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viernes, 12 de abril de 2019

Coste del derecho preferente de suscripción según Resolución 5 de marzo del ICAC sobre operaciones societarias.




Una de ellas es el cálculo del coste del derecho de suscripción o asunción y de asignación gratuita.

Podemos leer en el punto 6 del artículo 3 Definiciones, lo siguiente:

6. Coste del derecho de suscripción o asunción y de asignación gratuita: es la parte proporcional del valor contable de una acción o participación que corresponde a los citados derechos. 
a) El coste del derecho preferente de suscripción o asunción y el del asignación gratuita se determinará a partir del valor contable de las acciones o participaciones del cual se segrega el derecho. A estos efectos: 
el importe del coste del derecho preferente de suscripción o asunción y de asignación gratuita se cuantificará aplicando al valor contable la proporción existente entre el valor teórico del derecho y el valor ex ante unitario de las acciones o participaciones sociales. 
2º. El citado valor contable será el coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro, o el valor razonable de las acciones o participaciones, de forma consistente con la valoración de los activos financieros de los cuales se segrega el derecho.
b) Para el cálculo previsto en la letra anterior se tendrán en cuenta las siguientes reglas y conceptos:

1) El valor ex ante de las acciones o participaciones sociales será su valor razonable antes del aumento de capital. A estos efectos, se entenderá por valor razonable la cotización bursátil inmediatamente anterior al inicio del plazo para el ejercicio del derecho preferente de suscripción o asunción y de asignación gratuita; en su defecto se tomará el valor teórico contable en esa fecha, corregido, cuando sea razonablemente posible obtener la información, por las plusvalías o minusvalías tácitas de los elementos patrimoniales.

2) El valor teórico del derecho preferente de suscripción o asunción y de asignación gratuita será la diferencia existente entre el valor ex ante unitario y el valor teórico unitario ex post de las acciones o participaciones sociales. No obstante, cuando exista una cotización bursátil del derecho se tomará este valor.

3) El valor teórico ex post de las acciones o participaciones sociales se calculará sumando al valor ex ante, el importe a desembolsar por las nuevas acciones o participaciones sociales, y dividiendo el importe resultante por la suma del número de las acciones o participaciones sociales antiguas más las previstas para el aumento de capital.

c) Se deberá tener en cuenta la existencia de acciones o participaciones con derechos distintos, incluso cuando esta circunstancia sea consecuencia del aumento de capital, en los términos establecidos en el apartado siguiente. 

d) En el caso de segregación de derechos para su venta o para la suscripción o asunción de acciones o participaciones con derechos distintos de los de las acciones o participaciones antiguas, o para el ejercicio del derecho de asignación gratuita de acciones o participaciones con derechos distintos, se aplicarán las reglas indicadas en los párrafos anteriores. 

Si las acciones o participaciones de las cuales se segrega el derecho están deterioradas, al reconocer el coste de los derechos se reducirá proporcionalmente el importe de las correcciones valorativas contabilizadas.

Si las acciones o participaciones de las cuales se segrega el derecho están valoradas a valor razonable con cambios en el patrimonio neto, al reconocer el coste del derecho se reclasificará a la cuenta de pérdidas y ganancias o a una cuenta de reservas, según proceda, la parte proporcional del citado ajuste."

¿Cómo se interpreta esto?

Pues del modo siguiente:

-          Coste unitario del derecho preferente de suscripción: d


-          d = Valor contable unitario de las acciones poseídas (Vca) x proporción (p)

-          Proporción (p) = Valor teórico unitario del derecho (Vtd)/valor exante unitario de las acciones o participaciones. (Vaa)

-          Valor teórico unitario del derecho (Vtd) = Valor ex ante unitario acciones o participaciones (Vaa) – Valor teórico ex post unitario de las acciones o participaciones (Vpa). Si cotiza será su valor de cotización.

-          Valor exante unitario de las acciones o participaciones (Vaa)= Valor razonable unitario antes (Cotización o valor teorico unitario exante corregido por plusvalías tácitas).

-          Valor expost de las acciones o participaciones (Vpa) = (Valor exante  TOTAL de las viejas (VTaa) + Valor de emisión TOTAL de las nuevas (VTe)) / (TOTAL nuevas +TOTAL viejas)


d = Vca x ((Vaa –Vpa)/Vaa) = Vca x ((Vaa – ((VTaa +VTe)/(Tn+Tv))/Vaa 

En donde:

d = coste unitario del derecho.

Vca = Coste unitario de adquisición de las acciones.

Vaa = Valor unitario de las acciones antes de la ampliación.

VTaa = Valor total de las acciones antes de la ampliación.

VTe = Valor total de la emisión de las nuevas.

Tn = total acciones nuevas.

Tv = total acciones viejas.

Por lo tanto, el ICAC abandona la anterior formula de general aceptación (formula de Urquijo) por esta formula noveosa.

Veamos un caso práctico:

Supongamos que la sociedad A tiene 1.000 acciones de la sociedad B, cuyo coste fue 20.000 euros.

La sociedad B amplía su capital en la proporción de 2 acciones nuevas por cada 3 antiguas.

El valor teórico unitario de las acciones de la sociedad B antes de la ampliación ascendía a 35 euros la acción.

El valor de emisión unitario de la ampliación de capital ascendía a 30 euros la acción.

El número total de acciones antiguas de B antes de la ampliación era de 15.000 acciones antiguas, por lo tanto, las acciones nuevas ampliadas ascenderán a 15.000 x 2/3 = 10.000 acciones nuevas

¿determinar el coste del derecho preferente de suscripción?

SOLUCIÓN:

Sabemos que:

d = coste unitario del derecho.

Vca = Coste unitario de adquisición de las acciones = 20.000 / 1.000 = 20 euros

Vaa = Valor unitario de las acciones antes de la ampliación. = 35 euros.

VTaa = Valor total de las acciones antes de la ampliación = 35 x 15.000 = 525.000 euros.

VTe = Valor total de la emisión de las nuevas = 30 x 10.000 = 300.000 euros.

Tn = total acciones nuevas: 10.000 acciones.

Tv = total acciones viejas: 15.000 euros.

Aplicación de la fórmula:

d = Vca x ((Vaa –Vpa)/Vaa) = Vca x ((Vaa – ((VTaa +VTe)/(Tn+Tv))/Vaa

d = 20 x ((35 – ((525.000 +300.000)/(10.000+15.000))/35 = 20 x (35 – 33)/35 = 20 x 0,0571428 =  1,143 euros el coste unitario del derecho.

Espero que haya podido ser útil.

Un saludo cordial para todos lo amables lectores.

Gregorio Labatut Serer


Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Próximo webinar: Día 3 de mayo de 2019. Webinar. Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/

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miércoles, 10 de abril de 2019

Confección del plan de viabilidad con hoja de cálculo.



El Colegio de Empresistas de Cantabria organizará el próximo día 25 de abril de 2019 un curso sobre “Confección del plan de viabilidad con hoja de cálculo”. El curso será impartido por el profesor Gregorio Labatut Serer de la Universidad de Valencia.

El objetivo del curso se centra en proporcionar los conocimientos necesarios para elaborar y analizar un plan de viabilidad, teniendo en cuenta los elementos económico-financieros que se deben incluir, así como la técnica y el procedimiento para desarrollar este plan.


El plan de viabilidad es un documento esencial para que un emprendedor, o cualquier empresario en general, puedan justificar la generación de caja necesaria para enfrentarse a la devolución de la deuda que en su momento financió las inversiones empresariales.


Más allá, es un documento fundamental para aquellas empresas que, estando en situación de concurso, puedan reformular su negocio con posibilidades de reflotarlo y así lo puedan justificar ante sus acreedores para evitar la liquidación.


Tanto desde la perspectiva del inicio de la empresa, crecimiento posterior, como de su continuidad, la elaboración de un plan de viabilidad resulta muy recomendable para incrementar las posibilidades de éxito de un negocio.


Al mismo tiempo, es importante que cualquier profesional externo a la empresa sea capaz de interpretar la información ofrecida en el plan de viabilidad, con la finalidad de comprobar si dicha información tiene posibilidades reales de producirse en un futuro.


Desde esta doble óptica, la Jornada se dirige tanto a los empresarios y gestores de la empresa, como a asesores, financiadores y, en especial, a auditores de cuentas para que puedan trasladar la formación adquirida a su práctica profesional.


Es un curso eminentemente práctico y se elaborará un plan de viabilidad mediante una hoja de cálculo, de modo que se desarrollará desde un enfoque eminentemente práctico para facilitar la comprensión y aplicación de los contenidos. 


Es necesario que los asistentes dispongan de ordenador o portátil


El programa del curso es el que se detalla a continuación:


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martes, 9 de abril de 2019

El COEV abordará en Alzira las novedades fiscales y contables para el cierre del ejercicio 2018.



El Colegio de Economistas de Valencia (COEV), en colaboración con la Empresarial Alzira, ha organizado una Sesión de trabajo en Alzira, sobre las  novedades fiscales y contables para el cierre del ejercicio 2018. Convocada por el  Comité de Coordinación e Impulso a las Comarcas y el Grupo de Trabajo de Economistas de La Ribera, se celebrará el próximo 9 de mayo, de 16'30 a 18'30, en la sede de la Asociación Empresarial Alzira. (Av. Luis Suñer, 8. Alzira.). Durante la actividad formativa, los temas a tratar serán, las cuestiones relevantes del cierre fiscal del ejercicio 2018 y los aspectos contables del cierre y novedades normativas en materia contable.

Juan José Enríquez, decano-presidente del COEV y Gregorio Labatut, vocal 4º de la Junta de Gobierno y copresidente de la Comisión de Contabilidad y Auditoría del COEV, serán los ponentes de la Sesión. Antonio Herrero, vicesecretario de la Junta de Gobierno y presidente del Comité de Coordinación e Impulso a las Comarcas del COEV, actuará como moderador de la Sesión.


Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer
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sábado, 6 de abril de 2019

El informe integrado como nuevo paradigma de la información económica de la empresa.



La información económica de la empresa ha evolucionado desde una información enfocada en sus orígenes a la rendición de cuentas, en la que solamente primaba las cuestiones financieras y contables, y enfocada principalmente a los acreedores, con el objetivo de que éstos pudieran valorar la situación económica y patrimonial de la entidad para determinar su solvencia a los efectos de la recuperación de sus créditos; hasta un enfoque de mercado y encaminado a la toma de decisiones, donde los usuarios principales son el mercado de capitales y el inversionista, y la información debe ser útil para que estos puedan tomar decisiones (enfoque de utilidad). Pero no dejaba de ser una información con contenido exclusivamente financiero.

No obstante, cada vez ha estado más presente la necesidad de contar también con información no solo de tipo financiero, sino ampliar esta información a otras repercusiones que conlleva el negocio de la empresa y que afecta no solo a acreedores y posibles inversionistas, sino a otros grupos de interés que se relacionan con la empresa, los denominados stakeholder (partes interesadas en la actividad de la empresa), como pueden ser diversas asociaciones vecinales, trabajadores, sindicatos, distintas organizaciones civiles, Hacienda pública, consumidores, proveedores, etc.

La actividad de la empresa se inserta en una sociedad donde desarrolla sus negocios, y estos negocios tienen repercusión en distintos grupos de interés, que lógicamente están interesados en saber que consecuencia tienen las actividades de la empresa en la sociedad en la que se integra. Hay que tener en cuenta que, al insertarse la empresa en la sociedad, sus repercusiones en la misma pueden ser muy diversas, pues sus actividades inciden directamente en sus miembros.

Por lo tanto, la información necesita ampliarse a una óptica mucho más amplia y profunda que solo la que se ofrece desde un punto de vista financiero. Las repercusiones de la actividad de la empresa en la economía de la sociedad donde se inserta son mucho más amplias, como, por ejemplo, responsabilidad fiscal, medioambiental, social, seguridad en el trabajo, consumo de recursos energéticos, conciliación vida laboral y familiar, igualdad, etc, etc, etc. Por lo tanto, los intereses de los stakeholder en las actividades de la empresa puede ser muy diversa, y nos podemos encontrar con un problema de estructuración de la misma.

Esta necesidad puede comprobarse con los distintos informes que se han ido añadiendo a la información estrictamente financiera, por ejemplo sobre Responsabilidad social de la empresa, buen gobierno corporativo, etc. Y finalmente el nuevo Estado de Información no Financiera (EINF). 

La regulación de este EINF ha sido una gran aportación a la estructuración del mismo. Pero incorporar este nuevo estado de información no financiera como una parte más del informe de gestión, que es otro documento financiero, no es la solución definitiva para estructurar el modo en el que se debe proporcionar esta información integral que demandan los  stakeholder

Es necesario estructurar toda esta información, mucho más amplia que la estrictamente financiera de un modo lógico. Para dar solución a este problema, actualmente ha surgido un nuevo paradigma en el concepto de información económica de la empresa, el denominado informe integrado “integrated Reporting” (IR), que ha supuesto un cambio fundamental en el marco normativo de la información empresarial y su estructura.

Una gran aportación a esta nueva estructura de la información total integrada (financiera y no financiera) que debe proporcionar la empresa la ha realizado el “The International Integrated Reporting Council” IIRC (en español “Consejo Internacional de Reporting Integrado) (IR).  Puede verse en: integratedreporting.org/

El IR (Integrated Reporting) es un nuevo marco conceptual de la información empresarial, yo lo he denominado como nuevo paradigma, por ser un nuevo pensamiento en el enfoque de la información que deben proporcionar la empresa a sus stakeholder. Este nuevo enfoque generará valor en la entidad, ya que los usuarios a través de él podrán valorar la empresa desde una perspectiva integral, pues podrán valorar las repercusiones que tiene la empresa en la sociedad. Ya no solamente desde un punto de vista financiero, sino global, por ejemplo, que repercusiones tiene la estrategia de la empresa en la sociedad en la que se integra, en la naturaleza (medioambiente), sociedad (igualdad de género, seguridad en el trabajo, etc. etc.), formación de los empleados, donde pagan y como sus impuestos, etc. Por lo tanto, la sociedad ya no solo valorará la empresa por su información financiera, sino por las repercusiones globales que ésta tiene en la sociedad en la que se integra.

Todo esto se integra en un ambiente de exigencia de transparencia por parte de los usuarios, por lo tanto el IR debe ser un ejercicio de transparencia total, proporcionando todo tipo de información veraz sobre estrategias, repercusiones de la actividad en la sociedad, etc. Digamos que la empresa se “desnuda y no oculta nada a la sociedad”.

Por lo tanto, este nuevo enfoque debe ser un ejercicio de sinceridad y sin intención de engañar a nadie.

Debe ser liderado por los gestores de la entidad, los gestores de las empresas deben comprender y convencerse que proporcionar esta información tendrá en la entidad repercusiones beneficiosas en el largo plazo, aún más en el largo plazo las empresas que no comprendan este nuevo enfoque lo pagarán caro, pues sus clientes, proveedores, usuarios en general tomarán esto como una ocultación de información, la rechazarán y estarán condenadas al fracaso.

Pero obviamente, los gestores se lo deben creer, y también deben ser sinceros y no mentir. Puesto que la información que se exige es tal, que las mentiras se descubrirán por si solas. Es un ejercicio de transparencia total. Todo esto lo valorarán los usuarios y el prestigio de la empresa a largo plazo se verán afectado por su actuación en este ejercicio de transparencia que es el Informe Integrado (IR).

¿Dónde queda entonces la información financiera en este nuevo paradigma?, pues integrada dentro del Informe Integrado (IR). La empresa es un todo, y este nuevo pensamiento debe primar en la forma de informar.

En la confección del IR ya no solo asume el protagonismo el Departamento financiero, éste será uno más de los que componen la empresa. El IR involucra a todos los departamentos de la empresa, ya no solo al financiero, sino a todos y, por lo tanto, la información que debe proporcionar la empresa ya no solo debe surgir de un solo departamento, sino del conjunto de todos. La empresa, no es solo el departamento financiero, es mucho más, comercial, recursos humanos, formación, etc.

Ahora bien, ¿Qué departamento de la empresa debe liderar la confección de esta información? Desde luego el departamento financiero y contable no debe quedarse atrás en este proceso. En mi opinión, es el que debería canalizar todo este proceso, por el motivo de que es el que tiene una amplia experiencia en la información (reporting) y quien siempre ha liderado hasta ahora la confección de la información proporcionada por la entidad.

Por lo tanto, atención a financieros y contables, no perdamos esta oportunidad, para ello debemos estar preparados, y la contabilidad debe asumir este nuevo reto.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Próximo webinar: Día 3 de mayo de 2019. Webinar. Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/


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martes, 2 de abril de 2019

¿Qué es el Estado de Información no financiera (EINF)?



El EINF, ha sido regulado en España por las siguientes normas:

       Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

       Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

La modificación de la norma en diciembre de 2018 tiene su origen en la necesidad de adaptar la legislación española a la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos.

Según la Directiva 2014/95/UE el EINF, debe incorporarse al informe de gestión de la empresa o grupos de empresas obligadas o, en su caso, presentarse como en un estado separado correspondiente al mismo ejercicio que incluya el mismo contenido y cumpla los requisitos exigidos. Pero en este último caso, debe incorporarse en el Informe de Gestión.

Con toda esta información se pretende recuperar y afianzar la confianza de los inversores mediante la transparencia y facilitar la comprensión y la estructura de la empresa o del grupo. Afianzar la credibilidad y la confianza.

También esta información pretende contribuir a la transparencia del impacto en la sociedad en el medio ambiente, fomentando así una visión a largo plazo que contribuya a su diferenciación y a la sostenibilidad y a la transparencia, de tal modo que esto aporte valor a la empresa.

Es obligatoria su confección tanto para las sociedades como para la información consolidada, cuando se trate de sociedades con las siguientes características:

1.       Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según articulo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.

2.       Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

·       Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.

·       Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.

·       Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.

En el caso de sociedades que formen grupo, los limites se aplicarán a las CC.AA. Consolidadas.

Las sociedades y los grupos consolidados cesarán en la obligación de elaborar el estado de información no financiera si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las tres circunstancias a que se refiere el párrafo anterior o cuando al cierre del ejercicio el número medio de trabajadores empleados no excediera de 500.

En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades estarán obligadas a elaborar el estado de información no financiera cuando en la fecha de cierre se cumplan, al menos dos de las tres circunstancias expresadas.

De este modo, afecta a las sociedades de capital individuales, y evidentemente, si forman un grupo y se formula Cuentas Anuales Consolidadas, en el informe de gestión consolidado también se ofrecerá información no financiera y diversidad.

Cuando una sociedad dependiente de un grupo sea, a su vez, dominante de un subgrupo, estará exenta de la obligación establecida en este apartado si dicha sociedad y sus dependientes están incluidas en el informe de gestión consolidado de otra sociedad en el que se cumple con dicha obligación.

De este modo, una sociedad dependiente perteneciente a un grupo estará dispensada de esta obligación si dicha sociedad y sus dependientes, si las tuviera, están incluidas a su vez en el informe de gestión consolidado de otra sociedad en el que se cumple con dicha obligación.

La entrada en vigor, serán de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

Transcurridos tres años de la entrada en vigor de esta Ley (esto es en 1922) el colectivo de sociedades o grupos obligados se amplia, de tal modo que, la obligación de presentar el estado de información no financiera consolidado previsto en los apartados 49.5 b) del Código de Comercio y 262.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, será de aplicación a todas aquellas sociedades que obligará a:

1.       Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según artículo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.

2.       Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:

·       Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.

·       Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.



Su confección, a mucho más allá del ámbito financiero e implica a casi la totalidad de departamentos de la empresa.

En este estado se integra la siguiente información sobre la sociedad y el grupo:

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viernes, 29 de marzo de 2019

Informe de auditoría. Sección sobre Incertidumbres empresa en funcionamiento. Caso práctico.


Interesante post de IGNACIO AGUILAR en su blog. Lo recomiendo.
Se puede ver en: 
Es muy interesante, no tiene desperdicio, se trata del informe de auditoria de la Cadena DIA, y como trata las incertidumbres sobre empresa en funcionamiento. Es muy interesante, y ojo a los que se quieran presentar al próximo examen del ROAC. Seguro que sale algo parecido.
Espero vuestras opiniones.
Un saludo
Gregorio

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Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo.


El Colegio de Economistas de Almería organiza el próximo día 4 de abril de 2019 una jornada sobre la “Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo” que será impartida por el profesor Gregorio Labatut Serer

El objetivo de esta Jornada se fundamenta en el análisis de los diferentes modelos de valoración de empresas, desde los modelos tradicionales que parten de la información proporcionada por los estados financieros, hasta los que se basan en considerar a la empresa como una sucesión en el tiempo de proyectos de inversión y de financiación, con capacidad para generar flujos de tesorería cuya cuantía habrá que estimar, así como actualizarlos a una tasa apropiada al riesgo económico y financiero que soporta.

La valoración de empresas resulta un procedimiento imprescindible en la transmisión de todo o parte de una empresa. Esta técnica también resulta muy útil en la determinación del valor en uso de una Unidad Generadora de Efectivo, con la finalidad de poder cuantificar los posibles deterioros de los activos.

Teniendo en cuenta la aplicación de esta metodología, la Jornada se dirige a cualquier profesional interesado en la valoración de empresas y, directores financieros, asesores fiscales y auditores de cuentas para que puedan incorporar los conocimientos adquiridos a su práctica profesional, con el objetivo de poder aplicar distintas técnicas para valorar empresas, y fundamentalmente el método de descuento de flujos de tesorería.

La Jornada se desarrollará desde un enfoque eminentemente práctico utilizando hoja de cálculo para el análisis de las distintas técnicas de valoración.


Un saludo cordial para todos los amables lectores



Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornada presencial: Dia 5 de abril de 2019. “Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC.”. Homolgado por el ICAC con 4 horas de formación obligatoria para los auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/aportacionesnodinerarias/ficha.es.html



Jornadas online mediante webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/



Próximo webinar: Día 3 de mayo de 2019. Webinar. Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/




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miércoles, 27 de marzo de 2019

Presentación de los modelos de memorias en el Colegio de Economistas de Cataluña.



El próximo día 1 de abril de 2019 el profesor Gregorio Labatut Serer realizará una presentación de los modelos de memorias para 2018 del Consejo General de Economistas.

Estos modelos de memorias han sido elaborados en colaboración con los órganos del Consejo: Economistas Contables y REA.


 Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
Jornada presencial: Dia 5 de abril de 2019. “Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC.”. Homolgado por el ICAC con 4 horas de formación obligatoria para los auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/aportacionesnodinerarias/ficha.es.html
Jornadas online mediante webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Próximo webinar: Día 3 de mayo de 2019. Webinar. Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarios, según la nueva norma del ICAC. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/

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lunes, 25 de marzo de 2019

La Universidad de Valencia va a impartir un certificado online sobre tecnología de la información y sistemas informáticos.



El próximo curso 2019/2020 la Universidad de Valencia impartirá la primera edición de un certificado online sobre tecnología de la información y sistemas informáticos.


Actualmente la Universidad de Valencia tiene homologado con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ICAC, para el acceso al Registro de Auditores de Cuentas ROAC y para cubrir la exigencia del Resolución de 12 de junio de 2012, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los criterios generales de dispensa correspondientes a la realización de los cursos de formación teórica y a la superación de la primera fase del examen a quienes posean una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional, en función de lo establecido en el artículo 34 del Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas; los siguientes títulos propios de postgrado:

-        Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas.

-        Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP

-        Certificado Universitario en Técnicas de Valoración de empresas y planes de viabilidad.

Con las materias contenidas en los títulos propios de postgrado indicados se cubría las materias que el ICAC exige que se cursen previamente para poder presentarse al examen de acceso al ROAC, exigiendo el ICAC previamente la homologación de dichos títulos para que contengan las exigencias de calidad y profundidad en el estudio de las materias que se exige por la normativa. A estos efectos todos los años se exige que se renueve dicha homologación.

Pues bien, a raíz de la impartición de los nuevos títulos de grado, se ha observado que existen algunas universidades en las cuales los alumnos no han cursado previamente la Materia de Técnologia de la Información y sistemas informáticos, que se exige haber cursado en la Resolución de 12 de junio de 2012.

Es el caso de los alumnos de grado de ADE y Economía de la Universidad de Valencia. Puede verse en:


Para poder completar su formación, y poder presentarse al examen de acceso al ROAC, es necesario poder ofertar esta materia en un título propio de postgrado, es por ello, por lo que se oferta esta titulación, y además por la importancia que tiene en los momentos actuales en el mundo de los negocios.



Homologación: Homologado por el ICAC como curso de formación obligatoria para poderse presentar al examen del ROAC.

El programa es el siguiente:

1.       Estrategia, arquitectura, diseño y gestión de procesos informáticos en las empresas.



·       Gobierno de TI de la empresa

·       Estrategia de Sistemas de información

·       Modelos de madurez y mejoramiento de procesos

·       Prácticas de inversión y asignación de TI

·       Políticas y Procedimientos



2.       El control de los procesos de tecnología de la información: conocimiento, competencias y evaluación del riesgo.



·       Entendimiento de IT, como parte del entendimiento del negocio de la sociedad

·       Indicadores de Riesgoà Dependencia de IT por parte del negocio.

·       Gestión de Riesgosà Desarrollo de un programa de gestión de riesgos



3.       La función de seguridad informática en las organizaciones: principios y medios.



·       Estructura Organizativa  y responsabilidad de TI

·       Gestión de la Función de la Auditoria de TI

·       Prácticas de gestión de la tecnología de la información

·       Establecimiento de Controles en las 4 grandes áreas a nivel de seguridad

      Acceso a programas y datos


      Desarrollo de aplicaciones.

      Operaciones



4.       La detección de errores y su prevención.



·       Controles detectivos vs controles preventivos

·       Controles a nivel de GITC vs Controles de Aplicación

·       Tipología de Controles de Aplicación

·       Gestión de Riesgos Desarrollo de un programa de gestión de riesgos



La metodología es online y permite trasladar la experiencia formativa al AULA VIRTUAL de ADEIT, donde el alumnado y el profesorado podrán adquirir e intercambiar conocimientos independientemente del momento y del lugar donde se encuentren. El Aula Virtual se constituye como un entorno de encuentro, intercambio y aprendizaje dinámico.

Los participantes disponen de una clave personalizada que permite el acceso al curso desde cualquier ordenador conectado a internet y desde cualquier navegador web y sistema operativo.

MATERIALES Y RECURSOS ADECUADOS

El alumnado tiene a su disposición en el Aula Virtual todo el material didáctico que compone el programa del curso.

Además contará, en su caso, con un conjunto de recursos adicionales que van a permitir al profesorado complementar su docencia: Materiales multimedia, vídeos a través de un servicio de videostreaming, archivos Powerpoint, archivos PDF, audios, diapositivas, galerías de imágenes, enlaces de interés, bibliografía, etc. que serán herramientas de apoyo para profundizar en los conocimientos del curso.

COMUNICACIÓN CONSTANTE

Durante el desarrollo de la actividad formativa, los participantes dispondrán de diversas herramientas de comunicación, como los foros, los chats y la mensajería interna.

Los FOROS de debate son espacios compartidos por todos los participantes (alumnado y profesorado) que permiten el intercambio de ideas, así como resolver dudas, proponer debates y responder cuestiones. También permiten intercambiar archivos para realizar actividades determinadas en grupo.

" Los foros fomentan la participación, la colaboración y el trabajo en equipo. Están siempre disponibles, el alumno decide cuándo realiza su aportación, escogiendo el momento que mejor se adapta a su horario.

Se ofrece también la posibilidad de comunicarse en tiempo real a través de un CHAT. Este mecanismo es útil cuando varios participantes deseen debatir sobre un tema en concreto de un modo simultáneo y síncrono.

El Aula Virtual de ADEIT dispone de un sistema de VIDEOCONFERENCIA que permitirá profundizar en distintos contenidos, discutir casos prácticos, y asistir a presentaciones en las que los alumnos pueden realizar preguntas y compartir experiencias.

Un eje fundamental en la formación on line es el seguimiento personal llevado a cabo por los tutores del curso, ayudando a profundizar y afianzar los conceptos clave y resolviendo las dudas y consultas particulares a través de un sistema de TUTORÍA personal.

EVALUACIÓN CONTINUA

Para garantizar el aprovechamiento del curso, se aplica un sistema de evaluación continua, que servirá para comprobar en qué medida el alumnado asimila los conocimientos estudiados, y su rendimiento en las distintas materias.

Con carácter general se valorará, además de la participación y el trabajo en equipo, la profundidad de las intervenciones en los foros, así como el conocimiento adquirido y demostrado a través de la realización de pruebas tales como cuestionarios tipos test, casos prácticos, actividades de desarrollo, etc.

Los participantes deberán cumplir con los requisitos y estándares de aprendizaje y dedicación establecidos por los diferentes docentes del curso.

SOPORTE PERSONALIZADO

El alumnado está acompañado por un conjunto de personas, servicios y recursos que le atienden y están a su disposición para facilitarle el aprendizaje.

Este colectivo incluye varias figuras, desde el Responsable académico del curso o Director del mismo, los autores de contenidos, los/las tutores/as, coordinadores del desarrollo del curso, dinamizadores y hasta el Equipo Técnico. Todos ellos participan de un modo relacionado en los procesos docentes en entornos virtuales.

Aunque es el propio alumno el que gestiona su tiempo y planifica su ritmo de estudio, todo este equipo de soporte le ayudará a que aproveche con éxito el curso, atendiendo cualquier consulta sobre metodología, plan docente y guiando su trabajo diario.




Un saludo cordial.

Elisabeth Bustos Contell.

Directora del Certificado.
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Conocer los métodos de valoración y la viabilidad de la empresa, postgrado UV - ADEIT. Homologado por el ICAC como curso de formación obligatoria para el acceso al ROAC. 5ª Edición.


Conocer los métodos de valoración y la viabilidad de la empresa, nuevo postgrado UV - ADEIT: ADEIT trabaja para aproximar la Universitat de València a las empresas a través de la formación, las prácticas, la innovación y el empleo.

Matricula en: 


El Certificado de Especialización de Técnicas de Valoración de Empresas y Planes de Viabilidad de la Universitat de València ofrecerá las principales herramientas para analizar los diferentes métodos de valoración de empresas y la confección de planes de viabilidad empresarial.

Este curso online está homologado por el ICAC como curso de formación obligatorio para el acceso al ROAC. Puede verse en: 

Se estudiará desde los modelos tradicionales que parten de la información proporcionada por los estados financieros, hasta los que se basan en considerar a la empresa como una sucesión en el tiempo de proyectos de inversión y de financiación

En este certificado, dirigido por el profesor de la Facultat d’Economia, Gregorio Labatut, se estudiará desde los modelos tradicionales que parten de la información proporcionada por los estados financieros, hasta los que se basan en considerar a la empresa como una sucesión en el tiempo de proyectos de inversión y de financiación, con capacidad para generar flujos de tesorería cuya cuantía habrá que estimar, así como actualizar, a una tasa apropiada al riesgo económico y financiero que soporta.

Como explica Labatut, también se proporcionarán los conocimientos necesarios para elaborar un plan de viabilidad, teniendo en cuenta los elementos económico-financieros que se deben incluir, así como la técnica y el procedimiento para desarrollar este plan.

En el desarrollo del plan de viabilidad se ofrecerán todas las técnicas para que los alumnos puedan describir su idea de negocio, realizar un plan de marketing, de producción y económico financiero, además de realizar el análisis de la previsión de tesorería.

Además de ser un curso homologado por el ICAC como curso de formación teórica de auditores, este certificado también se oferta como curso de formación complementaria de acceso al ROAC para los estudiantes del Diploma de Auditoría de Cuentas de la Universitat de València que no hayan cursado esta materia.

El curso se imparte on-line a través del Aula Virtual de ADEIT.

Más información:



OPINIONES DE NUESTROS ALUMNOS

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Simplemente quería agradecer al equipo de formadores el trabajo desempeñado en la labor del curso. Me será de utilidad a futuro y espero que al resto de compañeros también les haya cubierto sus expectativas. Muchas gracias y hasta el próximo!

María Carmen Gómez Díaz (Ex-alumna 4ª edición)
valoración:
13/05/2019
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Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer


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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.