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viernes, 3 de junio de 2011

Contabilización de las subvenciones de capital en el PGC PYMES.


Supongamos una empresa que tiene una subvención de capital para financiar su activo fijo de 1.000 euros, al finalizar el ejercicio.


Empresas acogidas al PGCPYMES: No se utilizan las cuentas del Grupo 8 y 9.


  1. Cuando comunican a la empresa la concesión de la subvención.



DEBE
HABER
4708
130
Hacienda Pública deudora por subv.concedida
Subvenciones oficiales de captial
1.000


1.000



  1. Por el efecto impositivo de la subvención. Supongamos un tipo general del 30 %



DEBE
HABER
130

479
Subvenciones oficiales de capital
30 % sobre 1.000
Pasivos por diferencias temporarias imponibles
300



300


  1. Por el cobro de la subvención.



DEBE
HABER
57
4708
Tesorería
Hacienda Pública deudora por subv.concedida
1.000


1.000


De este modo, al cierre del ejercicio, se quedará en el Balance la cuenta:

130. Subvenciones oficiales de capital pro 700 euros. Patrimonio neto.

479. Pasivos por diferencias temporarias imponibles por 300 euros. Pasivo.
 
Supongamos que en el año siguiente los activos que se financian con la subvención se amortizan un 10 %. ¿Qué haremos?
 

  1. Por la imputación de las subvenciones de capital al resultado del ejercicio.



DEBE
HABER
130
746
Subvenciones oficiales de capital.
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio
100



100


  1. Por la reversión de las diferencia temporaria imponible, ya que se convierte en impuesto a pagar.



DEBE
HABER
479

130
Pasivos por diferencias temporarias imponibles 0,30 x 100
Subvenciones oficiales de capital
30



30


  1. Al cierre del ejercicio.



DEBE
HABER
746

129
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio
Resultado del ejercicio
100



100



Al final del ejercicio, el saldo de las cuentas es:.

La cuenta (130) Subvenciones oficiales de capital tendrá un saldo de 630 euros, que corresponderá al 90 % (pendiente de amortizar) de la subvención para financiar activos no corrientes, por el importe neto de impuestos. Esto es, 70%x(90%x1.000) = 630 euros.

Mientras que la cuenta (479) Pasivos por diferencias temporarias imponibles nos encontraremos con el 30% de la subvención pendiente de imputar al resultado, esto es 30%x(90%x1.000) = 270 euros.

 Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer


,

2 comentarios:

  1. Muy buenas las explicaciones de como saber un mejor control sobre estas subvenciones, como asesores laborales nos van a venir de maravilla, gracias!

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  2. Me alegro muchísimo de que haya podido ser útil. Un saludo.

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