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domingo, 7 de mayo de 2017

Los nuevos informes de auditoría pondrán de manifiesto “las tripas de la empresa”.


No es el primer post en el que tratamos los nuevos informes de auditoría. Puede verse:




En todos estos post pusimos de manifiesto los cambios que se van a producir con los nuevos informes de auditoría, pero ahora queremos destacar dos cuestiones importantes, que en nuestra opinión nos traerán los nuevos informes y que no estarán desprovistos de polémica, tanto por las empresas auditadas, como por los auditores que tendrán que informar sobre esto y también por parte de los usuarios que tienen que saber interpretar la nueva información sobre la empresa que se les va a ofrecer.

Nos referimos a los nuevos párrafos sobre:

-          Incertidumbres sobre la empresa en funcionamiento.

-          Cuestiones clave de auditoría o aspectos más relevantes de la auditoría. Donde se describirán los riesgos existentes en la empresa.

Estos dos nuevos párrafos se tienen que incorporar a los nuevos informes tanto para Empresas de Interés Público (EIP) como para empresas normales, con algunas variantes en su contenido que pasaremos a explicar.

Con respecto a párrafo de “Incertidumbres sobre empresa en funcionamiento”, se puede decir que su contenido no es totalmente nuevo, pues ya ahora se ofrecía, pero en lo que se denomina párrafos de énfasis. Ahora se realizará en un párrafo separado, en aquellos casos en los que existan incertidumbres sobre la continuidad de la empresa, como por ejemplo una mala situación financiera, problemas de refinanciación, problemas de estructura financiera, desequilibrio entre el patrimonio neto y el capital, etc.

En estos casos, ya no se utilizará un párrafo de énfasis para llamar la atención de los usuarios sobre esto, sino que se hará en este párrafo separado.

Se pueden presentar los siguientes casos:

1.       Que este hecho se ponga de manifiesto en los Estados Financieros, principalmente en la Memoria, aparado 2, y se indique con claridad cuál es la verdadera situación financiera de la empresa, y el auditor esté de acuerdo con que la información aportada por los administradores es suficiente y la necesaria estipulada por las normas. En este caso, el auditor utilizará el párrafo de “Incertidumbres sobre empresa en funcionamiento”, para resaltar esta situación, indicando en que apartado de la memoria se indica con claridad.

2.       Que el hecho no se ponga de manifiesto en la Memoria, o se ponga de manifiesto de forma incompleta. En este caso, el auditor expresará una opinión modificada (con salvedades o adversa) y se expresará en el párrafo sobre “Fundamento de la opinión con salvedades” o “Fundamento de la opinión desfavorable (adversa)”.

Pero el problema fundamental, va a estar, en nuestra opinión, en el denominado párrafo (pueden ser varios) “Cuestiones clave de auditoría o aspectos más relevantes de la auditoría”.

En las empresas de Interés Público (EIP), este párrafo se denominará “Cuestiones clave de auditoria”, y en las empresas normales se denominará “Aspectos más relevantes de la auditoría”. Pero fundaméntenle, el objetivo es el mismo, según el artículo 5.1 c) poner de manifiesto los riesgos considerados más significativos de la existencia de incorrecciones materiales (incluidas las debidas a fraude), que en el desarrollo de la auditoría se hayan podido poner de manifiesto, incluirá también un resumen de las respuestas del auditor a dichos riesgos y, en su caso, de las observaciones esenciales derivadas de los mencionados riesgos.

En inglés las “Cuestiones clave de auditoría” es “Key Audit Matters”, por lo que en el argot se les ha dado en llamar “KAM”.

Quizá la pregunta es ¿Hay alguna diferencia entre las “Cuestiones clave de auditoría” KAM, para las EIP, y los “Aspectos más relevantes de auditoria”, para las empresas normales?, la respuesta es que hay alguna, pero que en la práctica yo creo que no se van a producir.

Me explico.

Las Cuestiones Clave de Auditoría, según la NIA-ES 701, debe contener:

a) Las áreas de mayor riesgo valorado de incorrección material, o los riesgos significativos identificados de conformidad con la NIA 315 (Revisada)

b) Los juicios significativos del auditor en relación con las áreas de los estados financieros que han requerido juicios significativos de la dirección, incluyendo las estimaciones contables para las que se ha identificado un grado elevado de incertidumbre en la estimación.

c) El efecto en la auditoría de hechos o transacciones significativos que han tenido lugar durante el periodo.

Sin embargo, en las empresas normales los “Aspectos más relevantes de auditoría”, solamente obliga al punto a), siendo los puntos b) y c) optativos.

Pero claro, ¿de qué estamos hablando?

Pues estamos hablando que tanto para EIP como para empresas normales habrá que describir y explicar de forma obligatoria las áreas de mayor riesgo de incorrección material identificados por los auditores durante su trabajo. No significa que existan incorrecciones materiales, lo cual llevaría a una opinión modificada, sino áreas con mayor riesgo de incorrección detectadas en el trabajo de auditoría.

Ante esto hay que explicar, y en el propio informe de auditoría en el apartado de responsabilidades del auditor, se indicará, que la auditoría no es un trabajo exacto, y que no se hayan detectado incorrecciones no significa que no existan, sino que el auditor ha obtenido una “…… seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contiene nuestra opinión”.

Explicando también que “Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en las cuentas anuales”. (párrafo textual que habrá que incluir en el apartado de responsabilidad de los auditores)

Por lo tanto, como el trabajo realizado por el auditor no es exacto, es posible que existan ciertas áreas de mayor riesgo, pues bien, esto hay que ponerlo de manifiesto en las auditorias de todo tipo de empresas sean EIP o normales.

¿Qué se exige además a las EIP y no exige de forma obligatoria a las normales?, pues dos cuestiones más:

“9.b) Como se mitiga el riesgo por los administradores y tipos de pruebas realizadas por el auditor.

9.c) concluir sobre si es adecuada la valoración y la decisión de los administradores”.

Entonces, estos dos últimos apartados son voluntarios para las empresas normales y obligatorios para la EIP, pero yo me pregunto, puestos a poner de manifiesto las áreas de mayor riesgo, ¿Quién va a dejar de explicar qué medidas se han tomado por parte de los administradores para mitigarlos y cuál es la opinión del auditor ante esto?

No hacerlo, y explicar solamente los riesgos, dejaría incompleta la información, y el usuario se quedaría con la duda, de cómo se han resuelto estos temas.  y como estas medidas el auditor las considera apropiadas o no.

Dicho de otro modo, no podemos informar sobre las áreas de mayor riesgo, sin concluir sobre las medidas que se toman para mitigarlas y cuál es la opinión del auditor ante ellas. Por lo tanto, aunque esto último sea optativo para las empresas normales, lo habitual será incluirlo para satisfacer al cliente, porque de lo contrario el cliente se quedaría totalmente insatisfecho.

Esto es lo que yo he llamado “poner de manifiesto las tripas de la empresa”.

Finalmente, ¿Qué áreas pueden ser de mayor riesgo de incorrección material en las empresas?, pues en principio todas, pero podemos citar, por ejemplo:

       Riesgo por deterioro de los activos.

       Riesgo relacionado con la tributación de la empresa.

       Riego por reconocimiento de los ingresos complejos (identificación y valoración de las distintas obligaciones de cumplimiento)

       Riesgo por litigios en curso

       Riesgo por el reconocimiento de Activos por Impuesto Diferidos. “Deferral tax aset” DTA

       Riesgo por manipulación del resultado

       Riesgo de valoración de obras en curso, etc. Etc.


Un saludo afectuoso para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

Jornadas online y webinars homolgadas por el ICAC formación Auditores de Cuentas: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/

-       Webinar: 19 de mayo de 2017. La nueva normativa sobre arrendamientos y sus efectos en las Cuentas Anuales. Homologada con 4 horas de contabilidad.
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