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domingo, 12 de diciembre de 2010

Se acortan los plazos para la constitución de una SL.

Una de las cuestiones que nos a traido el  Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, es el la agilización de la constitución de sociedades limitadas.
Efectivamente, la reforma permitirá que todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno o cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado.
Para ello, se deberán constituir de forma telématica mediante la ventanilla únca empresarial, y un acertado resumen del mismo, puede verse en el post de Jesus Ibañez Peña publicado en canal profesional, que intentamos resumir a continuación:
Constitución de sociedades limitadas con un capital entre 3.000 (recuerdese que la nueva Ley de Sociedades de Capital establece el capital mínimo para estas sociedes en 3.000 euros) y 3.100 euros:

1. Otorgación de la escritura por parte del notario: El mismo día en el que se reciba la certificación negativa de denominación expedida por el Registro Mercantil Central.


2. Otorgación de la escritura y calificación registral por el registrador mercantil: Se calificará e inscribirá en las 7 horas hábiles (horario de oficina de los Registros) siguientes a la recepción telemática de la escritura.

3. Costes: Notaría 60 euros y 40 de registrador.

Sociedades Limitadas con capital mayor de 3.100 euros:

1. Otorgación de la escritura por parte del notario: Un día para la emisión por el Registro Mercantil Central de la certificación negativa de denominación


2. Otorgación de la escritura por el registrador mercantil: Un día para que el notario, una vez suministrados todos los antecedentes necesarios, otorgue la escritura de constitución y la remita telemáticamente al Registro Mercantil

3. Calificación registral: Tres días para su calificación registral

4. Coste: 150 euros de notaría y 100 de registrador.

Esperemos que estas medidas sirvan para agilizar la constitución de sociedades, aunque mucho nos tememos que otras cuestiones como los permisos y licencias municipales y autonómicos, pueden retrasar la constitución de la sociedad.

Un cordial saludo
Gregorio Labatut Serer,

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