Las Bases imponibles
negativas obtenidas por las empresas pueden compensarse durante los 18 años
siguientes, pero para aquellas empresas cuya cifra de negocios el año anterior fuera
superior a 20 millones de euros, esta compensación ha sido limitada. Hay que
hacer notar que esta medida afecta solamente a las empresas que facturan más de
20 millones de euros.
Primero fue el Real
Decreto-Ley 9/2011, quien limito para el año 2011 la compensación de bases
imponibles negativas para las empresas cuya cifra de negocios el año anterior
sea superior a 20 millones de euros, del modo siguiente:
-
Si el importe
neto de la cifra de negocios el año anterior se encontraba entre 20 y menos de
60 millones de euros, solamente podían aplicar las bases imponibles negativas
de ejercicios anteriores hasta el límite del 75 de la base imponible previa a
la compensación del año.
-
Si el importe
neto de la cifra de negocios el año anterior era igual o superior a 60 millones
de euros, solamente podían aplicar las bases imponibles negativas de ejercicios
anteriores hasta el límite del 50 % de la base imponible previa a la
compensación del año.
Pero para el año 2012 y 2013, estos
límites han cambiado mediante el Real Decreto-Ley 20/2012, quedando del modo
siguiente:
-
Si el importe
neto de la cifra de negocios el año anterior era igual o superior a 60 millones
de euros, solamente podían aplicar las bases imponibles negativas de ejercicios
anteriores hasta el límite del 25 % de la base imponible previa a la
compensación del año.
Se trata de una medida
claramente recaudatoria.
Veamos
un ejemplo.
Supongamos
una empresa que durante el ejercicio 2011 ha facturado 65 millones de euros,
tiene bases imponibles negativas de ejercicios anteriores por 10 millones de
euros.
La
base imponible negativa del ejercicio 2012 previa a la compensación de bases
imponibles negativas asciende a 20 millones de euros.
Determinar
cuál sería la base imponible total (después de la compensación).
SOLUCIÓN:
Base
imponible previa: ……………………………………..20.000.000 euros.
(-)
compensación de B:I. negativas: 25% sobre 20 millones: 5.000.000 euros.
Base
imponible …………………………………………….. 15.000.000 euros
Quedando
una base imponible negativa para los próximos ejercicios de 10.000.000 –
5.000.000 = 5.000.000 euros.
Un
saludo cordial para todos.
Gregorio
Labatut Serer
Director
del Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme. E-Learnig,titulación de la Universidad de Valencia.
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