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martes, 15 de marzo de 2011

La Ley de Economía sostenible aumenta la trasparencia de la información financiera.


Efectivamente, la Ley de Economía sostenible aprobada en el BOE de 5 de marzo de 2011, aumenta la trasparencia de las sociedades cotizadas.
En este aspecto se ha modificado el art. 497 de la Ley de sociedades de capital en su Disposición final vigésima quinta.
En la misma se puede leer el nuevo texto dado a dicho artículo, que es el
siguiente:

“Las entidades que, de acuerdo con la normativa reguladora del mercado de valores, hayan de llevar los registros de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta están obligadas a comunicar a la sociedad emisora, en cualquier momento que lo solicite y con independencia de que sus acciones tengan o no que ser nominativas por disposición legal, los datos necesarios para la identificación de los accionistas, incluidas las direcciones y medios de contacto de que dispongan, para permitir la comunicación con aquellos.

Reglamentariamente se podrán concretar los aspectos técnicos y formales necesarios para el ejercicio de este derecho por parte de la sociedad emisora”

¿Qué hay de nuevo en este texto?.

Pues haciendo honor a la verdad se establecía esta obligación en el texto anterior, pero ahora se incorpora ahora los siguientes cambios:

1. La obligación se establece en cualquier momento que lo solicite.

2. con independencia de que sus acciones tengan o no que ser nominativas por disposición legal.

3. Los datos a suministrar serán los necesarios para la identificación de los accionistas, incluidos las direcciones y medios de contacto de que dispongan, para permitir la comunicación con aquellos. Esto es, direcciones de e-mail, domicilio, teléfono móvil, etc.

Esta medida de mejora de la trasparencia se enmarca dentro de la regulación establecida en la sección 5ª del capítulo II De trasparencia y responsabilidad social de los Organismos reguladores. Arts. 20 a 22.

Un cordial saludo para todos.

Gregorio Labatut Serer

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