Efectivamente, en el BOE de 29 de diciembre, puede verse la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.
Con la aprobación del nuevo Plan General de Contabilidad (PGC) se produjeron muchos cambios con respecto al PGC de 1990.
Uno de los cambios más destacables del nuevo plan contable fue la calificación de las fuentes de financiación de las empresas y, por tanto, su situación patrimonial en exigibles y Patrimonio Neto. Se califica como exigible a una fuente de financiación en el caso de que exista una obligación incondicional por parte de la empresa a su devolución, mientras que el Patrimonio neto quedaba aquellas fuentes de financiación donde la empresa no tiene ninguna obligación con respecto al inversor.
Trasladado a las sociedades cooperativas, este cambio supone, con carácter general, que las aportaciones de los socios y otros partícipes a las mismas, en la medida en que no otorguen a la sociedad el derecho incondicional a rehusar su reembolso, deban calificarse como pasivo reduciendo de forma significativa los fondos propios de la entidad.
Con el ánimo de evitar este desequilibrio patrimonial, la Ley 16/2007, de 4 de julio, introdujo una serie de modificaciones en la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, permitiendo que la asamblea de la cooperativa modificase los estatutos otorgando al Consejo Rector la facultad de rehusar el reembolso de las aportaciones. De este modo, no existirá una obligación ineludible por parte de la entidad, con lo que pueden calificarse como patrimonio neto.
Ésta última ha sido una de las modificaciones importantes producidas en este nuevo Plan de Cuentas, entre otras.
Un saludo cordial y feliz año
Gregorio Labatut Serer
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viernes, 31 de diciembre de 2010
Aprobadas las nuevas normas sobre aspectos contables de las sociedades cooperativas.
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