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miércoles, 10 de julio de 2019

El Registro Mercantil de la provincia de Valencia ha publicado en su web los errores más frecuentes en la presentación de Cuentas Anuales.



Efectivamente, el Registro Mercantil de la provincia de Valencia ha publicado en su web los errores más frecuentes en la presentación de las Cuentas Anuales. Se puede ver en: https://rmvalencia.com/aviso-importante-defecto-cuentas/

Como resumen, podemos comentar:

1. La presentación telemática: Deberán realizarse en los modelos vigentes aprobados por la Orden Ministerial JUS/319/2018 de 21 de Marzo (BOE 27 de Marzo 2018) y con las variaciones que ha determinado la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Dichos modelos se corresponden con los que constan en el programa D2 que el Colegio de Registradores pone a disposición gratuita de todos los usuarios en su página web “registradores.org”.

2. Propuesta de reparto del resultado y periodo medio de pago. Hoja de datos generales de identificación e información complementaria (IDA2/IDP2). En el caso que la sociedad haya tenido un resultado de pérdidas, ésta cifra solo deberá constar en la casilla 91000 correspondiente a “Saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias” sin que quepa su aplicación a ningún concepto.

3. Sociedades que dispongan de LEI (Legal Entity Identifier) a la fecha de formulación de las cuentas deberán hacer constar dicho código en la hoja destinada a Datos Generales de Identificación e Información Complementaria (IDA1/IDP1) casilla 0109.

4. Informe de auditoría. Las sociedades que presenten informe de auditoria deberán hacer constar el código ROAC del auditor firmante

5. Estado de cambios en el Patrimonio Neto. Si en el certificado del acta de la junta consta que se acompaña a depósito el documento correspondiente al Estado de Cambios sobre Patrimonio Neto, se exigirá que se aporte para su depósito. Recordar que las que confeccionen el balance y memoria abreviados y el modelo del PGC Pymes, no están obligados a ello, pero si en el ata de la junta dice que se acompaña, se deberá acompañar.

6. Fecha del certificado del acta de la Junta: En las Cuentas Anuales Telemáticas y en soporte CD/DVD, la fecha de expedición del certificado del acta de la junta, en la que debe constar la huella digital generada por el PROGRAMA D2, no puede ser nunca anterior a la  fecha de generación de la propia huella. En caso de que la fecha expedición del certificado de la junta sea anterior, las cuentas serán calificadas como DEFECTUOSAS.

7.- Titular Real:

·       Cuando el documento de Titularidad Real se presente en formato papel deberá ir firmado y fechado, de forma autógrafa, por el administrador o los administradores de la sociedad. La titularidad real deberá ir referida a la fecha de su firma.

·       Todas aquellas sociedades que no coticen en bolsa y que no hayan modificado la Titularidad Real respecto de las presentadas en las cuentas anuales del ejercicio 2017, deberán cumplimentar la primera casilla con un SI,  y la segunda con un NO. La titularidad real debe ir referida a la fecha de generación del fichero ZIP en las cuentas telemáticas.

8.       Prestadores de servicios a sociedades y fideicomisos.

·       Las cuentas anuales en las que se cumplimente el documento “Sobre Servicios a Terceros” y no conste la sociedad previamente inscrita en el Registro de Prestadores de Servicios a Sociedades y Fideicomisos (conforme a la Disposición Adicional única de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo y Financiación del Terrorismo de fecha 28 de Abril, serán calificadas como DEFECTUOSAS.

·       Las cuentas anuales de las sociedades que consten inscritas en el citado Registro de Prestadores y no cumplimenten dicho documento, serán calificadas como DEFECTUOSAS.

·       Serán calificadas de forma correcta aquellas cuentas anuales que no aporten el modelo de prestadores de servicios porque a la fecha de presentación de las mismas, todavía no hayan solicitado su alta en el Registro de Prestadores de Servicios a Sociedades y Fideicomisos.

·       La fecha en la que acaba el plazo para la inscripción de los sujetos obligados en el Registro de Prestadores de Servicios a Sociedades y Fideicomisos, es la de 4 de Septiembre de 2019.



9.       Plazo:  Se podrán presentar en plazo y hasta las 23 horas y 59 minutos de día 30 de Julio de 2019, aquellas cuentas que hayan sido aprobadas.

Mucho ánimo que queda poco.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2019/2020:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-       http://cort.as/-HlSN


-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSk

-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Busto Contell.


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