Con independencia que,
desde el punto de vista contable y mercantil, todos los empresarios deben de
llevar contabilidad, desde el punto de vista fiscal en determinados casos se
aligeran estas exigencias. De este modo, ayer se publicó en el BOE la Orden
HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros
registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En ella se especifican
los libros que fiscalmente deben llevar los empresarios autónomos. Depende del
tipo de modalidad en la que tributen:
1. Estimación Directa modalidad
simplificada: los contribuyentes que desarrollen actividades empresariales cuyo
rendimiento se determine en la modalidad simplificada del método de estimación
directa estarán obligados a la llevanza y conservación de los siguientes libros
registros:
a) Libro registro de ventas e
ingresos.
b) Libro registro de compras y
gastos.
c) Libro registro de bienes de
inversión.
2. Método de estimación objetiva. Los
contribuyentes que desarrollen actividades empresariales cuyo rendimiento se
determine mediante el método de estimación objetiva, estarán obligados a la
llevanza y conservación de los siguientes libros registros:
a) Cuando deduzcan amortizaciones,
estarán obligados a llevar un libro registro de bienes de inversión.
b) Cuando realicen actividades cuyo
rendimiento neto se determine teniendo en cuenta el volumen de operaciones,
habrán de llevar un libro registro de ventas e ingresos,
3. Actividades profesionales. Los
contribuyentes que desarrollen actividades profesionales cuyo rendimiento se
determine por el método de estimación directa, en cualquiera de sus
modalidades, estarán obligados a la llevanza y conservación de los siguientes
libros registros:
a) Libro registro de ingresos.
b) Libro registro de gastos.
c) Libro registro de bienes de
inversión.
d) Libro registro de provisiones de
fondos y suplidos.
La principal novedad que
se introduce en esta orden es la necesidad de que, en las anotaciones en los
libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos se haga constar el
Número de identificación fiscal de la contraparte de la operación. En esta
actualización de la normativa reguladora del contenido de los libros registros
se ha tratado de conseguir cierta homogeneidad con conceptos ya previstos en
otros impuestos, como por ejemplo en materia de asientos resúmenes con el
Impuesto sobre el Valor Añadido. Pero es conveniente la lectura de la norma.
Espero que haya sido
útil.
Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes postgrados de la
Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2019/2020:
- Diploma
de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como
formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al
Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación
para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF
- Diploma
de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación
obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
- Diploma
de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth
Bustos Contell.
- Certificado
Universitario de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de
viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSk
- Certificado
Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas
informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx Directora: Dra. Elisabeth Busto Contell.
Director de los próximos eventos organizados por
la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia,
homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
- Jornada
presencial homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para
auditores del ROAC. Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja
de cálculo. Día 19 de septiembre de 2019. https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2019/ficha.es.html
-
- Jornada
presencial homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para
auditores del ROAC. Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas
con hoja de cálculo”. Día 23 de septiembre de 2019.
-
- Jornadas
online mediante webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Próximo webinar: Día 13 de
septiembre de 2019. Webinar. Prevención de blanqueo de capitales para auditores
de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologado por el ICAC con 4 horas
de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/
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