En la página web de la Agencia Triburaria se ha abierto un apartado dedicado a la e-factura.
En él podemos leer: Las facturas electrónicas (e-facturas) deberán incorporar medios que garanticen la autenticidad e integridad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del IVA, así como en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica.
- Formato Facturae
También se informa que si se desea realizar alguna consulta relacionada con el tema de
la facturación electrónica, incluida la digitalización certificada, puede
contactarnos en la dirección de correo electrónico: facturaelectronica@correo.aeat.es
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En él podemos leer: Las facturas electrónicas (e-facturas) deberán incorporar medios que garanticen la autenticidad e integridad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del IVA, así como en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica.
- Formato Facturae
Esperemos que pueda ser de utilidad.
Un saludo cordial
Gregorio Labatut Serer
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