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viernes, 14 de mayo de 2021

Ya tenemos los nuevos modelos de Cuentas Anuales para el depósito en el Registro Mercantil sometidos a consulta.

 


Efectivamente, el Ministerio de Justicia ya ha publicado los nuevos modelos de Cuentas Anuales de 2020 para su el depósito en el Registro Mercantil.

Se trata del Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses que está sujeta a trámite de audiencia pública, por lo que no son definitivos.

Fecha de publicación: el 12-05-2021

El plazo para presentar aportaciones finaliza: el 02-06-2021

Lo podemos ver en: https://www.mjusticia.gob.es/es/areas-tematicas/actividad-legislativa/normativa/participacion-publica-proyectos-normativos/proyectos-real-decreto

Los modelos propuestos son: 

— Modelo Abreviado Castellano;

 

— Modelo Abreviado idiomas cooficiales;

 

— Modelo Normal Castellano;

 

— Modelo Normal idiomas cooficiales;

 

— Modelo PYMES Castellano;

 

— Modelo PYMES idiomas cooficiales;

 

 

— Modelo cuentas consolidadas Castellano;

 

— Modelo cuentas consolidadas idiomas cooficiales;

Como novedad este año, además de las habituales paginas IDA2 (Aplicación de resultados y período medio de pago a proveedores para abreviadas y pymes), A1 a A8 (información sobre acciones o participaciones propias) y TR (sobre identificación del titular real), este año se ha incorporado la página CV para dar información sobre Covid-19. En esta página se debe dar información sobre todo lo relacionado sobre el Covid-19. En concreto se informará sobre:

1.       Medidas laborales aplicadas a la empresa. (Solicitud de ERTE motivado por la pandemia, permisos retribuidos y baja laboral por coronavirus)

2.       Alquileres (artículos 1 a 15 del Real Decreto-Ley 11/2020)

3.       Avales ICO obtenidos.

4.       Ayudas públicas.

5.       Moratorias hipotecarias.

Se puede ver https://ec.economistas.es/wp-content/uploads/sites/5/2021/05/Hoja-COVID-19.pdf

En cualquier caso es un proyecto sometido a consulta. Pero si que aparece la página CV en el modelo propuesto. Veremos cómo queda finalmente, ya que esta hoja hasta el momento actual no aparece en el l D2 por lo que si se depositan cuentas anuales de forma telemática no se exige. 

No se, veremos como queda este tema. Pero es raro que lo tengamos en los modelos que se han publicado (sujetos a consulta) y no aparezca en el D2. ¿Qué va a pasar?, no lo sabemos.

Parece ser que no será obligatorio hasta que se publiquen los nuevo modelos en el Registro Mercantil, presumiblemente a principios de junio.

Con respecto a las observaciones sobre esta “HOJA COVID-19” que ha realizado el Consejo General de Economistas, es la siguiente: “…, podemos observar que la  mayoría de los datos ya son objeto de información o manifestación, en la memoria de las  cuentas anuales —de los modelos normales—, habiendo por tanto una duplicidad de  información lo que podría representar una mayor carga administrativa para las empresas,…”

Veremos cómo queda el asunto.

Se puede ver en la siguiente dirección del Ministerio de Justicia:

https://www.mjusticia.gob.es/es/areas-tematicas/actividad-legislativa/normativa/participacion-publica-proyectos-normativos/proyectos-real-decreto

Un saludo.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-       https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

-       https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. Diploma en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)

-        https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s

-        https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg

-        Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online.

-        Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-        https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

-        https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

-        Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

 

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18 comentarios:

  1. Buenas tardes Gregorio,

    Me parece muy importante que las Cuentas Anuales se adapten cada año a los acontecimientos que pueden afectar a las empresas, tanto PYMES como grandes. Las cuentas anuales son fundamentales para mostrar la situación financiera de las empresas y deben ser redactadas con el fin de mostrar una imagen fiel del patrimonio así como de los resultados. Al ser estas públicas una vez que se integran en el Registro Mercantil, van a ser lo que otros,terceros ajenos, pueden ver sobre la empresas. Las cuentas son una información útil para futuros accionistas, bancos, proveedores,... Por lo que cuanto más fiel, mayor seguridad en el futuro devenir de la empresa.

    Las introducciones realizadas, la obligación de incluir estos nuevos apartados no es más que una herramienta para adecuar la situación de la empresa documentalmente.

    Por ejemplo, deberán de informar sobre las medidas laborales que han tenido que aplicar, como los ERE y reducciones. Y para los efectos de cálculo de los trabajadores en empresas que lo han tenido que aplicar, el ICAC ya en febrero realizó una aclaración de cómo contabilizarlos en las Cuentas Anuales, en el Nº BOICAC 124/Diciembre 2020-1.

    En cuanto a los alquileres, el RDL 11/2020, realizó nuevas interpretaciones puesto que la Ley de Arrendamientos Urbanos no preveía la exclusión de pago por Fuerza Mayor. Por lo tanto mediante este RDL intentaron establecer medidas moratorias, que han sido prorrogadas además hasta el 31 de diciembre de 2021, por lo que seguramente las Cuentas Anuales del próximo año también deberán de recoger estas medidas.

    Todas las modificaciones nuevas que se han incluido en las Cuentas Anuales refuerzan la importancia de estas. Cuanto mas fiable, mas real y adecuada la imagen y la situación de una empresa, será más fácil para ellos tomar decisiones anticipadamente pudiendo solventar situaciones más complicadas prematuramente. Una buena prevención ayuda a evitar problemas más graves en un futuro.

    Ya se verá el año que viene los nuevos apartados que el Ministerio de Justicia introducirá en las Cuentas Anuales para adecuarlas a la situación vivida en el 2021.

    Muchas gracias por la información que nos ofrece mediante este post, es muy importante para cuando en un futuro trabajamos en grandes empresas estar muy atentas a los cambios en las Cuentas Anuales y sus implicaciones,

    Atentamente,
    Uxue Urteaga Ruiz de Viñaspre

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  2. Buenas tardes Gregorio,

    Me parece muy importante que las Cuentas Anuales se adapten cada año a los acontecimientos que pueden afectar a las empresas, tanto PYMES como grandes empresas. Las cuentas anuales son fundamentales para mostrar la situación financiera de las empresas y deben ser redactadas con el fin de mostrar una imagen fiel del patrimonio así como de los resultados. Al ser estas públicas una vez que se integran en el Registro Mercantil, van a ser lo que otros, terceros ajenos, pueden ver sobre la empresas. Las cuentas son una información útil para futuros accionistas, bancos, proveedores,... Por lo que cuanto más fiel, mayor seguridad en el futuro devenir de la empresa.

    Las introducciones realizadas, la obligación de incluir estos nuevos apartados no es más que una herramienta para adecuar la situación de la empresa documentalmente.

    Por ejemplo, deberán de informar sobre las medidas laborales que han tenido que aplicar, como los ERE y reducciones. Y para los efectos de cálculo de los trabajadores en empresas que lo han tenido que aplicar, el ICAC ya en febrero realizó una aclaración de cómo contabilizarlos en las Cuentas Anuales, en el Nº BOICAC 124/Diciembre 2020-1.

    En cuanto a los alquileres, el RDL 11/2020, realizó nuevas interpretaciones puesto que la Ley de Arrendamientos Urbanos no preveía la exclusión de pago por Fuerza Mayor. Por lo tanto mediante este RDL intentaron establecer medidas moratorias, que han sido prorrogadas además hasta el 31 de diciembre de 2021, por lo que seguramente las Cuentas Anuales del próximo año también deberán de recoger estas medidas.

    Todas las modificaciones nuevas que se han incluido en las Cuentas Anuales refuerzan la importancia de estas. Cuanto más fiable, más real y adecuada la imagen y la situación de una empresa, será más fácil para ellos tomar decisiones anticipadamente pudiendo solventar situaciones más complicadas prematuramente. Una buena prevención ayuda a evitar problemas más graves en un futuro.

    Ya se verá el año que viene los nuevos apartados que el Ministerio de Justicia introducirá en las Cuentas Anuales para adecuarlas a la situación vivida en el 2021.

    Muchas gracias por la información compartida, se nos es muy útil para entender la importancia de las Cuentas Anuales, las modificaciones y las implicaciones que ello conlleva.
    Atentamente,

    Uxue Urteaga Ruiz de Viñaspre

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  3. Estimado Gregorio,
    A parte de agradecerte la información que nos proporcionas, te agradecería me indicaras dónde se ha publicado por el Ministerio de Justicia esta información (Orden, Resolución, etc..), en qué BOE.
    Gracias.

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    1. Buenas tardes: Muchas gracias a ti por tus comentarios.
      ¿Dónde se ha publicado?
      Pues está en la web del Ministerio de Justicia, en esta dirección:
      https://www.mjusticia.gob.es/es/areas-tematicas/actividad-legislativa/normativa/participacion-publica-proyectos-normativos/proyectos-real-decreto
      Un saludo.
      Gregorio

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  4. Estimado Gregorio. Gracias por tus actualizaciones!!

    En cuando a la Hoja Covid-19, es un proyecto aún, es decir, aún no es obligatoria y tampoco sale en D2 del registro Mercantil.

    https://www.mjusticia.gob.es/es/areas-tematicas/actividad-legislativa/normativa/participacion-publica-proyectos-normativos/proyectos-real-decreto

    Pensé que era una obligación desde el 2020.

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    1. Muchas gracias a ti Jairo por la aclaración. Efectivamente es un proyecto sometido a consulta. Pero si que aparece la página CV en el modelo propuesto. Veremos cómo queda finalmente.
      Gracias por la aclaración, voy a intentar aclararlo más en el post.
      Un saludo

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  5. Buenas tardes Gregorio,
    Muy buen post, la verdad que es importante estar al tanto de las modificaciones y los modelos, sobre todo para los que pretendemos incorporarnos al mercado laboral lo antes posible ya que de cara a trabajar con empresas, es imprescindible estar actualizado.

    Un saludo.

    Jose Antonio Minguet Vivó

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  6. Buenas tardes Gregorio,
    Muy buen post, es importante estar informado de todas las modificaciones y de los modelos de las cuentas anuales, especialmente para los que pretendemos incorporarnos al mercado laboral lo antes posible, ya que estar actualizado es imprescindible para trabajar en cualquier empresa.

    Un saludo.

    Jose Antonio Minguet Vivó

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  7. Hola a todos los que lo leéis, la verdad es que antes de ver los comentarios ya tenía la idea de remarcar la importancia que sepamos de las modificaciones en los nuevos modelos (aunque aún no sean definitivas) ya que como bien se dice en el artículo, en concreto el reglamento de los institutos de medicina ha sufrido más cambios de los que se esperaba en parte a causa del covid, modelos que cambiarán y otros que aún no se han creado. Observo con curiosidad que se puedan realizar aportaciones en un determinado plazo.

    ¡ Qué importante y necesario que se cree una página para temas relacionados con el covid! Todos debemos "actualizarnos" delante de los cambios del mundo y las cuentas anuales lo hacen.

    Muchas gracias Gregorio por acercarnos la información.

    Isabel Segarra Renovell

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  8. Buenas tardes Gregorio,

    Las Cuentas Anuales son un elemento financiero totalmente imprescindible para todas las empresas, ya sean PYMES o grandes empresas, sepan como se ha desarrollado la compañía en un periodo de tiempo. Lo que hace mucho más importante que se actualicen debidamente dependiendo de las circunstancias y/o actualizaciones legales relativas a las medidas laborales que se han podido aplicar en la empresa, como comentas en el post, debido a la situación sanitaria vivida este año contra la Covid-19, así como los modelos abreviados y normales en los cooidiomas oficiales de España. Aunque estas modificaciones aun no sean definitivas, tener la posibilidad de cambiarlas y actualizarlas, es un gran paso para la mejora de las empresas en nuestro país.

    Atentamente,

    Natalia Barrachina.

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  9. Buenas tardes,
    Primero de todo agradecerle que haya realizado este blog ya que es importante que estemos a la última en todas las modificaciones y más ahora con la situación tan cambiante que estamos viviendo provocada por el COVID-19.
    Sin duda alguna, las cuentas anuales son imprescindibles para que la empresa conozca su situación económica y financiera. Todas estas actualizaciones que se han adoptado/se van adoptar ayudarán a que la información sea fiable y se tenga un mayor control y conocimiento sobre la situación real de la empresa.
    Un saludo,
    Patricia Escrig Martínez

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  10. Estimado Gregorio, me ha parecido un post muy interesante conocer las modificaciones que se han realizado en las cuentas anuales debido a la actual situación del Covid-19. Considero que debemos estar atentos a las actualizaciones de este tipo de documentos ya que , como ya sabemos , recogen la información financiera de una empresa por lo que son de útil importancia para todos tanto bancos, como accionistas, proveedores, pymes…

    Muchas gracias por la información.

    Atentamente,

    Edurne Gimeno Gimeno

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  11. Estimado Gregorio, me ha parecido un post muy interesante conocer las modificaciones que se han realizado en las cuentas anuales debido a la actual situación del Covid-19. Considero que debemos estar atentos a las actualizaciones de este tipo de documentos ya que , como ya sabemos recogen la información financiera de una empresa por lo que son de útil importancia para todos tanto bancos, como accionistas, proveedores, pymes…

    Muchas gracias por la información.

    Atentamente,

    Edurne Gimeno Gimeno

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  12. Muy buenas, me ha parecido una información más que necesaria para todo tipo de personas, autónomos o trabajadores, grandes o pequeñas empresas, por los entornos turbulentos a los que han de hacer frente y por tanto la mejor herramienta para hacerles frente es una buena información para saber como lidiar con ellos y creo que tu blog lo consigue y con creces. Aportando entre todo tipo de información complementaria, para así crear un conocimiento total. Por medio de estos modelos se conoce el estado de la empresa y como le ha afectado los cambios producidos ese mismo año.

    Julio Agulló Cantos

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  13. Tengo una duda con respecto a los nuevos requisitos para presentacion de cuentas anuales de 2020... Veo que hay unas nuevas ordenes 793 y 794/2021 que exigen nuevos requisitos... Pero leo en otro sitios que aun se puede presentar usando el modelos antiguo... https://www.ibidemgroup.com/blog/como-presentar-cuentas-anuales/ ¿Es correcto? Se puede presentar el modelo antiguo y luego subsanar las carencias...?
    https://www.registromercantilbcn.es/?page_id=40705&lang=es
    https://www.rmercantilmadrid.com/RMM/Home/News.aspx#News072021

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  14. Buens tardes: Pues sobre esto le remito a mi comentario en mi blog en la siguiente dirección.
    http://gregorio-labatut.blogspot.com/2021/07/el-consejo-general-de-economistas-ha.html
    Allí se explica todo.
    Un saludo
    Gregorio

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    Respuestas
    1. En definitiva, se podrán usar los modelos de presentación de cuentas anteriores si bien que, deberán subsanar en el plazo de cinco meses el defecto que les será advertido, sobre todo la hoja Covid.
      Un saludo

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  15. perfecto, gracias! Eso es lo que habia entendido yo tambien :)

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