Los aspectos más relevantes que
me han llamado la atención, de una forma rápida son:
-
Derecho de la sociedad a identificar a los
accionistas y a los beneficiarios últimos de los títulos.
-
Regulación de los asesores de voto “proxy
advisors”, que pueden prestar a los accionistas un servicio de asesoramiento en
el ejercicio del voto en las juntas generales de socios.
-
Derecho de los accionistas a conocer la remuneración de los administradores mediante un informe anual de remuneraciones.En relación con este informe el auditor de cuentas se limitará a comprobar que se ha incluido en el informe de gestión (se modifica para ello modifica el artículo 35.2.b) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas), “……En este supuesto, el auditor deberá comprobar únicamente que esta información se ha facilitado en el informe anual de gobierno corporativo incorporado al informe de gestión y que el citado informe anual de remuneraciones se encuentre incluido en el informe de gestión. En el caso de que no fuera así, lo indicará en el informe de auditoría”.
Derecho de los accionistas a conocer la remuneración de los administradores mediante un informe anual de remuneraciones.En relación con este informe el auditor de cuentas se limitará a comprobar que se ha incluido en el informe de gestión (se modifica para ello modifica el artículo 35.2.b) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas), “……En este supuesto, el auditor deberá comprobar únicamente que esta información se ha facilitado en el informe anual de gobierno corporativo incorporado al informe de gestión y que el citado informe anual de remuneraciones se encuentre incluido en el informe de gestión. En el caso de que no fuera así, lo indicará en el informe de auditoría”.
-
Ampliación de la regulación sobre las
operaciones vinculadas y su publicación que debe venir acompañada por un
informe de experto independiente (en este sentido puede tener especial
relevancia la figura del experto contable).
-
Protección de los socios minoritarios.
-
Los consejeros de las sociedades cotizadas
deberán ser necesariamente personas físicas.
-
Se contempla las llamadas “acciones de lealtad”,
con mayores derechos de voto. Por lo tanto, puede haber acciones con más
derechos de voto que otras. Este incremento de los derechos de voto por acción “acciones
de lealtad”, se producirá cuando el accionista permanezca en la sociedad de
forma interrumpida durante más de dos años. Esto puede complicar la determinación
del control de la sociedad y la calificación de sociedad dominante y dependientes,
así como el de las sociedades asociadas. Hasta ahora, se permite la existencia
de acciones sin derecho a voto, pero nunca en nuestro derecho había existido el
hecho de que existieran acciones con más derechos de voto que otras.
-
Eliminación de la obligación de publicar
información financiera trimestral para las sociedades cotizadas.
La entrada en vigor se establece
para unos artículos el 1 de enero de 2020 y para otros el 1 de julio de 2020.
Ya tenemos más trabajo.
Un saludo cordial para los
amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los próximos eventos organizados por
la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia,
homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
Jornada presencial homologada por el
ICAC: Jornada en actualización sobre desarrollo práctico de las últimas
consultas del ICAC sobre contabilidad. Día 7 de junio de 2019. Homologada con 4
horas de contabilidad. https://congresos.adeituv.es/consultasicac2019/ficha.es.html
Director de los siguientes postgrados de la
Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:
- Diploma
de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como
formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al
Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación
para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF
- Diploma
de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como
formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
- Diploma
de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth
Bustos Contell.
- Certificado
Universitario de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de
viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSk
- Certificado
Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas
informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx Directora: Dra. Elisabeth Busto Contell.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios que se deseen incorporar tendrán que ser moderados por el propietario del blog.