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jueves, 6 de noviembre de 2014

Los efectos de la reforma fiscal del Impuesto sobre sociedades sobre los activos por impuestos diferidos no serán igual para todos.


Los efectos de la reforma fiscal del Impuesto sobre sociedades sobre los activos por impuestos diferidos no serán igual para todos.

Hace poco escribimos un post titulado: ¿Cómo afecta la reforma del Impuesto sobre sociedades a los Impuestos diferidos?. En el cual pusimos de manifiesto el efecto que tiene la disminución del tipo impositivo, prevista en la reforma del Impuesto sobre Sociedades, sobre los saldos que las empresas mantengan de impuestos diferidos.

En el ejemplo que expusimos en el post, se puso de manifiesto que “……. las empresas que tengan Pasivos por impuestos diferidos, debido a diferencias temporarias negativas, como por ejemplo por operaciones de leasing, salen ganando con la disminución de los tipos impositivos. Ya que los van a pagar a un tipo inferior.

Mientras que las empresas que tienen Activos por impuestos diferidos debidas a diferencias temporarias positivas (como deterioros no deducibles por no cumplir las condiciones fiscales) y bases imponibles negativas pendientes de compensación, salen perdiendo con la disminución, como consecuencia de que la compensación futura la van a realizar a un tipo impositivo inferior al existente en el momento que surgieron.”

Pues bien, esto no va ser igual para todos, porque podemos leer en CincoDias.com:  “Hacienda fijauna rebaja fiscal para empresas que actualizaron balances”, en este artículo se dice:

“La rebaja de tipos en el impuesto sobre sociedades no penalizará a las empresas que actualizaron balances. Así lo establece una enmienda que Hacienda ha incluido a través del Grupo Popular a la reforma fiscal que se tramita en el Senado. El Ejecutivo acepta así las reclamaciones de las compañías, muchas de ellas del Ibex.

La reforma fiscal establece una rebaja del tipo nominal del 30% al 25% en dos años. Una buena noticia para las empresas que, paradójicamente, también pudo suponer un castigo fiscal para aquellas que se acogieron a la actualización de balances que aprobó el Gobierno en 2012. Este proceso extraordinario permitió a las empresas actualizar el valor contable de sus activos para corregir el efecto de la inflación y acercarlo al valor real. Las compañías abonaron un 5% por el importe actualizado y, a cambio, se aseguraron un ahorro fiscal por amortizaciones equivalente al 30% del valor ajustado.

Sin embargo, con la rebaja de tipos de la reforma fiscal, el ahorro del 30% también se reduce al 25%. Además, genera un gasto contable en las cuentas consolidadas de las compañías. La enmienda de Hacienda evita ese perjuicio.

Así, el Ejecutivo aboga por fijar una deducción equivalente a la rebaja de tipos para las compañías que actualizaron balances. La medida resulta beneficiosa para muchas de las empresas del Ibex que revalorizaron sus activos como Repsol, Red Eléctrica o Gas Natural. Iberdrola es, con diferencia, la compañía que mayores ventajas logrará por la rectificación de Hacienda. La eléctrica actualizó sus activos por un importe de 6.323 millones y, por lo tanto, la rebaja de tipos le perjudicaba especialmente”.

Conclusión: las empresas que tienen activos por impuestos diferidos procedentes de la Ley de Actualización de balances mantendrán la deducción futura de los mismos al tipo vigente 30 %, mediante una deducción que compensará la diferencia en los tipos de gravamen (afecta a las empresas grandes), mientras que las demás empresas (más pequeñas) que mantienen activos por impuestos diferidos por otros motivos (deterioros de créditos de menos de seis meses de antigüedad, pérdidas fiscales pendientes de compensar, etc, no se verán favorecidas por esta medida, y se verán perjudicadas al compensar estos activos a un tipo de gravamen inferior.

Eso se llama igual de oportunidades e igualdad de tratamiento, ¡Si señor¡

¿Por qué motivo el Gobierno solamente se preocupa de las grandes empresas?.
Un saludo cordial para todos.



Director de las siguientes Jornadas:

-        Jornada sobre el cierre fiscal y contable de 2014 y principales cambios en la reforma fiscal. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación obligatoria para auditores del ROAC. Día 5 de diciembre de 2014. Matricula en: http://congresos.adeituv.es/cierre2014/ficha.es.html
         -        Jornada on line de formación sobre Normas Internacionales de Auditoría Primera Parte. Homologada por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas 8 horas auditoría: http://xurl.es/eadj4

Títulos Propios de la Universidad de Valencia curso 2014-2015. On line (a distancia):

-        Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC. On line. Matricula en: http://xurl.es/jmwmn

-        Diploma Especialización profesional universitario en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC. On line. Matricula en: http://xurl.es/p6kl1

-        Diploma Especialización profesional Universitario en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP para Pymes. On line. Matricula en: http://xurl.es/msjoz
 
 

 
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2 comentarios:

  1. Señor Labatut, darle las gracias por sus interesantes y enriquecedoras aportaciones docentes.
    En cuanto a este post en concreto, estoy de acuerdo en que en este caso la medida puede estar dirigida a beneficiar a las grandes empresas, pero tambien pienso que las pequeñas empresas en los últimos años se han visto favorecidas, en particular en el Impuesto de sociedades, por beneficios del tipo: tipos de gravamen reducidos, amortizaciones aceleradas de activos, deducciones específicamente dirigidas a ellas, estados financieros simplificados, no tener que pasar auditorías, ventajas que son las que en este momento me vienen a la mente pero que estoy convencido de que hay más. De nuevo, gracias por su trabajo.

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  2. Muchas gracias por sus amables palabras, Me siento muy honrado.
    Realmente tienes razón existen muchas ventajas fiscales para las empresas de reducida dimensión como bien se enumeran. Pero realmente parece más lógico ayudar a las Pymes que a las grandes empresas, pues su capacidad económica es mucho menor y están más necesitadas de ayuda precisamente por su menor tamaño. Por lo cual sorprende que se piense en ayudar a las grandes De todas formas las grandes compañías pagan a final menos que las pequeñas, pues consiguen un tipo impositivo efectivo menor, gracias a su mejor gestión de las deducciones de la cuota.
    Reitero mi agradecimiento
    Un saludo cordial
    Gregorio

    ResponderEliminar

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