Se trata de un empresario individual que tributa en estimación objetiva por módulos. Tiene un sueldo asignado todos los meses que los extrae de la cuenta corriente bancaria, ¿como debe ser registrado en la contabilidad?
También, con respecto a las retenciones que se le aplican en las facturas, ¿como debe registrarse en la contabilidad?
Veamos a intentar dar responder a estas dos cuestiones.
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También, con respecto a las retenciones que se le aplican en las facturas, ¿como debe registrarse en la contabilidad?
Veamos a intentar dar responder a estas dos cuestiones.
Si es un empresario individual y tributa en régimen de estimación objetiva por módulos, el sueldo del titular no es deducible fiscalmente. Por lo tanto, debe ser registrado en el la cuenta 550. Titular de la explotación y no en la cuenta 640 Sueldos y salarios.
Con respecto a las retenciones que se le apliquen en las facturas, la norma de registro y valoración 13ª del nuevo Plan general de Contabilidad, punto 5, indica que “En el caso de empresarios individuales no deberá lucir ningún importe en la rúbrica correspondiente al impuesto sobe beneficios. A estos efectos, al final del ejercicio las retenciones soportadas y los pagos fraccionados del impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas deberán ser objeto del correspondiente traspaso a la cuenta de titular de la empresa”.
Esto significa que las retenciones y pagos a cuenta cargados en la cuenta 473. Hacienda Pública retenciones y pagos a cuenta, al finalizar el ejercicio deben ser traspasadas también a la cuenta 550 Titular de la explotación, ya que estas retenciones las soporta la empresa pero por cuenta de su tituar.
Finalmente, al cierre del ejercicio, el saldo de la cuenta 550. Titular de la explotación, puede ser saldada con cargo o abono, según proceda, a la cuenta 102. Capital.
Espero haber acertado con las respuestas. Un saludo afectuoso para todosd/as.
Gregorio Labatut Serer
Hola Gregorio, gracias por la explicación y por el blog.
ResponderEliminarTengo una pregunta para ti al respecto de este tema y es: respecto al empresario individual que tiene un sueldo asignado todos los meses que los extrae de la cuenta corriente bancaria ¿como debe ser registrado en la contabilidad en el caso de un empresario individual en estimación directa modalidad simplificada?
Saludos y gracias anticipdas.
Yolanda
Hola tu.asesortic: Con respecto a lo que me indicas, te remito a lo que dice el art. Artículo 30. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, de la Ley Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
ResponderEliminarNo puedo decirte nada más.
Un saludo y gracias por seguir el blog.
Gregorio Labatut Serer
En principio, puedes ver en el art. 30.2 que Cuando resulte debidamente acreditado, con el oportuno contrato laboral y la afiliación al régimen correspondiente de la Seguridad Social, que el cónyuge o los hijos menores del contribuyente que convivan con él, trabajan habitualmente y con continuidad en las actividades económicas desarrolladas por el mismo, se deducirán, para la determinación de los rendimientos, las retribuciones estipuladas con cada uno de ellos, siempre que no sean superiores a las de mercado correspondientes a su cualificación profesional y trabajo desempeñado. Dichas cantidades se considerarán obtenidas por el cónyuge o los hijos menores en concepto de rendimientos de trabajo a todos los efectos tributarios.
ResponderEliminarUn saludo
Gregorio Labatut Serer
Hola Gregorio, soy Tania Romero Gallego, haciendo referencia a las retenciones, si el empresario emite facturas frente a otros empresarios o empresas, esas facturas llevan retención, en caso de emitir facturas frente a particulares, ¿También llevarían incorporadas la retención?
ResponderEliminarHola Gregorio, soy Tania Romero Gallego, respecto a las retenciones de empresarios individuales, cuando emiten una factura frente a otro empresario u otra empresa, esa factura lleva incorporada la retención, a la hora de emitir facturas frente a particulares, ¿También llevaría retención?
ResponderEliminarHola Gregorio, Soy Tania Romero, respecto a las retenciones de los empresarios individuales, cuando emiten facturas frente a otro empresario u otra empresa, esa factura lleva incorporada la retención, pero cuando emiten facturas frente a particulares, ¿También lleva incorporada la retención?
ResponderEliminarHola Gregorio, muchas gracias por la explicación, me ha sido de gran utilidad para conocer mejor el modo de registrar contablemente el suelo del empresario individual que tributa en estimación objetiva por módulos.
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