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domingo, 19 de enero de 2014

A vueltas con el concepto de “colaborador necesario”.


Hace podo escribíamos un post titulado “El colaborador necesario”, en el que poníamos de manifiesto la importancia en el proceso de blanqueo de capitales que tienen los abogados, asesores fiscales, asesores contables.
En este sentido, se indicaban múltiples ejemplos en los que sin la figura de estos profesionales era imposible realizar con éxito operaciones de blanqueo de capitales, por lo que se trata del colaborador necesario.
También, se comentaba que el proyecto de Reglamento, limita ciertas obligaciones que impone la Ley a los profesionales por  razón de tamaño proponiendo unos umbrales (ocupen a menos de 1O personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 2 millones de euros). Y expresábamos nuestra opinión de que esta limitación generalizada por razón de tamaño sería un grave error, pues no garantiza que éstos profesionales no puedan seguir colaborando en las operaciones de blanqueo.


Es una operación muy importante, pues podemos seguir leyendo que “Un total de 54 personas que integraban una red dedicada al narcotráfico y al blanqueo de los capitales generados han sido detenidas en Cataluña, la Comunitat Valenciana, Murcia y Madrid, en una macrooperación conjunta de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en la que se han decomisado 330 kilos de cocaína.


Según han informado hoy ambos cuerpos, además de la droga se han intervenido también 1,5 millones de euros en efectivo, doce armas de fuego, joyas y 16 coches de gama alta, mientras se han bloqueado 32 bienes inmuebles relacionados con la trama, valorados en unos siete millones de euros, y numerosas cuentas bancarias. La mayoría de las detenciones se produjo en la provincia de Barcelona (26), seguida de Valencia (14), Tarragona (7), Gerona (2), Murcia (2), Castellón (1), Alicante (1) y Madrid (1)”.

Vds. se preguntarán. ¿Qué tiene que ver esta operación con los abogados, asesores fiscales, contables o auditores de cuentas?, parece que nada, ¿verdad? Pues no, tienen que ver, y mucho, porque si seguimos leyendo, nos encontramos con lo siguiente: ”La droga era trasladada hasta España vía marítima desde Sudamérica, oculta en contenedores o cargamentos de frutas, o vía aérea mediante 'mulas' humanas. El dinero obtenido con el tráfico ilícito de drogas era blanqueado a través de testaferros que regentaban empresas legalmente constituidas, con el asesoramiento y connivencia de dos gestorías y una entidad bancaria”.

Una vez más surge la figura del colaborador necesario, sin ellos es imposible realizar el blanqueo. La pregunta es, si el reglamento continúa con la limitación, aplicando de forma generalizada el régimen de umbrales, ¿ayudará a la lucha contra el blanqueo?

Vds. tienen la respuesta.

Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer

Presidente del honor del INBLAC.
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