El Consell de la Comunidad Valenciana ha publicado elDecreto Ley 2/2012, de 13 de enero por el que se dictan medidas urgentes deapoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas ypequeñas y medianas empresas (pymes) de la Comunidad Valenciana. Para todo esto se destina 84 millones de euros.
A estos efectos, se considera pyme (pequeña y mediana empresa) la empresa que cumple con los siguientes requisitos, de acuerdo con el anexo I del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión Europea:
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El objeto de la norma es promover la actividad económica, la iniciativa empresarial y la creación de empleo a través de los emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana.
A estos efectos, se considera pyme (pequeña y mediana empresa) la empresa que cumple con los siguientes requisitos, de acuerdo con el anexo I del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión Europea:
a) Tener menos de 250 trabajadores.
b) Tener un volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros, o bien un balance general anual que no sea superior a 43 millones de euros.
c) No participar, en un 25% o más de su capital social o de sus derechos de voto, en otras empresas que no cumplan con los anteriores requisitos.
Dentro de la categoría de pyme se considera pequeña empresa aquella que tiene menos de 50 trabajadores, y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 10 millones de euros.
Las pyme que no cumplan estas características tienen la condición de mediana empresa.
Dentro del grupo de pequeñas empresas, se considera una microempresa aquella que tiene menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 2 millones de euros.
Se entiende por joven emprendedor los que tengan una edad inferior a los 35 años.
Con la norma se pretenden varios objetivos:
a) La flexibilización y simplificación de los procedimientos y la reducción de trámites y cargas administrativas.
b) La exención y bonificación de tasas administrativas.
c) Medidas de apoyo, información, coordinación y financiación dirigidas a los emprendedores. las medidas de simplificación administrativa, destacando el establecimiento del régimen de la declaración responsable del emprendedor para la solicitud de inicio de la actividad económica, documento jurídico sobre el que pivota gran parte del principio simplificador contenido en el decreto ley, en línea con la propia normativa europea en la materia. Asimismo, la norma obliga a la tramitación administrativa conjunta en supuestos en que el inicio de la actividad implique también la realización de obras
En cuanto a las medidas fiscales, financieras y de apoyo al emprendimiento, se dispone la exención del pago de las tarifas que se recogen en ella para los sujetos pasivos que inicien sus actividades empresariales o profesionales en 2012 y 2013, siempre que el devengo se produzca en el primer año de actividad, previendo la bonificación del cincuenta por ciento de la cuota para el supuesto de que éste se produzca en el segundo año de actividad de la empresa.
También, se introduce la posibilidad de que las empresas puedan solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Generalitat con los créditos reconocidos por esta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.
En este sentido, en el art. 9 se el procedimientos específicos para la compensación de deudas de naturaleza pública, en el que las empresas podrán solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Generalitat con los créditos reconocidos por ésta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.
La idea es buena, pero dado que los impuestos cedidos son escasamente el IBI, el tramo autonómico del IRPF (esto no se va a poder compensar porque contempla solamente a las empresas), Impuesto sobre el Patrimonio (otro tanto de lo mismo), Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Tributos sobre el Juego (tampoco veo la compensación), y determinados impuestos especiales y tasas; pues parece ser que la medida no va poder tener mucha efectividad en la practica.
Asimismo, la norma detalla una serie de instrumentos financieros que se pretende impulsar para favorecer los proyectos emprendedores, y también se prevé la conclusión por parte de las administraciones públicas de acuerdos con entidades de crédito a tal fin.
En este sentido, se promueve medidas de impulso a la financiación de proyecto emprendedores por medio de las siguientes acciones:
1. Facilitar el acceso al crédito dotando el fondo de provisiones técnicas de la Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) de la Comunitat Valenciana, para crear líneas específicas de avales por parte de esta entidad de crédito, para financiar emprendedores, microempresas y pyme, en sus diferentes fases (creación, consolidación, internacionalización y/o restructuración).
2. Participación pública en fondos de capital riesgo, gestionados por entidades gestoras privadas, y participados mayoritariamente por financiación privada, que inviertan en proyectos de emprendedores y empresas en fases iniciales, aportando una vía de financiación alternativa y complementaria a la banca tradicional.
3. Creación de instrumentos de capital riesgo y financiación pública o público-privada, en el ámbito del capital semilla, dirigidos a invertir en empresas en fases iniciales, con un alto potencial de creación de valor y un elevado componente innovador.
4. Creación de líneas de préstamos participativos con financiación pública, dirigidas a apoyar proyectos emprendedores.
Finalmente, se prevé la creación del Consejo Valenciano del Emprendedor así como de la Plataforma del Emprendedor, punto de encuentro en la red donde emprendedores y administraciones públicas podrán obtener toda la información relevante en materia de emprendimiento, y, en especial, de recursos financieros a los que puedan acceder aquéllos.
Sin embargo, podemos leer en Levante que estas medida urgentes tomadas por el Consell para apoyar la iniciativa empresarial y a los emprendedores en la que se destinan 84.782.520 euros durante 2012 para paliar los devastadores efectos de la crisis económica sobre el tejido empresarial valenciano, se realizan cuando la Generalitat todavía tienen pendiente de pago gran parte de los expedientes autorizados en el último trimestre de 2010 y los correspondientes a 2011.
Parece ser que la modificación de la ley de tasas de la Generalitat beneficiará sobre todo a colectivos del transporte, como los taxistas y lo profesionales del tránsito de mercancías.
El problema es que se pretende destinar dinero a fomentar la actividad de las pymes y los emprendedores, pero la realidad es que no hay dinero, sin embargo esta lleno de buenas intenciones.
Así lo interpreta la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores de la C. Valenciana que considera "un avanceimportante" el decreto ley. No obstante, lamenta que las medidas sesustentes en negociar con entidades financieras del sector."
Un saludo cordial para todos los amables lectores
Gregorio Labatut Serer
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