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jueves, 20 de febrero de 2020

¿Por qué motivo los gastos de asesores si se adquiere el 100 % de una inversión financiera no forman parte del coste de la inversión?



Porque si se adquiere el 100 % de participación nos encontramos ante una operación de combinación de negocios (fusión, escisión, adquisición de sociedades, etc.), y en este caso, si las sociedades no tenían relación previa, se aplica la NRV 19 ª combinaciones de negocios del PGC, y en ese caso, en el apartado el apartado 2.3. Coste de la combinación de negocios, lo excluye del coste, ya que dispone: 

“Los restantes honorarios abonados a asesores legales, u otros profesionales que intervengan en la operación se contabilizarán como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. En ningún caso se incluirán en el coste de la combinación los gastos generados internamente por estos conceptos, ni tampoco los incurridos por la entidad adquirida relacionados con la combinación.”

El motivo por el cual se considera gastos del ejercicio y no un incremento de la inversión financiera, es porque en el caso de combinaciones de negocios se quiere evitar que se considere mayor coste de la inversión, para que no se vea afectada la Diferencia de combinaciones de negocios pro este hecho y dicho efecto se traslade al valor del posible fondo de comercio. Imaginemos que el coste de la inversión es justo el valor razonable de activos y pasivos adquiridos, supongamos por 1 millón de euros, y los gastos de asesores 100.000 euros, ¿Qué sucedería? pues que el fondo de comercio seria de 100.000 euros, esto es, justo los gastos de asesores.

Los gastos de asesores no proporcionan un mayor valor añadido al precio del producto, y por supuesto no se deben imputar al fondo de comercio.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2019/2020:

-       Certificado Universitario de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSk

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

-       Jornada presencia: Jornada presencial homologada por el ICAC con 6 horas de formación auditores del ROAC, con la posibilidad de incrementarlas en un 50 % mediante prueba. Jornada sobre aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarias. Día 6 de marzo de 2020. https://congresos.adeituv.es/aspectoscontables20/ficha.es.html

-       Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

-       Próximo webinar: 5 de marzo de 2020. Contabilidad de operaciones societarias según Resolución del ICAC de 5 de marzo de 2019. Homolgado por el ICAC con 4 horas de formación. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/contabilidad-operaciones-societarias/

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