Los cambios se han producido en:
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NIA-ES 260 (Revisada).
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NIA-ES 510 (Revisada).
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NIA-ES 570 (Revisada).
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NIA-ES 700 (Revisada).
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NIA-ES 701
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NIA-ES 705 (Revisada).
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NIA-ES 706 (Revisada).
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NIA-ES 720 (Revisada).
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NIA-ES 805 (Revisada).
Como sabemos las exigencias de la Directiva 2014/56/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, y del Reglamento (UE)
número 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014,
fueron traspuestos a la normativa española a través de la Ley 22/2015, de 20 de
julio, de Auditoría de Cuentas (LAC).
Entre los importantes cambios introducidos por dicha Ley se
pueden citar el contenido del nuevo informe de auditoría, que será exigible a
los trabajos de auditoría sobre cuentas anuales o estados financieros
correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 17 de
junio de 2016.
Pero el cambio definitivo se produjo, cuando el IAASB finalizó
el proceso de revisión de determinadas normas, fundamentalmente las que se
encuentran relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de
auditoría de cuentas anuales y de comunicación con los órganos rectores de la
entidad auditada.
La revisión de estas normas supone un cambio relevante en el
contenido del informe, afectando tanto a la estructura del propio informe como
a la información que en éste debe recogerse. Las normas revisadas han sido las
siguientes: 260, 570, 700, 705, 706 y 720. También hay que reseñar la
incorporación de una nueva NIA, la 701, sobre la inclusión en el informe de
auditoría de cuentas anuales de información sobre las cuestiones clave de la auditoría
realizada. (Nuevas NIA-ES revisadas)
En consecuencia, con el objeto de trasladar a la normativa
reguladora de la actividad de auditoría de cuentas en España (en concreto, las
NIA-ES) las NIA revisadas por parte del IAASB e incorporar los nuevos
requerimientos exigidos por la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de
Cuentas y por el Reglamento (UE) número 537/2014, se hace necesario proceder a
la adaptación de las citadas NIA revisadas al marco jurídico nacional.
Estas nuevas NIA-ES que se publican vendrán a sustituir a
las existentes hasta ahora a partir de su entrada en vigor, que corresponderá al
desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales
o estados financieros o un solo estado financiero correspondientes a ejercicios
económicos que se inicien a partir del 17 de junio de 2016, así como a los
estados financieros intermedios correspondientes a dichos ejercicios
económicos.
En todo caso, la modificación de las Normas Técnicas de
Auditoría objeto de esta Resolución serán de aplicación a los trabajos de
auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2018,
independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los
estados financieros objeto del trabajo.
Ante la lectura de las nuevas NIA-ES, lo primero que tenemos
que decir es que el informe de auditoría, hasta ahora, era un informe corto de
una a dos páginas (en condiciones normales), donde se exponía fundamentalmente
la opinión del auditor, y en su caso los motivos por los cuales la opinión era
modificada. Por lo tanto, el informe
estaba enfocado fundamentalmente a eso solo, y poca cosa más.
Sin embargo, los nuevos informes de auditoría cambian
totalmente de enfoque, se trata de un informe largo. A partir de ahora nos
tendremos que acostumbrar a informes largos de muchas páginas, en el que el
aspecto fundamental seguirá siendo la opinión del auditor (será el primer
párrafo del nuevo informe), pero luego tiene una serie de párrafos incluso
anexos al informe en el que se describirán aspectos críticos de la empresa,
riesgos, incertidumbres, el trabajo que realiza el auditor y su
responsabilidad, la responsabilidad de los administradores, etc.
En fin, que los nuevos informes de auditoría no consistirán
solamente en la opinión, sino en exponer otras circunstancias de la empresa que
puedan ayudar al lector a hacerse una imagen de ella más real, describiendo una
serie de circunstancias que le afectan.
También en el propio informe, o bien en un anexo al mismo se describirá con todo detalle
en que consiste el trabajo del auditor de cuentas, para que el usuario sepa que
es una auditoría y lo que ésta le puede proporcionar y lo que no. De este modo
se pretende que el usuario no se cree expectativas respecto a la auditoria
distintas de lo que ésta puede ofrecer.
En definitiva, un informe mucho más voluminoso que el de
ahora y con mucha mayor información.
Las principales modificaciones de las nuevas NIA-ES se
refiere a diferentes aspectos del informe de auditoría de cuentas, tanto de su
contenido como de su estructura, de nodo que el informe de auditoría tendrá una
estructura y un orden diferentes.
El nuevo orden de los párrafos será el siguiente: