Este proyecto de Ley tiene por finalidad actualizar los
criterios de tamaño empresarial (activo, cifra de negocios y empleados)
aplicables a efectos de contabilidad, información financiera, sostenibilidad y
auditoría, con el objetivo de transponer la Directiva Delegada (UE) 2023/2775,
que eleva los umbrales contables europeos un 25 % para compensar la inflación.
Los principales cambios propuestos son los siguientes:
1.
Modificación articulo 257 de la Ley de Sociedades
de Capital:
Se incrementan los límites para formular Cuentas Anuales
Abreviados del modo siguiente (euros):
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
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Activo |
4.000.000 |
7.500.000 |
|
Cifra de negocios |
8.000.000 |
15.000.000 |
|
Número de empleados |
50 |
50 |
2.
Modificación artículo 263.3 de la Ley de Sociedades
de Capital:
Se incrementan los límites para la exención de la obligación
de auditar del modo siguiente (euros):
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
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Activo |
2.850.000 |
3.565.000 |
|
Cifra de negocios |
5.700.000 |
7.125.000 |
|
Número de empleados |
50 |
50 |
”Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que
durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de
ellos, al menos dos de las
circunstancias siguientes:
a) Que el total de
las partidas del activo no supere los tres millones quinientos sesenta y cinco
mil euros.
b) Que el importe
neto de su cifra anual de negocios no supere los siete millones ciento
veinticinco mil euros.
c) Que el número
medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a
cincuenta.
Las sociedades
perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos,
dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.”
Yo ahí lo dejo, hay que interpretarlo. Y es importante su interpretación para la obligación, o no, de auditar en el cierre de 2025.
3.
Modificación art. 3.9 y 3.10 de la Ley de
Auditoría de Cuentas.
Se incrementan los límites para las definiciones de entidad
pequeña y entidad mediana (euros):
Entidades pequeñas:
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
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Activo |
4.000.000 |
7.500.000 |
|
Cifra de negocios |
8.000.000 |
15.000.000 |
|
Número de empleados |
50 |
50 |
Entidades medianas:
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
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Activo |
20.000.000 |
25.000.000 |
|
Cifra de negocios |
40.000.000 |
50.000.000 |
|
Empleados |
250 |
250 |
4.
Modificación del Plan General de Contabilidad de
Pymes:
Se incrementan los límites para la aplicación del PGC Pymes
del modo siguiente (euros):
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
|
Activo |
4.000.000 |
7.500.000 |
|
Cifra de negocios |
8.000.000 |
15.000.000 |
|
Número de empleados |
50 |
50 |
5.
Modificación del Plan General de Contabilidad de
entidades sin fines lucrativos:
Se incrementan los límites para la aplicación del PGC Pymes de
entidades sin fines lucrativos, del modo siguiente (euros):
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Limites actuales |
Propuesta del Proyecto de Ley |
|
Activo |
4.000.000 |
7.500.000 |
|
Cifra de negocios |
8.000.000 |
15.000.000 |
|
Número de empleados |
50 |
50 |
Entrada en vigor
▪ La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el BOE.
▪ Los nuevos límites serán de aplicación en el primer
ejercicio cuyo cierre esté afectado por la ley.
Su aprobación es inminente, de tal modo que si se publica en
el año 2025 como es previsible, será de aplicación en este cierre.
Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
Profesor honorario de la Universidad de Valencia.

Muchas gracias Gregorio por tu servicio desinteresado de vigilancia legislativa.
ResponderEliminarMuchas gracias a ti Jordi, por tu amabilidad. Saludos
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