Tanto en el nuevo PGC (aprobado por R.D. 1514/2007, norma de registro y valoración 8ª), como en el nuevo PGC adaptado a las Pymes (aprobado por R.D. 1415/2007, norma de registro y valoración 7ª). El leasing se registrará de la siguiente forma:
1. A la firma del contrato.
Se cargará la cuenta del activo fijo correspondiente a la naturaleza del bien, por ejemplo, si se trata de una máquina se cargará la cuenta 213. Maquinaria, por el menor entre el valor razonable del bien o el valor actual de los pagos a realizar en el futuro (en el PGC Pymes únicamente se indica el valor razonable del activo arrendado, pero hay que decir que normalmente ambos valores deben de coincidir, lo que significa que se registrará por el valor al contado del bien, sin incluir intereses, pero incluyendo el valor residual), como contrapartida se abonarán las cuentas 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo y la 174. Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, por el importe de la deuda (sin incluir los intereses, esto es importante). Por ejemplo si se firma un contrato de arrendamiento financiero de una maquinaria que tiene un valor al contado de 1.000 (sin incluir intereses), de las cuales hay que pagar 200 a corto plazo y el resto a largo plazo, el registro contable seria:
Gregorio Labatut Serer
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1. A la firma del contrato.
Se cargará la cuenta del activo fijo correspondiente a la naturaleza del bien, por ejemplo, si se trata de una máquina se cargará la cuenta 213. Maquinaria, por el menor entre el valor razonable del bien o el valor actual de los pagos a realizar en el futuro (en el PGC Pymes únicamente se indica el valor razonable del activo arrendado, pero hay que decir que normalmente ambos valores deben de coincidir, lo que significa que se registrará por el valor al contado del bien, sin incluir intereses, pero incluyendo el valor residual), como contrapartida se abonarán las cuentas 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo y la 174. Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, por el importe de la deuda (sin incluir los intereses, esto es importante). Por ejemplo si se firma un contrato de arrendamiento financiero de una maquinaria que tiene un valor al contado de 1.000 (sin incluir intereses), de las cuales hay que pagar 200 a corto plazo y el resto a largo plazo, el registro contable seria:
No se registrará el IVA.
1.000 | 213. Maquinaria | a a | 524. Acreedores por A.F. a corto plazo. 174. Acreedores por A.F. a largo plazo | 200 800 |
En el momento en el que venzan las cuotas, éstas se pagarán con cargo a la cuenta 524. Acreedores por A.F. a corto plazo, por la amortización del préstamo, la cuenta 6624. Intereses de deudas de otras empresas, por los intereses, y finalmente la cuenta 472. Hacienda pública IVA soportado por el IVA.
En nuestro ejemplo, supongamos que se paga la cuota de amortización por 200 más 50 de intereses, más 40 de IVA, en total 290. Se contabilizará:
200 50 40 | 524. Acreedores por A.F. a corto plazo. 6624. Intereses de deudas de otras empresas. 472. H.P. Iva soportado | a | Bancos cuenta corriente | 290 |
Al cierre del ejercicio se reclasificará la deuda del largo a corto plazo. Supongamos que en nuestro ejemplo, las cuotas a pagar siguientes a corto plazo suman 200.
Haremos lo siguiente por la reclasificación del pasivo.
200 | 174. Acreedores por A.F. a largo plazo | a | 524. Acreedores por A.F. a corto plazo. | 200 |
En definitiva, los intereses se registrarán cuando se devenguen como gastos financieros según el tipo de interés efectivo de la operación, y no se acumularán en activo en la antigua cuenta Gastos por intereses diferidos.
La amortización de la maquinaria se realizará en función de su vida útil, y en el momento de ejercer la opción de compra, no habrá que realizar ninguna reclasificación del activo, pues ya está en el inmovilizado material. Únicamente habrá que pagar la opción de compra que estará registrada en el Pasivo.
Un saludo afectuosoGregorio Labatut Serer
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