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jueves, 17 de mayo de 2012

¿Pueden ser contabilizados los créditos fiscales y hacerlos aparecer el en Activo del Balance?, ¿se está inflando el activo por ello?

Es un problema de plena actualidad, podemos leer en El país.com lo siguiente: “Los auditores alertan de créditos fiscales en cuatro entidadespor 4.905 millones”. Las firmas registran salvedades por aplazamiento de impuestos en grupos bajo tutela del Estado. Los bancos y cajas señaladas son Catalunya Caixa, Novagalicia, Unnim y Banco de Valencia”.
¿De qué estamos hablando?, pues estamos hablando de hacer aparecer en el activo del balance con abono resultados, el efecto fiscal de las bases imponibles negativas. Por ejemplo, si una empresa tiene una base imponible negativa por 1.000 euros, se trata de ese mismo año (el que se produjo la base imponible negativa), de hacer aparecer en el Activo, una partida denominada “Activo por impuestos diferidos”, el 30 % (tipo impositivo general) de la base imponible negativa, esto es, hacer aparecer en el activo 350 euros por ese motivo, con abono a resultados, por lo que (sino existe ningún otro tipo de diferencias entre criterios contables y fiscales) el resultado del ejercicio se convierte en una pérdida de 650 euros en lugar de los 1.000 euros que teníamos anteriormente.
¿esto se puede hacer?, pues según el Plan General de Contabilidad, sí que puede ser registrada esta operación, pues es el reconocimiento de un activo por “derecho de compensación de la base imponible negativa”, cuestión que se puede producir durante los próximos 18 años actualmente. Se trata pues de un derecho (concepto de activo)
Ahora bien, el problema es que si se trata de un activo, éste debe ser recuperable en el futuro. El problema es que se trata de “un derecho de compensación” y no de un derecho de devolución, por lo tanto, para contabilizar este derecho fiscal, es necesario que sea probable que la empresa pueda obtener beneficios en el futuro para realizar la compensación. Tiene que existir evidencia sobre este aspecto, para ello podrá utilizarze una planificación fiscal apropiada (realizar estimaciones de futuro), por lo que si:
-        Existe un historial de pérdidas continuas, se presume que no es probable que se pueda realizar la compensación, salvo prueba en sentido contrario.
-        Debe ser probable que la empresa vaya a obtener beneficios fiscales que permitan compensar las citadas bases imponibles negativas en un plazo no superior al previsto en la legislación fiscal, con el límite máximo de dieciocho años actualmente.
Evidentemente, estamos hablando de estimaciones, y este es un tema, en el que los auditores de cuentas extreman su prudencia, de este modo, podemos leer en El Pais.com que “los auditores han presentado salvedades a las cuentas de 2011 de cuatro cajas y bancos por apuntarse 4.905 millones en créditos fiscales que, en su situación actual, tienen difícil recuperación. Las entidades señaladas son Catalunya Caixa, Novagalicia, Unnim y Banco de Valencia, aunque habría que sumar la recién nacionalizada BFA-Bankia, donde Deloitte también mostró sus dudas sobreimpuestos diferidos por 2.465 millones”.
Poner de manifiesto que todas las entidades sobre las que se han presentado salvedades en relación con sus cuentas de 2011 o bien están o han estado bajo tutela del Estado en los últimos meses.
Más problemas, además del “ladrillo” para la banca.
Un saludo cordial para todos y todas
Gregorio Labatut Serer


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