Evidentemente esto compromete la tan necesaria independencia
del auditor en su labor. Actualmente las EIP (Empresas de interés público)
podrían ser auditadas únicamente por la misma firma de auditoría durante un
máximo 10 años.
Podemos leer en https://economistas.es/wp-content/uploads/2022/12/w-6cinc1.pdf
Lo siguiente (cita textual):
“El Registro de
Economistas Auditores (REA) solicitó ayer la retirada en el Sena[1]do
de la enmienda transaccional que abre la puerta a extender más allá de 10 años
el periodo de contratación de las firmas auditoras con un mismo cliente.
En su opinión, se
trata de una iniciativa que “compromete la independencia y fomenta la
concentración en el sector”.
Podemos seguir leyendo (cita textual):
“En concreto, la
propuesta va dirigida a modificar el artículo 40.1 de la Ley de Auditoría de
Cuentas para dar la posibilidad de ampliar el tiempo máximo de contratación de
los auditores de entidades de interés público (EIP) mediante dos vías: 14 años
más, siempre que la auditoría sea realizada por dos firmas; o 10 años más si se
hace una convocatoria pública de ofertas. De este modo, se derogaría el límite
establecido con la entrada en vigor de dicha norma en 2016. En relación a esta
segunda posibilidad, el texto de la enmienda señala que se trata de una opción
que se recoge en el Reglamento de la Unión Europea sobre los requisitos
específicos para la auditoría legal de las EIP. No obstante, el REA precisa que
dicha alternativa en verdad “no ha sido tomada en consideración por la mitad de
los países de la UE, entre los que se encuentran Alemania, Italia y Países
Bajos”. “
Espero vuestras opiniones al respecto.
Pero la polémica está servida. ¿es conveniente perpetuarse en
la realización de la auditoría de una misma empresa?, ¿o es mejor la rotación?
¿la rotación favorece la independencia?
Un saludo para los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el
ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el
acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima
puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable
de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE
EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación
obligatoria acceso al ROAC.
Próximos
eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la
Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
- Contabilidad de las
reestructuraciones empresariales. Repercusiones fiscales. Día 12 de diciembre
de 2022. Homologado con 4 horas de formación en contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/contabilidad-de-las-reestructuraciones-empresariales-repercusiones-fiscales/
A pesar de que la normativa europea permite la prórroga de mandatos, España decidió optar por un enfoque más restrictivo con la finalidad de garantizar que las auditoras mantengan su independencia con respecto a las empresas que auditan.
ResponderEliminarPero, como acabamos de ver, esta independencia ha sido puesta en jaque, a pesar de las numerosas quejas y solicitudes en contra por parte de los expertos del sector como el REA o la CNMV, con el fin de satisfacer intereses partidistas.
Esta enmienda va a beneficiar, excluyendo a los partidos regionalistas que la promovieron, a las denominadas "big four". Estas empresas podrán seguir manteniendo los contratos millonarios que poseen con las principales empresas del IBEX. Esta situación va a afectar a las pequeñas auditoras que van a perder la oportunidad de optar a estos contratos a corto plazo limitando la competencia y con una posible “captura del auditor” que acabe afectando a la independencia.
Me ha resultado de especial importancia este tema, ya que la imparcialidad y la independencia son necesarias para una opinión objetiva del auditor. Si bien es cierto, para ampliar tiempo máximo de contratación es necesario que se cumplan ciertos requisitos, los cuales podrían ser de ayuda para poder evitar el gran problema existente. En mi opinión, el mantenimiento de los auditores puede resultar positivo, ya que éstos ya son conocedores del funcionamiento de la empresa y pueden realizar los procedimientos de una manera más eficaz.
ResponderEliminarMe ha parecido un artículo muy interesante ya que se trata de una de las cuestiones más relevantes, ya que afecta directamente como bien se indica a la independencia entre la empresa auditora y la empresa auditada, sumándole además la concentración elevada que se pronunciaría aún más entre las grandes empresas multinacionales que acaparan una elevada cuota del sector. Es de vital importancia que prevalezca el principio de objetividad que ha de mantener el auditor, logrando así que se consiga desarrollar un sistema que garantice una actividad social y que no acentúe la concentración que sigue en aumento en el sector, por lo que se debería de revisar la solicitud que realiza el REA
ResponderEliminarHola, buenas tardes, un artículo muy interesante el cual saca a la luz los problemas con las grandes empresas. Es una decisión difícil de afrontar la de retirar la enmienda, ya que cierto es que, si no existe rotación al final todo se acabara concentrando en las “Big Four”. Aunque también hay que tener en cuenta que hay muchas auditorias las cuales no pueden afrontar el auditar a grandes empresas. Siempre hay que intentar llegar a un punto común que beneficie a todos. La rotación en mi opinión puede favorecer a todos.
ResponderEliminarSin lugar a dudas, este es el artículo más interesante para mí. Si seguimos permitiendo que una empresa sea auditada siempre por la misma firma, se corre el riesgo de que no represente la imagen fiel de la misma. La independencia e imparcialidad del auditor se pone en tela de juicio.
ResponderEliminarPoniendo límites al número de años y aumentando la rotación, se mejora la imagen de la empresa si el resultado de las auditorías realizadas por distintas firmas es favorable en todos los casos. Además se ofrece oportunidades a firmas ajenas a las ya conocidas "big four" en caso de tener la infraestructura y el personal para realizarlas. Al igual que la separación de poderes es necesaria en un sistema democrático, ocurre lo mismo en el mundo financiero y de auditorías. Evitando la repetición y aumentando la rotación, ayudamos a reflejar de manera más transparente los estados contables, financieros y la imagen fiel de cualquier empresa.
En mi opinión, el artículo más interesante es este. Tenemos el gran debate de elegir entre dar más poder a grandes firmas, o añadir el factor del cambio.
ResponderEliminarCreo que es favorable limitar el número de auditorías que realiza una firma a la misma empresa en un periodo de tiempo determinado, pues limita los chanchullos e incluso puede reducir los oligopolios.
Aumentando la rotación favorecemos la oportunidad entre distintas firmas (incluso ajenas a las "big four") y no perjudicamos las labores de independencia e imparcialidad del auditor, que pueden verse mermadas e influenciadas al realizar cada ejercicio las auditorías a las mismas empresas. Es clave reflejar la imagen fiel de la empresa, y pienso que sería más factible si distintas firmas llegan a la misma conclusión.
A mi parecer, es preferible ir rotando la firma de auditoría que audite a las EIP, puesto que si se perpetua en el tiempo, se les está otorgando demasiado poder. Esto es un problema puesto que estas entidades de interés público proporcionan contratos de cuantías masivas a las firmas, por lo que las firmas están dispuestas a cualquier cosa por obtenerlas. De esta forma, acaban teniendo acuerdos extraoficiales en los que la firma hace la vista gorda a cambio de tener un cliente que les otorga millones de euros al año. En cambio, si se rotan las auditorías, en principio se tiene este tema más controlado, porque la competencia no debería dejar pasar estas ilegalidades cuando audite por primera vez una de estas entidades que lleva tanto tiempo siendo auditada por otra firma. El problema surge cuando para hacer frente a esta nueva ley, las auditorías llegan a acuerdos entre ellas en las que se van rotando su cartera de clientes y por lo tanto cubriéndose las espaldas. Es un tema muy interesante sobre el que se puede debatir mucho tiempo.
ResponderEliminarEste articulo es para mi el más interesante ya que trata un tema de especial importancia al poner en peligro la independencia del auditor respecto a la empresa auditada que es la que asegura la objetividad en el trabajo del auditor. Pero a pesar de las numerosas quejas sobre esta enmienda vemos que la independencia del auditor corre peligro.
ResponderEliminarEs recomendable que exista cierta rotación para así asegurar la verdadera imagen de la empresa, además de dar oportunidades a otras auditorías que no son las denominadas "Big Four" siempre que estas tengan las características necesarias como para poder hacerlo. Por lo tanto, creo que la rotación sería la mejor de las soluciones.
Me parece muy buen articulo y muy interesante ya que es uno de los problema que vive en la actualidad la auditoria, desde mi punto de vista no seria una buena noticia que se llevara a cabo esta propuesta ya que esto haría que se perdiera la independencia ya que las grandes firmas se quedarían las mejores empresas y podrían provocar anomalías dentro de la auditoria para proteger a la empresa y así fidelizarla, por eso desde mi punto de vista la rotación de auditoras es necesaria para evitar estas anomalías en el tiempo y que puedan adquirir estos grandes contratos auditorias mas pequeñas que cumplan los requisitos.
ResponderEliminarMe ha parecido muy interesante el tema da que habla la noticia, ya que habla de una realidad que esta sucediendo actualmente. Actualmente las auditorias tienen contratos muy extensos con las empresas, sobre todo con las empresas multinacionales, por lo que si aumentamos el tiempo a mas de diez años, otras auditorias perderán la oportunidad de trabajar para dichas empresas. Si bien es cierto que auditorias mas emergentes o pequeñas igual no tienen la capacidad de auditar a estas empresas, si se reduce el tiempo de los contratos fomentamos que todas las auditorias trabajen con mas empresas.
ResponderEliminarRealmente es un artículo bastante interesante que pone en entredicho el futuro de auditoría. Considero que tiene dos puntos, uno negativo y otro positivo.
ResponderEliminarEn primer lugar, el negativo, sería la pérdida de objetividad y por tanto el juicio por parte del auditor al siempre trabajar con la misma empresa. Esto repercute a su vez en la imagen de estas. Además, señalar la elevada concentración en el sector, pues las mismas empresas de auditoría podrían acaparar a los clientes.
Por consiguiente, el aspecto positivo de esta normativa sería la eficacia que tendrían los auditores en su trabajo al tratar siempre con los mismos clientes.
Realmente es un artículo interesante que pone en entredicho el futuro de la auditoría. Considero que esta aplicación tiene una repercusión negativa y positiva.
ResponderEliminarEn primer lugar, el peor aspecto es la pérdida de independencia y objetividad por parte del auditor a la hora de elaborar su juicio. Además, las empresas auditadas perderían la imagen fiel para con sus grupos de interés. Por último, habría demasiada concentración y poca competencia.
En cuanto a los aspectos más positivos, recalcaron la eficacia por parte de los auditores para desempeñar su trabajo pues ya estarían más familiarizados con sus clientes.
Buenas, la noticia es bastante interesante por la importancia del tema ya que podría afectar a la independencia del auditor el incremento del tiempo máximo de contratación de los auditores de entidades de interés público. En mi opinión esta medida puede perjudicar el juicio profesional del auditor al tener que realizar auditorías en la misma empresa durante muchos años, provocando que el auditor no este tan alerta ante posibles errores en las cuentas anuales de la empresa. Además, ejercer el cargo de auditor de una empresa en un tiempo muy prologando puede afectar la independencia del auditor evitando que exprese una conclusión sin influencias debido a la familiaridad que puede desarrollar con la empresa. Creo que es necesario la rotación de auditoras para mantener una opinión objetiva de los auditores. También la medida reduce la competencia por la concentración del sector ya que un grupo reducido de cuatro grandes auditorias son las que dominan y evitan que pequeñas y medianas auditorias tengan oportunidades.
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