo en este caso sería así y habría que realizar la tributación en especie obligatoriamente. Gracias por la información.
    Saludos y Felices Fiestas.
    Rosalía

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    Respuestas
    1. Buenas tardes: No, el IVA no es deducible. Un saludo

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    2. La tributación en especie hay que hacerla para el que el gasto sea deducible del Impuesto sobre Sociedades. Un saludo y Feliz Navidad.

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