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domingo, 16 de junio de 2013

El SEPBLAC publica una Guía de autoevaluación del sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En este documento, se indicaba que el riesgo o grado de exposición de los distintos sujetos obligados ante los intentos de blanqueo o FT es muy diferente en función del tipo de actividad.
Por lo que las estructuras, los procedimientos de control interno, herramientas y recursos a emplear en la prevención por parte de los distintos sujetos obligados deberán adaptarse a este distinto riesgo.
Para ello, resulta necesario que cada sujeto obligado elabora con carácter previo un informe de autoevaluación ante el riesgo de BCFT ajustado al negocio.
Pues bien, para ayudar a los sujetos obligados a la realización de este informe de autoevaluación, el SEPBLAC ha publicado una fichade autoevaluación del sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiacióndel terrorismo (PBC/FT).
Se trata de un modelo de autoevaluación del sistema de PBC/FT, que, como en el caso del documento de recomendaciones de control interno, los sujetos obligados tendrán que adaptar a la realidad de su negocio y al riesgo del mismo ante el BC/FT.
El SEPBLAC, recuerda que “Toda evaluación debe realizarse siempre respecto de un estándar establecido que será la norma vigente en cada momento, y las medidas de control interno establecidas en la misma. En este caso, la guía de recomendaciones, cuya finalidad no es otra que la de facilitar el cumplimiento de dichas medidas, puede servir de estándar de referencia con el cual autoevaluar la efectividad del sistema de prevención de cada sujeto obligado”.
De este modo, “El modelo de autoevaluación se materializa en una ficha que contempla cuatro grandes apartados: gobernanza; diligencia debida; detección, análisis y comunicación; y revisiones del sistema (auditoría interna y expertos externos). Los cuatro apartados están desglosados a su vez en una serie de subapartados y las valoraciones se presentan mediante un código de colores (verde: cumplimiento satisfactorio; ámbar: avance sustantivo de las medidas tomadas; rojo: necesidad de implantación de medidas relevantes). Para facilitar la cumplimentación de la citada ficha de autoevaluación, se acompaña asimismo un anexo con una serie de puntos que desarrollan cada uno de los subapartados”.
Esto supone descargar sobre los sujetos obligados un obligación previa, de situar su negocio y sus clientes desde una perspectiva de prevención de blanqueo de capitales, pero supone al mismo tiempo una obligación de cumplimento que cada sujeto obligado debe realizar.
Estamos a su disposición por si podemos ayudar.
Un saludo cordial para todos.
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