El texto, incluye un plazo máximo de pago de 60 días a partir de la fecha de recepción de la mercancía o prestación del servicio y no de la factura. Este plazo será de 30 días con la misma regla de cómputo para el caso de los productos frescos. Cañete destacó que esta nueva normativa "cambiará la nefasta cultura de pagos" que tiene España y que ha agudizado la crisis.
La Ley instará también al Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC) a promover que las memorias anuales de empresas auditadas incluyan de forma obligada información sobre sus plazos medios de pago a proveedores.
Se mantiene el calendario de aplicación gradual hasta 2013 para el sector privado y las administraciones públicas, ya pactado en el Congreso. Este calendario establece tramos a cumplir de 120, 90 y 60 días.
Para adaptarse a la Ley, los contratos de suministro deberán modificarse en un plazo máximo de tres meses y se aplicará un régimen provisional y excepcional para los proveedores de obras públicas, cuyos plazos de cobro serán en cualquier caso mejores que los actualmente vigentes.
Puede verse en Yahoo Noticias.
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