Hoy mismo he escrito un post titulado: ¿Debería tener efecto contable la crisis del covid-19 en el cierre de 2019? Posibles repercusiones fiscales.
En él poníamos de manifiesto que los efectos tan devastadores del coronavirus es un hecho posterior al cierre, e intentábamos determinar si debía afectar a la formulación de las Cuentas Anuales de 2019.
Llegábamos a la conclusión, de que generalmente afectaría y debía proporcionarse información en la memoria, y en su caso al informe de gestión, sobre este hecho que afecta muy significativamente al futuro de la entidad.
También poníamos de manifiesto en el post anterior, los efectos que podría tener esta crisis en la continuidad de la empresa, y en consecuencia, la aplicación del marco conceptual de empresa en liquidación.
Pero muy recientemente hemos tenido acceso a un documento del Registro de Economista Auditores REA (comunicado 101) de hoy mismo por su departamento técnico. En el que en el apartado de Hecho Posterior y consideración de Empresa en Funcionamiento, se indica lo siguiente:
“Como parte de su trabajo, el auditor tendrá que analizar este hecho posterior y evaluar, en función de las características y actividad concreta de cada entidad, si la situación generada por el coronavirus requiere ajuste o únicamente revelación de información en las cuentas anuales objeto de auditoría y si esta situación puede afectar a la gestión continuada de la entidad auditada.
El análisis a llevar a cabo en cada caso, incluye la revisión de las notas de la memoria e informe de gestión en la que se incluya la información relacionada con el COVID-19, los potenciales efectos de los mismos sobre la actividad de la entidad, así como, en su caso, la incertidumbre que pueda existir sobre las operaciones de la entidad o sobre la continuidad de las mismas.
Consideramos que entre los desgloses que se incluirían en esta nota estarían los siguientes:
-
Riesgos
sobre instrumentos financieros;
-
Estimaciones
de deterioro de activos financieros y no financieros (proyecciones y valoraciones
utilizadas para los cálculos de deterioro);
-
Posible
efecto de la rotura, o riesgo de rotura, de la cadena de suministro;
-
Posible
impacto sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, en su
caso, mencionando los factores que generan duda respecto a la aplicación de
dicho principio, potencial impacto sobre la situación de la empresa y factores
mitigantes relacionados (entre los que podrían estar las medidas que los
distintos gobiernos hayan adoptado)”.
De total completo acuerdo con lo que indica el REA y felicito a su departamento técnico por la oportunidad de la comunicación, y me gustaría poner el acento en un problema importante, además de la información preceptiva en la memoria y en el informe de gestión que ya indicaba en mi post citado anteriormente.
El problema, es que muy probablemente esta situación pueda afectar a la situación patrimonial a 31 de diciembre de 2019, y fundamentalmente al posible deterioro que pudieran existir en la valoración de ciertos activos de la entidad.
Evidentemente esta nueva situación puede afectar al cálculo del valor en uso de los activos, y en consecuencia en la recuperación futura de los mismos, ya que las condiciones económicas se han visto modificadas sustancialmente, por lo tanto, la empresa, y por supuesto el auditor, tendrá que determinar si existe deterioro en la valoración de los activos de la compañía a afecte a su importe recuperable a 31 de diciembre, ya que esta nueva situación afectará a las proyecciones financieras para el cálculo del valor en uso, y en consecuencia su valor recuperable.
Tengamos en cuenta este hecho, que para mí es muy muy importante.
Un abrazo virtual a todos los amables lectores y buena cuarentena. Ánimo.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
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Jornadas online mediante webinars
homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el
ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
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Próximo
Webinar Reforma del PGC. Día 3 de abril de 2020 Homologado por el IAC con 4
horas de formación. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/reforma-pgc/
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