Vamos a tratar un tema actual, como es la inversión del
sujeto pasivo del IVA desde el punto de vista contable.
La Ley 7/2012, modifica el art. 84.2 de la Ley del IVA
introduciendo un nuevo punto, el f), que dice:
“Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin
aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su
realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el
promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o
la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Lo establecido en el párrafo anterior será también de
aplicación cuando los destinatarios de las operaciones sean a su vez el
contratista principal u otros subcontratistas en las condiciones señaladas.”
En este caso se produce la inversión del sujeto pasivo.
El subcontratista que emite la factura sin IVA tendrá que
indicar que se produce una “inversión del sujeto pasivo, en función del art.
84.2.f)” y por lo tanto, no incluirá el IVA repercutido en su libro de
facturas. Esto habrá que expresarlo en la factura.
Debe generarse dos documentos, uno para el Registro de
Facturas Recibidas y otro para el de Facturas Emitidas, ambos con el mismo
importe. Seria algo así como el tema de las adquisiciones intracomunitaria de bienes, en las cuales se
tiene que autoliquidar el IVA soportado y repercutido. Hay que recordar que
hace tiempo, en estos casos se tenia la obligación de realizar la autofactura, ahora
ya no es necesaria la realización física de la misma, pero hay que contabilizar
el IVA soportado, y también el IVA repercutido por el mismo importe, por inversión del sujeto
pasivo, con la explicación de: “inversión del sujeto pasivo, en función del
art. 84.2.f)”
Contabilización: Supongamos una prestación de servicios
entre subcontratista y contratista por un importe de 1.000 euros.
SUBCONTRATISTA QUE EMITE LA FACTURA | ||||
1.000,00 | (430) Clientes | a | (705) Prestación de servicios | 1.000,00 |
Factura sin IVA por inversión del sujeto pasivo, en función del art. 84.2.f)” | ||||
CONTRATISTA QUE RECIBE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | ||||
1.000 | (607) Trabajos rea.otras emp | a | (410) Proveedores pres serv | 1.000 |
210 | (472) Iva soportado | a | (477) Iva repercutido | 210 |
Factura sin IVA por inversión del sujeto pasivo, en función del art. 84.2.f)” | ||||
Supuesto que se estudia en el “Diploma de EPU en Gestiónfinanciera y contable de la Pyme” on line,a distancia. Titulo Universidad de Valencia. Abierto plazo matricula: |
También en el “Diploma de EPU en Experto Contable”. On line, a distancia. Titulo Universidad de Valencia, homologado por el ICAC y la ANECA para el primer examen de acceso al ROAC. Abierto plazo de matricula:
Un saludo para todos.
Gregorio Labatut Serer
Gregorio Labatut Serer
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