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martes, 22 de enero de 2013

Blanqueo de capitales y amnistía fiscal, en el país de "nunca jamás"


El pasado día 30 de noviembre finalizó el plazo para regularizar la situación patrimonial de aquellos que no la tenían regularizada. La llama “amnistía fiscal” para unos y “regularización fiscal” para otros no logró recaudar, ni mucho menos, las cantidades pretendidas por el Gobierno cuando la promulgó.
En un principio, parecía difícil que se regularizase el dinero en efectivo, ya que su procedencia puede ser dudosa y resultaba muy dificultosa su explicación. No obstante, el Gobierno aclaró que también se podía regularizar el dinero en efectivo, siempre que se ingresase en una cuenta corriente y se declarase.
Hubo mucha confusión entre la exoneración del delito fiscal con la amnistía y el delito por blanqueo de capitales. Había quien defendía que se condonaba el delito fiscal, pero no el delito de blanqueo de capitales.
Recordar que según art. 1.2 de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y FT, el delito de blanqueo de capitales consiste en la conversión, ocultación, encubrimiento, adquisición, posesión, utilización de los bienes que procedan de una actividad delictiva, incluyendo también los delitos contra la Hacienda Pública.
Por lo tanto, en mi opinión, nos podemos encontrar con dos tipos de delitos de blanqueo de capitales:
     1.-  Aquellos cuyos fondos proceden de una actividad delictiva, como por ejemplo: tráfico de drogas, trata de blancas, percepción de dinero por actividades ilegales como percepción de comisiones por recalificación de terrenos, tratos de favor, etc. Todo esto son actividades ilegales, y el dinero procedente de esta actividades que se oculte, convierta, encubra….etc, es un delito de blanqueo de capitales, sin que exista una cantidad mínima al respecto.
     2.- Aquellos que proceden de delitos contra la Hacienda Pública, según art. 305 del Código Penal, que se produce cuando la cuota defraudada por impuesto y año supere 120.000 euros (actualmente existe también delito agravado y los delitos contra la Seguridad Social y la Unión Europea).
Pues bien, finalmente, la “amnistía fiscal” para unos, y “regularización fiscal” para otros, concluyó, que si fiscalmente se condonaba el “delito fiscal” pues también se condonaba el “delito de blanqueo de capitales”, pero en cuanto al delito fiscal se refiere, esto es, que si la procedencia de los fondos es de una actividad ilegal, el delito de blanqueo de capitales subsiste y no queda exonerado.
También hay que decir que la “amnistía fiscal”, condonaba el delito fiscal en cuanto a los impuestos de Sociedades, Renta Personas Físicas y Renta no residentes: De tal modo que si en el patrimonio declarado se hubiera devengado cualquier otro impuesto, como por ejemplo, el IVA, pues los impuestos relativos al mismo no quedaban exonerados de tributación.
Puestas así las cosas, parece lógico, que la inspección de Hacienda, ahora que ha finalizado ya el plazo para la presentación de la declaración especial, proceda a investigar, en el caso de dinero en efectiv, la procedencia del mismo, pues como hemos comentado la procedencia del dinero en efectivo es importante, pues en los hipotéticos casos de que el dinero procediera de actividades ilegales (léase por ejemplo la percepción de comisiones por actividades ilegales como recalificación de terrenos por ejemplo), el delito de blanqueo de capitales debe ser castigado.
Yo creo que hasta aquí estamos todos de acuerdo, ¿no?
Ahora bien, el problema viene, cuando leo en los periódicos, por ejemplo cincodias: "No se está comprobando la procedencia del dinero de la amnistía fiscal"
Además en el mismo periódico, se manifiestan frases como ésta: “Los inspectores de Hacienda tienen restringido el acceso a las declaraciones de la amnistía y denuncian que no se está comprobando si algunos de los expedientes deberían acabar en la Fiscalía Anticorrupción”.
Otra frase aún más alarmante: “Cuando un inspector revisa los datos de un contribuyente, le aparecen en la pantalla del ordenador todas las declaraciones que ha presentado y basta pinchar sobre ellas para acceder a la información completa. Sin embargo, hay una excepción: "Si pinchamos sobre la declaración tributaria especial no se abre ninguna ventana", asegura el presidente de la Organización de Inspectores de Hacienda, Ransés Pérez Boga (La Coruña, 1968), que alaba la nueva ley contra el fraude, pero denuncia que Hacienda no está comprobando si el dinero regularizado a través de la amnistía procede de una actividad ilegal, como puede ser el narcotráfico o la corrupción”.
¿Puede ser esto posible?
Además si leemos también en cincodias, lo siguiente: “Los inspectores denuncian a Hacienda por "bordear la legalidad" en el caso Bárcenas”
Siguiendo, también se indica (cita textual) “La Organización de Inspectores de Hacienda acusan al Ministerio de Hacienda de actuar en pro de los intereses del PP al negar que Bárcenas se hubiera acogido a la amnistía fiscal”. Siguiendo con la lectura del mismo periódico: “El abogado de Bárcenas, Alfonso Trallero, aseguró ayer que su cliente había regularizado 10 millones de euros que tenía depositados en Suiza. Tras el comunicado de Hacienda, Trallero matizó que Bárcenas se había acogido a la declaración tributaria especial a través de empresas”.

 ¿Será verdad, esto?
¿Qué les parece a Vds.?, Todas estas circunstancias, ¿serán casualidades?, ¿será un cúmulo de circunstancias adversas que incide sobre el universo, que hace que los astros  se alineen y den la espalda al PP en estos momentos cruciales para el país?
¿Será esto debido, a que a los astros no les tiembla el pulso a la hora de alinearse contra el PP.?
Lo dicho, no se puede leer la prensa.
Un saludo para todos
Gregorio Labatut Serer


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