Efectivamente, las entidades sin fines lucrativos tienen en
España una normativa propia. Ya no aplican el PGC, ni el PGC de pymes, sino que
tienen su normativa específica.
De este modo, se dispone de una normativa adaptada, en sintonía con el Plan General de Contabilidad
y con las normas internacionales de información financiera. Su aplicación permitirá
que los aportantes de fondos, beneficiarios y otros interesados en la actividad
desarrollada por las entidades sin fines lucrativos, puedan conocer la imagen
fiel de su patrimonio, de la situación financiera y de las variaciones
originadas en el patrimonio neto durante el ejercicio.
- Adaptación del PGC: Resolución de 26 de marzo de2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos. BOE 86,
10 de abril de 2013.
- Adaptación del PGC Pymes: Resolución de 26 demarzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos. BOE 85, 9 de abril de 2013.
Un saludo cordial para todos los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
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