En concreto se ha publicado el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y libelizadoreas para fomentar la inversión y la creación de empleo.
En lo que afecta a la Ley del Impuesto sobre Sociedades, las modificaciones más importantes estan en el Artículo 1. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
Un extracto de estos cambios son los siguientes:
- Ambito de aplicación: Para períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011
- Empresa de Dimensión Reducida. Modificación art. 108 LIS. Empresas de Dimensión Redudicida.
- Año anterior: 10.000.000 euros.
- Primer tramo: 300.000 euros. al 25 %- Año anterior: 10.000.000 euros.
- Libertad de amortización en elementos nuevos del activo material fijo.
- Las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, podrán ser amortizadas libremente. La deducción no estará condicionada a su imputación contable en la cuenta de pérdidas y ganancias
- En los períodos impositivos iniciados dentro del año 2011, ese tipo se aplicará sobre la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros = 20 %.
- Resto 25 %.
Gregorio Labatut Serer
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