El Gobierno, en pleno mes de agosto y con pleno “calorcito, no deja de trabajar. Se le podrá criticar a este gobierno muchas cosas, pero no se le podrá criticar su falta de interés, ni sus pocas ganas, ni de dejación de funciones, pues en pleno mes de agosto, cuando la mayoría de nosotros estamos de vacaciones, este Gobierno sigue impertérrito e incansable su camino de reformas, y eso que tan sólo le restan tres meses para su cierre definitivo.
De esta forma en el Consejo de Ministros de ayer día 19 de agosto se aprobó una medida con un nombre un tanto estrambótico: REAL DECRETO-LEY de medidas para la mejora dela calidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, de contribución a la consolidaciónfiscal y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011.
- Se reduce temporalmente la tributación a la adquisición de vivienda nueva al 4 por 100 hasta el 31 de diciembre
- Modificación en el Impuesto sobre Sociedades, principalmente para las grandes empresas
- la racionalización del gasto farmacéutico que se espera proporcione unos cinco mil millones de euros adicionales a las arcas del Estado en 2011.
- Se incrementa la capacidad de emitir garantías financieras en el marco de la contribución de España a la Facilidad Europea de Estabilización Financiera
Con respecto al IVA en la adquisición, y con efectos hasta el 31 de diciembre de 2011, las entregas de inmuebles destinados a vivienda nueva se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4 por 100 en lugar del 8 por 100 habitual en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
O sea, que por un lado te quitan la desgravación en renta de la adquisición de vivienda nueva, porque se dijo en su día que ya no hay que fomentar la adquisición de viviendas fiscalmente, y ahora se da marcha a atrás, y como se ve que el mercado inmobiliario sigue empantado se fomenta la adquisición de viviendas. Desde luego no se le puede achacar a este Gobierno falta de interés, pero también hay que decir que realiza medidas contradictorias, me recuerda esto lo de la limitación develocidad: 120, 110, 120.
En segundo lugar, modificación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Con respecto a esto se toman tres tipos de medidas, y es en las que más me voy a detener:
La medida consiste en incrementar los pagos de a cuenta de estas sociedades, por lo que al final no se trata de un incremento en la presión fiscal, sino anticipar el pago del impuesto, incrementando los pagos fraccionados. Se puede decir que estas empresas, hasta ahora el porcentaje de pago fraccionado se aplicado se calculaba multiplicando por cinco séptimos el tipo de gravamen del impuesto redondeado por defecto. Por ello, se puede decir que venían aplicando en sus pagos fraccionados un tipo del 21 por 100. (el tipo impositivo final que pagan es del 30 por 100).
Pues bien, a partir de la aprobación del Real Decreto Ley y para los pagos fraccionados pendientes de 2011, es decir, los que se realizarán en octubre y diciembre, y para los tres pagos fraccionados a realizar en cada uno de los años 2012 y 2013, el porcentaje se calculará multiplicando por ocho décimos el tipo general de gravamen cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea de, al menos, veinte millones e inferior a sesenta millones de euros, y por nueve décimos cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea, al menos, de sesenta millones de euros. De este modo, las sociedades con cifra de negocios entre veinte y sesenta millones de euros aplicarán en sus pagos fraccionados un tipo del 24 por 100 y las sociedades con, al menos, sesenta millones de cifra de negocios un tipo del 27 por 100.
Con respecto a la compensación de Bases imponibles negativas. También solamente afectará a las grandes empresas. Se establecen límites, con carácter temporal, a la compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios anteriores. De este modo, para los años 2011, 2012 y 2013 las grandes empresas cuya cifra de negocios sea de al menos veinte millones e inferior a sesenta millones de euros solo podrán aplicar el 75 por 100 de las bases imponibles negativas que tengan pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores, porcentaje que se verá reducido al 50 por 100 cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea, al menos, de sesenta millones de euros.
Por otro lado, para que el derecho de compensación no se pierda y pueda ser aplicado, por el contrario se amplía el plazo máximo de compensación de las bases negativas procedentes de ejercicios anteriores de 15 a 18 años. Esta última medida beneficiará por igual a todo tipo de entidades, incluidas las Empresas de Reducida Dimensión, aunque no se vean afectadas por las limitaciones a la compensación aplicables en 2011, 2012 y 2013 que afecta solamente a las muy grandes empresas.
Finalmente, respecto a la amortización fiscal del fondo de comercio (contablemente no se amortiza), se establece un límite, también de aplicación exclusiva en los ejercicios 2011,2012 y 2013, a la deducción del fondo de comercio financiero. Dicho fondo se deducirá en ambos ejercicios por centésimas partes y no por veinteavas partes como en el resto de los ejercicios. Esto es se disminuye el porcentaje de amortización desde el 5 % al 1 %, pero se aclara que también, esta medida, se trata de una periodificación de impuestos, ya que los importes no deducidos en dichos ejercicios serán deducibles en los ejercicios posteriores.
En el fondo todo este tipo de medidas consisten en diferir deducciones del Impuesto sobre Sociedades para años siguientes, quiere esto decir que, como los próximos tres años se avecinan muy duros, entonces, es como si el Gobierno pidiera un préstamo a las empresas a tipo de interés cero, para devolvérselo después de tres años, pues las empresas no van a perder el derecho de deducción. Algo así, como "paga más estos años, y te lo deduces después".
Yo me pregunto, ¿esto va su poner un ingreso en las arcas del estado que merezca la pena?. ¿Qué necesitado de dinero está el estado para tomar esta medida?.
Pues según las estimaciones llevadas a cabo por la Agencia Tributaria, el conjunto de las tres medidas propuestas podría suponer un aumento recaudatorio ligeramente superior a 2.500 millones de euros.
Con respecto al gasto farmacéutico, no me pronunció pues el problema lo tenemos en la calle, y cada uno de mostros tendrá su opinión formada, pero con las medidas de austeridad en la prestación farmacéutica impuestas por el Gobierno, éste prevé un ahorro para el Sistema Nacional de Salud de unos 2.400 millones de euros anuales y de 167 millones en la aportación de los ciudadanos.
Esperemos que sí, porque no quiero ni pensar que nos estén engañando.
Desde luego, en Septiembre no es que el Gobierno deba sacar las tijeras, sino que debe sacar la “motosierra”, pero también hay que decir que “hay mucha madera por cortar todavía”.
Espero no haberos alterado las vacaciones, con estas noticias, y os deseo a todos los que estéis de vacaciones, que sigáis disfrutando de ellas, porque “mañana será otro día”.
Un fuerte abrazo para todos.
Gregorio Labatut Serer
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Después las medidas serán criticables o no, pero desde luego no se le puede tachar de falta de interés.
De esta forma en el Consejo de Ministros de ayer día 19 de agosto se aprobó una medida con un nombre un tanto estrambótico: REAL DECRETO-LEY de medidas para la mejora dela calidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, de contribución a la consolidaciónfiscal y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011.
A simple vista parece un conjunto de temas poco oentre sí, mejora de la calidad, cohesión del Sistema Nacional de Saludo, contribución a la consolidación fiscal y avales. ¿Qué tienen en común todas estas cosas?, pues por un lado, conseguir que se vendan viviendas y reactivar el mercado inmobiliario, y de otro conseguir otro recorte en el gasto, esto es disminuir la deuda, que está ahogando a la economía española con las terribles subidas de la prima de riesgo, y finalmente calmar a los “temibles” mercados.
- Se reduce temporalmente la tributación a la adquisición de vivienda nueva al 4 por 100 hasta el 31 de diciembre
- Modificación en el Impuesto sobre Sociedades, principalmente para las grandes empresas
- la racionalización del gasto farmacéutico que se espera proporcione unos cinco mil millones de euros adicionales a las arcas del Estado en 2011.
- Se incrementa la capacidad de emitir garantías financieras en el marco de la contribución de España a la Facilidad Europea de Estabilización Financiera
Con respecto al IVA en la adquisición, y con efectos hasta el 31 de diciembre de 2011, las entregas de inmuebles destinados a vivienda nueva se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4 por 100 en lugar del 8 por 100 habitual en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
O sea, que por un lado te quitan la desgravación en renta de la adquisición de vivienda nueva, porque se dijo en su día que ya no hay que fomentar la adquisición de viviendas fiscalmente, y ahora se da marcha a atrás, y como se ve que el mercado inmobiliario sigue empantado se fomenta la adquisición de viviendas. Desde luego no se le puede achacar a este Gobierno falta de interés, pero también hay que decir que realiza medidas contradictorias, me recuerda esto lo de la limitación develocidad: 120, 110, 120.
En segundo lugar, modificación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Con respecto a esto se toman tres tipos de medidas, y es en las que más me voy a detener:
1. Incrementar los pagos fraccionados de las muy grandes empresas.
2. Limitar la compensación de bases imponibles negativas también para las grandes empresas.
3. Disminuir la amortización fiscal del fondo de comercio.
Con respecto al incremento de los pagos fraccionados. Se dice que las medida van a afectar únicamente a las muy grandes empresas, con veinte o más millones de cifra de negocios, la cuales representan menos del 0,5 por 100 del total de declarantes por el Impuesto sobre Sociedades, y sólo en la medida en que estén obteniendo beneficios, por considerarse que tienen mayor capacidad económica para realizar una aportación temporal anticipada que contribuya a las sostenibilidad de nuestras finanzas públicas.La medida consiste en incrementar los pagos de a cuenta de estas sociedades, por lo que al final no se trata de un incremento en la presión fiscal, sino anticipar el pago del impuesto, incrementando los pagos fraccionados. Se puede decir que estas empresas, hasta ahora el porcentaje de pago fraccionado se aplicado se calculaba multiplicando por cinco séptimos el tipo de gravamen del impuesto redondeado por defecto. Por ello, se puede decir que venían aplicando en sus pagos fraccionados un tipo del 21 por 100. (el tipo impositivo final que pagan es del 30 por 100).
Pues bien, a partir de la aprobación del Real Decreto Ley y para los pagos fraccionados pendientes de 2011, es decir, los que se realizarán en octubre y diciembre, y para los tres pagos fraccionados a realizar en cada uno de los años 2012 y 2013, el porcentaje se calculará multiplicando por ocho décimos el tipo general de gravamen cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea de, al menos, veinte millones e inferior a sesenta millones de euros, y por nueve décimos cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea, al menos, de sesenta millones de euros. De este modo, las sociedades con cifra de negocios entre veinte y sesenta millones de euros aplicarán en sus pagos fraccionados un tipo del 24 por 100 y las sociedades con, al menos, sesenta millones de cifra de negocios un tipo del 27 por 100.
Con respecto a la compensación de Bases imponibles negativas. También solamente afectará a las grandes empresas. Se establecen límites, con carácter temporal, a la compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios anteriores. De este modo, para los años 2011, 2012 y 2013 las grandes empresas cuya cifra de negocios sea de al menos veinte millones e inferior a sesenta millones de euros solo podrán aplicar el 75 por 100 de las bases imponibles negativas que tengan pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores, porcentaje que se verá reducido al 50 por 100 cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea, al menos, de sesenta millones de euros.
Por otro lado, para que el derecho de compensación no se pierda y pueda ser aplicado, por el contrario se amplía el plazo máximo de compensación de las bases negativas procedentes de ejercicios anteriores de 15 a 18 años. Esta última medida beneficiará por igual a todo tipo de entidades, incluidas las Empresas de Reducida Dimensión, aunque no se vean afectadas por las limitaciones a la compensación aplicables en 2011, 2012 y 2013 que afecta solamente a las muy grandes empresas.
Finalmente, respecto a la amortización fiscal del fondo de comercio (contablemente no se amortiza), se establece un límite, también de aplicación exclusiva en los ejercicios 2011,2012 y 2013, a la deducción del fondo de comercio financiero. Dicho fondo se deducirá en ambos ejercicios por centésimas partes y no por veinteavas partes como en el resto de los ejercicios. Esto es se disminuye el porcentaje de amortización desde el 5 % al 1 %, pero se aclara que también, esta medida, se trata de una periodificación de impuestos, ya que los importes no deducidos en dichos ejercicios serán deducibles en los ejercicios posteriores.
En el fondo todo este tipo de medidas consisten en diferir deducciones del Impuesto sobre Sociedades para años siguientes, quiere esto decir que, como los próximos tres años se avecinan muy duros, entonces, es como si el Gobierno pidiera un préstamo a las empresas a tipo de interés cero, para devolvérselo después de tres años, pues las empresas no van a perder el derecho de deducción. Algo así, como "paga más estos años, y te lo deduces después".
Yo me pregunto, ¿esto va su poner un ingreso en las arcas del estado que merezca la pena?. ¿Qué necesitado de dinero está el estado para tomar esta medida?.
Pues según las estimaciones llevadas a cabo por la Agencia Tributaria, el conjunto de las tres medidas propuestas podría suponer un aumento recaudatorio ligeramente superior a 2.500 millones de euros.
Con respecto al gasto farmacéutico, no me pronunció pues el problema lo tenemos en la calle, y cada uno de mostros tendrá su opinión formada, pero con las medidas de austeridad en la prestación farmacéutica impuestas por el Gobierno, éste prevé un ahorro para el Sistema Nacional de Salud de unos 2.400 millones de euros anuales y de 167 millones en la aportación de los ciudadanos.
¿Será verdad?
Esperemos que sí, porque no quiero ni pensar que nos estén engañando.
Desde luego, en Septiembre no es que el Gobierno deba sacar las tijeras, sino que debe sacar la “motosierra”, pero también hay que decir que “hay mucha madera por cortar todavía”.
Espero no haberos alterado las vacaciones, con estas noticias, y os deseo a todos los que estéis de vacaciones, que sigáis disfrutando de ellas, porque “mañana será otro día”.
Un fuerte abrazo para todos.
Gregorio Labatut Serer
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