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lunes, 4 de mayo de 2020

¿Debe tenerse en cuenta los efectos del covid-19 en la estimación del deterioro de activos al cierre de 2019?



Es una cuestión bastante polémica y muy actual en estos los momentos.



Todos tenemos claro que los efectos económicos provocados por la crisis del covid-19 en el cierre de 2019 es un hecho posterior al cierre, y sabemos que los hechos posteriores pueden ser de dos tipos:



-          Hechos del tipo 1. Afectarán al Balance y a la cuenta de resultados, y en su caso, también deberá ser objeto de información en la memoria,



-          Hechos del tipo 2. Solamente requerirán, si son significativos ofrecer información de los mismos en la memoria.  



¿De qué depende que se les catalogue de tipo 1 o de tipo 2 a los hechos posteriores al cierre?, pues depende de si ponen de manifiesto nueva información sobre situaciones o circunstancias que ya existía en el año anterior, o no es así, y solamente ponen de manifiesto acontecimientos ocurridos en el ejercicio siguiente pero que no afecta a la situación patrimonial y resultados del año anterior que se cierra.



De este modo, si arrojan más información sobre un hecho, situación o circunstancias que acontecieron el año anterior, es un hecho del tipo 1 y requiere un ajuste al balance y a la cuenta de resultados; mientras que, si el hecho posterior no se refiere a una situación existente en el año pasado, sino en el año siguiente, es del tipo 2 y solamente requeriría suministrar la correspondiente información en la Memoria si es significativo.



Todo ello basándose en la Teoría contable que indica que los hechos contables hay que registrarlos cuando acontezcan. Por lo tanto, si acontecen en el año 1 se registra en el año 1, y si acontecen en el año 2 se registran en el año 2 y, teniendo en cuanta también los criterios de especificidad del ejercicio.



Determinar si el hecho posterior pone de manifiesto nueva información sobre situaciones condiciones o circunstancias que ya existía en el año anterior, o no, es determinante para el tratamiento contable que debe darse al hecho posterior.



También hay que tener en cuenta que, en lo referente al deterioro de los activos, la referencia a “…. situaciones, condiciones o circunstancias que ya existían al cierre…”, no se refiere al hecho de que los activos existan o no existieran, porque si no existían no deben ser reflejados a la fecha de cierre, sino más bien al hecho de que el deterioro existiera o no, a la fecha de cierre.




Pues bien, si el deterioro no existe a la fecha de cierre, entonces esas “….situaciones, condiciones o circunstancias…”, no existían, y en consecuencia nos encontramos claramente ante un hecho del tipo 2.



Ahora bien, si resulta que ya existían indicios de deterioro a la fecha de cierre, la siguiente pregunta sería el motivo del deterioro. ¿Por qué la existencia de ese deterioro?, si el deterioro es como consecuencia de la crisis del covid-19, no habría duda de que la información adicional sobre esa crisis ofrecen una mayor información sobre “….situaciones, condiciones o circunstancias…” ya existentes, y entonces nos encontraríamos ante una información adicional sobre algo ya existente, y en ese caso sería un hecho posterior del tipo 1, y habría que tenerlo en cuenta en la estimación de dicho deterioro al cierre del ejercicio.



Pero si resulta que la crisis económica provocada por el covid-19 no existía a 31 de diciembre de 2019, entonces el motivo de los indicios de deterioro son otros, no pueden ser por ese motivo, y en ese caso ¿habría que tener en cuenta en la estimación del deterioro los efectos adicionales conocidos posteriormente provocados por el covid-19?



Yo, después de reflexionar mucho sobre el tema, finamente llego a la conclusión que no habría que tenerlos en cuenta en la estimación del deterioro al cierre del ejercicio, porque nos encontramos con una nueva situación, y esta nueva situación no existía en la fecha de cierre.



También, creo que está en esta línea la normativa contable, y quizá la referencia más clara es la NIC 10 Hechos posteriores, y en concreto el párrafo 11, donde se indica: 

Un ejemplo de hecho posterior al final del ejercicio sobre el que se informa que no implica ajuste es la reducción en el valor razonable de las inversiones, ocurrida entre el final del ejercicio sobre el que se informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su divulgación. La caída del valor razonable no está, normalmente, relacionada con las condiciones de las inversiones en el final del ejercicio sobre el que se informa, sino que refleja circunstancias acaecidas en el ejercicio siguiente. Por tanto, la entidad no ajustará los importes previamente reconocidos en sus estados financieros para estas inversiones. De forma similar, la entidad no actualizará los importes que figuren en las notas u otras revelaciones que se refieran a esas inversiones, en la fecha del balance, aunque pudiera ser necesario revelar información adicional en función de lo establecido en el párrafo 21”. (la negrilla es nuestra)



En el caso particular del inmovilizado, el criterio para determinar si existe deterioro en el ejercicio que se cierre es comparar el valor contable en ese momento con el valor recuperable, siendo este último el mayor entre el valor razonable menos los costes de venta al cierre del ejercicio y el valor en uso.



Cierto es que el valor en uso es un valor estimado en función de la previsión de los flujos de efectivo que la empresa puede obtener del activo o de la unidad generadora de activos en el futuro descontado a un tipo de descuento que tenga en cuenta el riesgo de la empresa.



Pero el valor razonable del activo es el que se determine en la fecha de cierre, y obviamente el cálculo del valor en uso también hay que determinarlos en la fecha de cierre, y ya hemos concluido anteriormente que “….situaciones, condiciones o circunstancias…”, que pudieran motivar dicho deterioro, no existían al 31 de diciembre de 2019.



En algún momento, yo no pensaba exactamente así, pero el “embrujo” que tiene la contabilidad, y por eso me enamora, es que para una correcta interpretación de los hechos económicos hay que hacer una reflexión profunda sobre el origen de los mismos y no dejarse llevar inicialmente por las apariencias, y esto es algo, que se va aprendiendo todos los días.



Quizá esté equivocado en mi reflexión, pero es lo que pienso después de recapacitar mucho sobre el tema tras compartir esta cuestión con mi gran amigo D. Francisco Gracia, gran profesional y gran persona y que tiene una visión del análisis contable mucho más profunda y certera que un servidor.



Un fuerte abrazo, y tengan en cuenta que todo esto es una opinión particular del autor compartida con D. Francisco Gracia, respetando claro está, cualquier otra.



Gregorio Labatut Serer



Profesor Titular de la Universidad de Valencia.



Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

-       Webinar: Día 8 de mayo de 2020 “Aspectos contables de las fusiones, escisiones de empresas y aportaciones no dinerarias”. Homologado con 4 horas de formación para auditores inscritos en el ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/aspectos-contables/

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


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2 comentarios:

  1. Buenas tardes,

    Me parece un blog muy interesante, aparte de necesario, puesto que con esta nueva situación que estamos viviendo surgen muchas dudas en cuanto a los distintos temas que rodean a la auditoría.
    Además como bien dices, creo que es algo que se debe reflexionar más allá de lo que realmente aparenta.
    No solo me parece interesante este blog, sino otros más, como por ejemplo el de hechos posteriores al cierre, puesto que pienso que es necesario despejar muchas dudas que se nos presentan actualmente y que resulta de mucha ayuda para poder comprenderlo.
    Con tu reflexión, queda muy claro que estos efectos no se deben tener en cuenta para la estimación de los deterioros, así como el por qué.

    Muchas gracias.

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    Respuestas
    1. Muchas gracias Laia. Intentamos transmitir conocimiento, y si lo logramos aunque sea en parte nos sentimos muy satisfechos. Muchas gracias por tus amables palabras, nos anima a seguir. Un saludo y cuídate mucho.

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