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jueves, 28 de marzo de 2024

Caso práctico sobre valoración de inventarios en producción conjunta.



He realizado un caso práctico sobre “valoración de inventarios en producción conjunta.” para InformaEc Contables. Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 411 de 26 de marzo de 2024.

 En el caso de una empresa que fabrique un producto y que de forma ineludible e inexorable se obtiene otro producto distinto al mismo tiempo y en el mismo proceso de fabricación, se produce un problema de valoración de los productos obtenidos, en cuanto a la imputación de los costes indirectos.

No es un problema nuevo, pero el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), lo trata de forma muy pragmática y clara en la Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción.

Según esta norma, es posible que, de forma inexorable e ineludible, al fabricar un producto, se puede obtener otro distinto. En estos casos tendremos que distinguir dos situaciones distintas:

1.       Que el producto que se obtiene de forma inexorable se trate de un producto o subproductos, pero que tiene un mercado y por lo tanto pueda ser vendido a un precio de mercado.

2.       Que el producto que se obtiene de forma inexorable se trate de residuos, desechos o desperdicios que no tienen un mercado y, por lo tanto, para la empresa no suponga un ingreso, sino más bien un coste adicional de retirada.

En el caso de que el producto obtenido sea la prestación de un servicio y que para ello requiera la retirada de residuos que se incorpora luego a la producción de un productos final distinto. El ICAC indica que se seguirá el mismo criterio de incorporación en el coste de la prestación del servicio el coste de los residuos. Se puede ver en la consulta del ICAC núm. 1 del BOICAC 113 de marzo de 2018 sobre la valoración de los residuos que obtiene una empresa en la prestación de un servicio. En este caso, el ICAC concluye que “…… en la medida que los residuos se obtienen del proceso de prestación del servicio, de acuerdo con el criterio que se ha reproducido, la empresa los incorporará al activo por su valor neto realizable, importe que se deducirá del coste de prestación del servicio”.

Se pueden ver tres casos distintos PINCHANDO AQUI.
01_03_2024_Caso-practico-sobre-produccion-conjunta-1.pdf (economistas.es)
Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial

Profesor Titular Universidad de Valencia.


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viernes, 22 de marzo de 2024

Ayer comenzó una nueva edición del Curso Superior del Experto Contable REC]

 


Ayer comenzó una nueva edición del Curso Superior del

hashtagExpertoContable REC]. Francisco José Gracia Herreiz, Pte. del Registro de Expertos Contables REC] y Pte. de Economistas Contables del Consejo General de Economistas (hashtagEC_CGE), y yo dimos la bienvenida al numeroso alumnado inscrito y presentamos al profesor Gregorio Labatut Serer, primer ponente. Una vez más, reiterar mi agradecimiento a los casi 100 alumnos/as que han vuelto a confiar un año más en esta magnífica formación, al profesorado y a Jorge Capeans, Secretario Gral. hashtagEC_CGE y al Consejo General de Economistas por la magnífica organización. ,

martes, 19 de marzo de 2024

Elaboración Cuentas Anuales 2023

 


Organizado por Ediciones Primera Lectura, el próximo día 26 de marzo de 2024 el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un curso sobre Elaboración de Cuentas Anuales 2023.

El curso tiene como objetivo analizar, repasar y concretar todos los aspectos, datos y elementos a tener en cuenta para cerrar el ejercicio 2023, revisando las novedades legislativas, en los ámbitos fiscal y contable de aplicación, a fin de poder reflejarlo adecuadamente en las cuentas anuales 2023 y prever sus efectos en el próximo depósito de CCAA.

Programa

  1. Obligaciones contables cierre 2023. Plazos formulación y aprobación, sociedades inactivas. Responsabilidad de los administradores y delito contable.
  2. Reformulación de Cuentas Anuales.
  3. Operaciones principales del cierre 2023: Tesorería, partidas en moneda extranjera, inventarios, corte operaciones, inmovilizado, subvenciones, arrendamientos, regularizaciones, reclasificaciones, determinación del resultado antes de impuestos, arrendamientos, amortizaciones, deterioros, etc.
  4. Operaciones más problemáticas con posibles repercusiones fiscales: Hechos posteriores, deterioros, amortizaciones, periodificación de ingresos y gastos, gastos e ingresos de ejercicios anteriores, estimaciones, existencia de pasivos ficticios, cuentas corrientes con socios y administradores y subvenciones de los socios y tratamiento de operaciones con empresas del grupo.
  5. Presentación de CCAA. en el Registro Mercantil
  6. Software de doble uso
  7. Canal de denuncias
  8. Actualización al nuevo tipo de gravamen 23 %

Más información en:

https://primeralecturaediciones.com/cursos/curso-elaboracion-cuentas-anuales-2023/

Os esperamos.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

 

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viernes, 15 de marzo de 2024

Caso práctico sobre la aplicación del coste de producción conjunta en una empresa promotora inmobiliaria.

 


He realizado un caso práctico sobre la aplicación del coste de producción conjunta en una empresa promotora inmobiliaria., para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 410 de 14 de marzo de 2024

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

Nos vamos a referir en esta ocasión a la aplicación del concepto de producción conjunta en una empresa inmobiliaria.

Como sabemos, la Resolución de 9 de mayo de 2000, del ICAC por el que se establecen criterios para la determinación del coste de producción, y en concreto el apartado quinto que regula la producción conjunta, indica lo siguiente:

"Si en un proceso de fabricación, de forma inexorable, se fabrica simultáneamente más de un producto, la asignación de los costes que no son imputables a un producto concreto se basará en criterios o indicadores lo más objetivos posibles con la orientación, con carácter general, de que los costes imputados a cada producto sean lo más paralelos o proporcionales al valor neto de mercado o de realización del citado producto. En la memoria de las cuentas anuales se señalarán los criterios o indicadores utilizados en la asignación de los referidos costes."

Nos planteamos sí este criterio puede aplicarse al caso de una promoción inmobiliaria en lo referente a la distribución de costes entre las viviendas de una promoción iniciada en un ejercicio y finalizada dos años después, habiéndose vendido sobre plano una parte importante de las viviendas. Las características de todas las viviendas son similares, salvo los metros cuadrados, y las viviendas no vendidas sobre plano son muy inferiores a las que efectivamente se han vendido sobre plano.

El ICAC da respuesta a este problema en la Consulta número 6 del BOICAC número 91/septiembre 2012.

El ICAC explica que, la situación de hecho que da origen a la aparición de costes conjuntos son los procesos de fabricación en los que, de forma inexorable, se fabrique simultáneamente más de un producto. Es decir, se debe fabricar un producto y, de forma inexorable. De modo que independiente de la voluntad del productor, se obtiene otro producto distinto. En la producción conjunta no se hace referencia a las unidades de producto sino a las clases de productos que se obtienen en el proceso de producción.

En base a todo esto, el ICAC concluye que, según los términos de la consulta, las viviendas producidas tienen básicamente las mismas características, por lo que debe entenderse que la promoción inmobiliaria constituye el producto y las viviendas son las unidades producidas, sin que pueda afirmarse, con los datos señalados, que existe la situación de hecho que originaría la aplicación de las normas de producción conjunta.

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

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sábado, 9 de marzo de 2024

Elaboración Cuentas Anuales 2023

 


Organizado por la Sección de Toledo del Colegio de Economistas de Madrid, el próximo día 20 de marzo de 2024 el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá una sesión sobre la Elaboración de las Cuentas Anuales de 2023.

El curso tiene como objetivo analizar, repasar y concretar todos los aspectos, datos y elementos a tener en cuenta para cerrar el ejercicio 2023, revisando las novedades legislativas, en los ámbitos fiscal y contable de aplicación, a fin de poder reflejarlo adecuadamente en las cuentas anuales 2023 y prever sus efectos en el próximo depósito de CCAA.

Programa

  1. Obligaciones contables cierre 2023. Plazos formulación y aprobación, sociedades inactivas. Responsabilidad de los administradores y delito contable.
  2. Reformulación de Cuentas Anuales.
  3. Operaciones principales del cierre 2023: Tesorería, partidas en moneda extranjera, inventarios, corte operaciones, inmovilizado, subvenciones, arrendamientos, regularizaciones, reclasificaciones, determinación del resultado antes de impuestos, arrendamientos, amortizaciones, deterioros, etc.
  4. Operaciones más problemáticas con posibles repercusiones fiscales: Hechos posteriores, deterioros, amortizaciones, periodificación de ingresos y gastos, gastos e ingresos de ejercicios anteriores, estimaciones, existencia de pasivos ficticios, cuentas corrientes con socios y administradores y subvenciones de los socios y tratamiento de operaciones con empresas del grupo.
  5. Presentación de CCAA. en el Registro Mercantil
  6. Software de doble uso
  7. Canal de denuncias
  8. Actualización al nuevo tipo de gravamen 23 %
Os esperamos.
Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular Universidad de Valencia.
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Curso práctico sobre contabilidad de constructoras e inmobiliarias.

 


Organizado por Economistas Contables EC del Consejo General de Economistas de España, el próximo día 18 de marzo de 2024 el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un curso práctico sobre contabilidad de constructoras e inmobiliarias.

Con este curso práctico se pretende poner al día al auditor de cuentas, al profesional de la contabilidad, a los asesores fiscales y contables y a cualquier interesado en la contabilidad, sobre la normativa contable, las resoluciones y consultas más relevantes publicadas por el ICAC sobre los aspectos contables de la contabilidad de las empresas inmobiliarias y constructoras, desde un punto de vista práctico.

Estar al día con los problemas actuales y retos que se le plantean a la contabilidad de las empresas inmobiliarias y constructoras, teniendo en cuenta todas las consultas del ICAC al respecto, así como la reforma en el reconocimiento de ingresos que se produjo en 2021 mediante la Resolución del 10 de febrero de 2021 sobe reconocimiento de ingresos, adaptándolo a la Normativa Internacional (NIIF 15 Reconocimiento de los ingresos), desde un punto de vista práctico.

En este sentido, el ICAC no ha promulgado nuevas adaptaciones sectoriales de empresas constructoras e inmobiliarias, pero ha publicado diversas consultas y resoluciones, como por ejemplo la resolución sobre el cálculo del coste de producción, por el que se han indicado nuevos criterios para el registro contable de las operaciones de este tipo de empresas. En ese sentido también la NIIF 15 Reconocimiento de ingresos, aportó nueva información sobre el tratamiento contable de los ingresos en este tipo de entidades, que ha sido adoptada por el ICAC mediante la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021 sobre reconocimiento de ingresos, por la que se modificó el PGC.

·       PROGRAMA

1.     Características del sector.

2.     Regulación Contable.

3.     Constructoras. Reconocimiento de los ingresos.

4.     Método de contrato cumplido

5.     Método de porcentaje de realización: Método basado en los insumos y método basado en el producto.

6.     Casos prácticos.

7.     Aplicación de los criterios establecidos en la Resolución del ICAC de 10 de febrero basados en la NIIF 15 Reconocimiento de ingresos.

8.     Constructoras: Modificación en el presupuesto, provisión por contratos onerosos, provisión por gastos de retirada, gastos proyecto y anteproyecto, etc. Resolución del ICAC sobre el coste de producción.

9.     Promotoras inmobiliarias: Préstamos Hipotecarios Subrogables, Promociones en curso y Anticipos de Clientes. Casos prácticos.

10.  Promotoras Inmobiliarias. Inmuebles en alquiler. Casos prácticos.

11.  Contabilidad de las UTE´s.

Más información en: Portal de Formación - Consejo General de Economistas

Os esperamos.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular Universidad de Valencia.

 

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jueves, 29 de febrero de 2024

Aspectos contables y fiscales de las escisiones de empresas.

 


Organizado por el Col.legi d´Economistes de Catalunya, el próximo día 14 de marzo de 2024 el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá una sesión con el título “Aspectos contable y fiscales de las escisiones de empresas”.

Durante la sesión se tratarán los aspectos contables y fiscales de las escisiones de empresas.

La escisión es una operación societaria que se produce cuando una sociedad que posee uno o más negocios, acuerda una separación de los mismos aportando todos o alguno de ellos a otra entidad que recibe el nombre de beneficiaria que se constituirá o ampliará su capital para llevar a efecto la operación.

Según el artículo 68 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la escisión de una sociedad mercantil podrá revestir cualquiera de las siguientes modalidades:

o   1.ª Escisión total.

o   2.ª Escisión parcial.

o   3.ª Segregación.

Durante el curso se estudiarán las diferencias entre estas operaciones.

Desde una perspectiva contable también hay que distinguir si la operación se realiza ente sociedades independientes o entre sociedades del grupo, y cuando se considera una cosa u otra. Esto último es importante, porque de ello dependerá la aplicación de la Norma de Registro y Valoración 19ª Combinaciones de negocios o la Norma de Registro y Valoración 21ª Operaciones entre empresas del grupo del PGC.

Además, también se estudiarán los contenidos de la Resolución de 5 de marzo de 2019 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el que se aprueban los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital, en concreto CAPÍTULO X. Las modificaciones estructurales y el cambio de domicilio.

Desde el punto de vista fiscal nos basaremos en CAPÍTULO VII. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, de la Ley del Impuesto sobre sociedades.

También se estudiarán las diferencias entre la escisión y las aportaciones no dinerarias de un negocio.

Todo ello desde una perspectiva eminentemente práctica.

 

El programa de la jornada contendrá todos y cada uno de los conceptos que deben ser conocidos por el experto contable y el auditor de cuentas, desarrollado con casos prácticos.

De este modo, se tratarán mediante casos prácticos:

       Ámbito de aplicación.

       Concepto de negocio.

       Escisiones de empresas independientes. (contabilidad de la sociedad escindida y beneficiaria)

·       Escisión inversa.

       Escisiones entre empresas del grupo.

       Efectos en la sociedad escindida y en la sociedad beneficiaria.

       Aportaciones no dinerarias a la constitución o incremento de capital de una sociedad. Diferencias con la escisión.

       Tratamiento fiscal.

 

Más información en:

https://coleconomistes.cat/Eventos/wf_curso.aspx?IdMenu=d94ff862-99b6-463b-bde4-de56a1789838&Cod=17621&Idioma=ca-ES

Os esperamos.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

 

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Aplicación práctica de la valoración de empresas.

 


Organizado por el Colegio Vasco de Economistas (Ekonomistak), los próximos días 13 y 15 de marzo el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un curso sobre “Aplicación práctica de la valoración de empresas.”

El objetivo del curso se fundamenta en el análisis de los diferentes modelos de valoración de empresas teniendo en cuenta el tipo de empresas y de tamaño.

Así mismo también resulta adecuado determinar el valor de la empresa en el caso del derecho de separación del socio regulado en el artículo 348 Bis del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

El curso se dirige a cualquier profesional interesado en la valoración de empresas como asesores/as de empresas, responsables financieros/as, asesores/as contables, auditores/as de cuentas, etc. para que puedan incorporar los conocimientos adquiridos a su práctica profesional.

El curso constará de dos partes:

-          Valoración de empresas de menor tamaño.

-          Valoración de empresas de mayor tamaño.

VALORACIÓN DE EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

La primera sesión se centrará en las de tamaño más pequeño, que se basan en modelos tradicionales que parten de la información proporcionada por los estados financieros, y otra obtenida de otras fuentes ajenas a la empresa.

Las pymes suponen el 65% del PIB de nuestro país y generan el 75% de los puestos de trabajo. En consecuencia, se puede decir que la Pequeña y mediana empresas resultan fundamentales para nuestro sistema económico, por lo tanto, la valoración de estos negocios es un tema necesario que hay que abordar.

De tal modo que nos apoyaremos en métodos basados en la contabilidad, métodos mixtos o compuestos que calculan el posible fondo de comercio, métodos comparativos o por múltiplos.

También introduciremos el método de descuento de flujos de efectivo, en aquellos aspectos que puedan ser aplicados a una Pyme. La valoración de empresas resulta un procedimiento imprescindible en la transmisión de todo o parte de una empresa.

PROGRAMA:

1. Conceptos de valor y precio (valor contable versus valor de mercado, principios y fines de la valoración).

2. Métodos de valoración basados en el balance, patrimoniales o analíticos.

3. Métodos de valoración mixtos o compuestos. Valoración del fondo de comercio.

4. Métodos de valoración comparativos o por múltiplos.

5. Introducción a los métodos de valoración basados en el descuento de flujos de tesorería previstos.

6. Casos prácticos con hoja de cálculo.

VALORACIÓN DE EMPRESAS DE MAYOR TAMAÑO

La segunda sesión se fundamenta en el análisis de los diferentes modelos de valoración de empresas de mayor tamaño, basados en considerar a la empresa como una sucesión en el tiempo de proyectos de inversión y de financiación, con capacidad para generar flujos de tesorería cuya cuantía habrá que estimar, así como actualizarlos a una tasa apropiada al riesgo económico y financiero que soporta.

En el caso de aplicación de la metodología de descuento de flujos de tesorería, se pondrá especial hincapié en la planificación futura, el cálculo de la tasa de descuento, y la estimación de valor residual o valor de continuación. Todo ello, desde una perspectiva eminentemente práctica mediante hoja de cálculo.

La valoración de empresas resulta un procedimiento imprescindible en la transmisión de todo o parte de una empresa. Sin embargo, esta técnica también resulta muy útil en la determinación del valor en uso de una Unidad Generadora de Efectivo, con la finalidad de poder cuantificar los posibles deterioros de los activos.

PROGRAMA:

1.       Conceptos de valoración de empresas de mayor tamaño.

2.       Métodos de valoración comparativos o por múltiplos.

3.       Métodos de valoración basados en el descuento de flujos de tesorería previstos.

4.       Casos prácticos con hoja de cálculo.

Más información en: https://www.ekonomistak.eus/Eventos/Ficha.aspx?IdMenu=194180de-d6ff-49f2-9469-f474f7cfc426&Cod=26593bb0-b0f4-4f00-93b4-f1cf4c09f804&Idioma=es-ES

Os esperamos.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

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lunes, 26 de febrero de 2024

Sobre el tratamiento contable otorgado a un contrato de compraventa por tramos.n. Consulta número 3 del BOICAC número 136 diciembre 2023.

 


Siguiendo con nuestra intención de explicar las consultas del ICAC con esquemas y casos prácticos, hemos comentado la consulta núm. 3 del BOICAC 136 diciembre 2023, sobre el tratamiento contable otorgado a un contrato de compraventa por tramos. Se puede consultar en:  http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/p/aplicacion-practica-de-las-consultas.html

Esperamos que puedan ser de interés.

 

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

 

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

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domingo, 25 de febrero de 2024

Por las victimas del incendio del barrio de Campanar. Valencia. DEP



Quiero hacer llegar desde aquí mi más sentido pésame y mis condolencia a los familiares de las victimas del trágico incendio del barrio de Campanar de Valencia.

Lo cierto es que no estábamos preparados para esto, y tiene que pasar una desgracia como esta para que nos percatemos de lo vulnerables que somos y de que las normas de construcción deben actualizarse, y se deben de aplicar a todas las edificaciones con independencia de su antigüedad.

Todos vimos que ese incendio no es normal.

Mis condolencias más profundas. DEP 

Gregorio

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Curso Contabilidad de la actividad constructora e inmobiliaria 2024 (2 sesiones webinar)

 


Organizado por Lefebvre Formación, los días 4 y 5 de marzo el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá dos sesiones sobre contabilidad de la actividad constructora e inmobiliaria.

Con estas sesiones se pretende poner al día al auditor de cuentas, al profesional de la contabilidad, a los asesores fiscales y contables y a cualquier interesado en la contabilidad, sobre la normativa contable, las resoluciones y consultas más relevantes publicadas por el ICAC sobre los aspectos contables de la contabilidad de las empresas inmobiliarias y constructoras.

Dominar el tratamiento contable de cuestiones más polémicas que han sido consultadas al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. ICAC, desde la aprobación de las adaptaciones sectoriales del PGC a empresas inmobiliarias y constructoras.

Como sabemos al aprobarse el PGC de 2007, en su disposición transitoria quinta sobre la aplicación de las adaptaciones sectoriales del ICAC existentes hasta ese momento, indicó que sus criterios seguían manteniéndose en todo lo que no entrará en contradicción con el contenido del nuevo PGC.

En este sentido, el ICAC no ha promulgado nuevas adaptaciones sectoriales, pero ha publicado diversas consultas y resoluciones, como por ejemplo la resolución sobre el cálculo del coste de producción, por el que se han indicado nuevos criterios para el registro contable de las operaciones de este tipo de empresas. En ese sentido también la NIIF 15 Reconocimiento de ingresos, también nos aporta nueva información sobre el tratamiento contable de los ingresos en este tipo de entidades, que ha sido adoptada por el ICAC mediante la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021 sobre reconocimiento de ingresos, por la que se modificó el PGC.

 PROGRAMA

1.       Características del sector.

2.       Regulación Contable.

3.       Constructoras. Reconocimiento de los ingresos.

4.       Método de contrato cumplido

5.       Método de porcentaje de realización: Método basado en los insumos y método basado en el producto.

6.       Casos prácticos.

7.       Aplicación de los criterios establecidos en la Resolución del ICAC de 10 de febrero basados en la NIIF 15 Reconocimiento de ingresos.

8.       Constructoras: Modificación en el presupuesto, provisión por contratos onerosos, provisión por gastos de retirada, gastos proyecto y anteproyecto, etc. Resolución del ICAC sobre el coste de producción.

9.       Promotoras inmobiliarias: Préstamos Hipotecarios Subrogables, Promociones en curso y Anticipos de Clientes. Casos prácticos.

10.   Promotoras Inmobiliarias. Inmuebles en alquiler. Casos prácticos.

11.   Contabilidad de las UTE´s.

Más información en: Lefebvre Formación

Os esperamos.

Un cordial saludo.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular Universidad de Valencia.

 


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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.