He escrito varios pots sobre estos temas, podemos ver:
Son muchos y, aunque el tema es conocido, sigue sorprendiéndome, y por ello digno de
mención una vez más. Se trata del registro en el activo de los llamados “Activos
por impuestos diferidos” (Deferred Tax Asset DTA). Para el resto de las
empresas (quiere decirse para el resto de las empresas que no sean banca, claro),
se registra con mucha prudencia, por el
motivo de que se tratan de activos de los cuales no debe caber duda sobre su
recuperabilidad en el futuro, y esta recuperabilidad pasa porque la entidad
tenga beneficios suficientes para poder compensar estos créditos fiscales. Sin
embargo para la banca esto no es así.
Según el Plan General de Contabilidad, esta operación puede
ser registrada, pues se trata del reconocimiento de un activo por “derecho de compensación
de impuestos futuros”, cuestión que se puede producir durante los próximos 18
años según la normativa fiscal. Se trata pues de un derecho (concepto de
activo). Pero, como no se trata de un derecho de devolución, sino de
compensación de impuestos futuros, para que pueda ser registrado es necesario
que sea probable que la empresa pueda obtener beneficios en el futuro
suficientes como para realizar la compensación. Tiene que existir evidencia
sobre este aspecto, porque en caso contrario la norma contable dice claramente
que no se registrarán estos activos, y se informará de ello en la Memoria.
Pues bien, para la banca no sucede esto. “Hay que darles de
comer a parte”, no solo no sucede esto, sino que el Gobierno ha avalado estos
créditos, dicho de otro modo, si la banca no puede compensarlos, se les
devuelve el dinero. Esto sucedió mediante la aprobación de un Real Decreto en
Diciembre del año pasado, y se presumía que ese aval estaría en torno a los
30.000 millones de euros, pero podemos leer en ElPais.com: “La banca salva 40.000 millones en capital gracias a un decreto del Gobierno”. Los activosfiscales avalados por el Estado desbordan las previsiones de Guindos. La cifrafinal superará incluso a la inyección realizada con el rescate europeo.
¿Qué les parece a Vds.?, encima el Sr. Ministro nos dice: “Aquí
no hay ningún tipo de transferencia, ningún tipo de inyección de capital, ni
ningún tipo de préstamo a la banca; es decir, es únicamente una consideración
estrictamente contable”, dijo Guindos… “……ahora lo que se produce es una
especie de aval o garantía, cuyo impacto económico dependerá de lo que pase a
lo largo de los próximos 18 años. Solo si una entidad no puede aprovechar esos
créditos fiscales para ahorrarse impuestos en un plazo de 18 años, o si llega a
liquidarse, a incurrir en situación de insolvencia, o a presentar pérdidas contables,
los activos fiscales diferidos se convertirían en un crédito directo contra
Hacienda”
¿Le parece poco al Sr. Ministro?, dice que es un mero apunte
contable, pero que nos compromete a todos nosotros, compromete nuestro futuro y
el de nuestros hijos. A este paso, pagarán nuestros bisnietos.
Las grandes beneficiadas de este aval son las de siempre: la banca nacionalizada (Bankia, Nova Caixa Galicia, etc.), pero también están el Santander, La Caixa, el Sabadell, el BBVA (4.373 millones). Ahora se han apuntado todos al carro. Y eso que todos tienen ya beneficios.
Lo más preocupante, es que “El Fondo Monetario Internacional
(FMI) recomendó que a cambio de ese balón de oxígeno se impusiesen condiciones
a los bancos como reforzar por sus propias vías el capital, reducir el
dividendo o dar más créditos, pero el Gobierno ignoró ese consejo”.
Yo me pregunto, ¿por qué motivo?, ¿Qué pasa con la banca
española?, ¿Qué especial interés tiene el Gobierno en ella?, ¿Qué pasa con
todas las demás empresas españolas?, pues que van al concurso, a la quiebra,
al cierre, y nadie les compensa por sus activos por impuestos diferidos, ni por
nada. Mientras tanto sigue sin fluir el crédito a las empresas (que son las que
producen), y no se reduce el dividendo de la banca.
Les deseo una feliz semana.
Gregorio Labatut Serer
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