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sábado, 4 de agosto de 2012

Se formaliza el apoderamiento de los clientes mediante un Registro.



De este modo se formaliza el apoderamiento de los clientes mediante la inscripción en un registro que se crea para ello.

Se habilita una nueva vía al ciudadano para apoderar, a cualquier otro ciudadano o empresa, para que actúe en su nombre. De acuerdo con el anexo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, se considera ciudadano a cualesquiera persona física, persona jurídica y ente sin personalidad que se relacione, o sea susceptible de relacionarse, con las Administraciones Públicas.

Con este fin se crea el Registro de apoderamientos.

Un saludo cordial para todos y feliz verano.

Gregorio Labatut Serer

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