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sábado, 20 de abril de 2013

Publicados los modelos de impresos para la actualización de balances.

En el BOE de ayer día 19 de abril núm. 94, se publicó la "Orden HAP/636/2013, de 15 de abril, por la que se aprueba el modelo 108, «Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Autoliquidación», se aprueba el modelo 208, «Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. Autoliquidación», y por la que se modifica la Orden HAP/2055/2012, de 28 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 202 y se modifica el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español y por la que se modifican otras disposiciones relativas al ámbito de la gestión recaudatoria de determinadas autoliquidaciones".

En el mismo, en cuanto a la actualización de balances se publican dos modelos de autoliquidación para la actualización:
- Modelo 108 para los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Modelo 208 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades  y para los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Además también se publica los modelos de pagos fraccionados.


Recordar que el plazo para la presentación del modelo 108 será el comprendido entre los días 24 de abril y 1 de julio de 2013, ambos inclusive, y para el modelo 208 será el comprendido dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo correspondiente al primer ejercicio cerrado con posterioridad al 28 de diciembre de 2012, esto es, normalmente hasta el 25 de julio de 2013.

El procedimiento de actualización se explica en "Aplicación práctica de la Ley de Actualización de Balances (Ley 16/2012)".

Un saludo cordial y buen fin de semana.
Gregorio Labatut Serer
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