Efectivamente el organismo internacional de emisión de normas de contabilidad, el International Accounting Standards Board (IASB) haemitido cuatro NIIF nuevas como respuesta efectiva ante la crisis financiera global:
(Tambien puede verse en la página web del ISB)
Estas normas son:
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(Tambien puede verse en la página web del ISB)
Estas normas son:
- NIIF 10 Estados Financieros Consolidados. La obligación de proporcionar Cuentas Anuales consolidadas se basa en el concepto de control. La norma proporciona orientación adicional para ayudar en la determinación de control en aquellos casos en los que resulta difícil su identificación. De este modo sociedades que antes no se incluían en la consolidación, puede que ahora se obligue a su inclusión.
- NIIF 11 Negocios conjuntos. En esta norma se exige la aplicación de un único método para incluir las de participaciones en entidades controladas de forma conjunta. Se trata de ofrecer un reflejo más realista de los negocios conjuntos. Según se indica en la norma se abandona definitivamente el método de integración proporcional y se exige la aplicación del procedimiento de puesta en equivalencia o método de la participación. Esto es importante, pues en España normalmente se aplica el método proporcional.
- NIIF 12 Reflejo contable de intereses en otras entidades. Es una nueva norma, que completa los requisitos de divulgación para cualquier tipo de interés en otra entidad, incluidos los negocios conjuntos, asociados, entidades de propósito especial y otras entidades que no se encontraban en recogidas en el balance.
- NIIF 13 da una definición y los detalles sobre la aplicación del valor razonable, actualmente dispersas en diversas normas, de acuerdo con el FASB.
Deberemos estudiar estas normas, pues a pesar de que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2013, para que puedan ser exigidas para las cuentas anuales consolidadas de los grupos cotizados deberán ser finalmente aprobadas por el EFRAG.
Un saludo afectuoso para todos
Gregorio Labatut Serer
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