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viernes, 27 de febrero de 2026

Otra vez igual. El Congreso de los Diputados tumbó ayer el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial. No se aprueba la prórroga de la causa de disolución por las pérdidas de los años del Covid, entre otras cosas.

 


Ha vuelto a pasar, en este Real Decreto-Ley que ayer tumbó el Congreso de los diputados, además de la prórroga de los desahucios en situaciones de vulnerabilidad, se contemplaban otras cuestiones en materia contable y fiscal, que también no fueron aprobadas, y por lo tanto, nos quedamos con una incertidumbre total. Esto es lo que conlleva abusar del Real Decreto-Ley que luego debe convalidar el Parlamento, y en el que se incluyen diversas cuestiones que no tienen nada que ver unas con otras. Entonces, esto hace, que si no se aprueba por algún tema que allí se incluye, pues se cae todo.

De este modo, no se aprobó cuestiones que ya nosotros comentamos en nuestro post: “Volvemos a empezar de nuevo. El Gobierno introduce otra vez la Libertad de amortización para inversiones en 2025 y 2026 en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables, pero esta vez incluyéndose en el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.

De este modo, queda sin aprobar, entre otras cuestiones, las siguientes:

1.      La Disposición adicional decimoséptima. Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

2.      La Disposición adicional primera. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas.

Por lo tanto, en el tema de la prórroga de la moratoria contable y no considerar las pérdidas de los años 2020 y 2021 (años del covid) para la causa de disolución, no se ha aprobado.

¿Qué va a pasar ahora?, pues que, si no se hace nada, no tenemos ya prorroga de la moratoria contable por causa de disolución.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

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