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jueves, 1 de septiembre de 2011

Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 9/2011, de 19 de agosto.



1.       Con efectos exclusivamente para los periodos impositivo que se inicien dentro de los años 2011, 2012 y 2013, en cuanto al Impuesto sobre Sociedades:

a.       Cuantía del pago fraccionado que deben realizar las grandes empresas que facturan más de veinte millones de euros.

b.      Límites de aplicación temporal a la compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios anteriores.

c.       Límite temporal a la deducción del fondo de comercio financiero en entidades no residentes.

2.       Medidas con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2012:

a.       Ampliación del plazo máximo para la compensación de bases imponibles negativas.

Finalmente también se recoge el cambio en el Impuesto sobre el Valor añadido en cuanto a la aplicación del tipo impositivo en la entrega de viviendas.
Un saludo cordial para todos
Gregorio Labatut Serer
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