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miércoles, 10 de abril de 2013

Las entidades sin fines lucrativos ya tienen sus planes de cuentas.


Efectivamente, las entidades sin fines lucrativos tienen en España una normativa propia. Ya no aplican el PGC, ni el PGC de pymes, sino que tienen su normativa específica.
De este modo, se dispone de una normativa adaptada,  en sintonía con el Plan General de Contabilidad y con las normas internacionales de información financiera. Su aplicación permitirá que los aportantes de fondos, beneficiarios y otros interesados en la actividad desarrollada por las entidades sin fines lucrativos, puedan conocer la imagen fiel de su patrimonio, de la situación financiera y de las variaciones originadas en el patrimonio neto durante el ejercicio.
Esta adaptación de los planes de cuentas se ha producido mediante:
Un saludo cordial para todos los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer

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