Se trata de un empresario individual que tributa en estimación objetiva por módulos. Tiene un sueldo asignado todos los meses que los extrae de la cuenta corriente bancaria, ¿como debe ser registrado en la contabilidad?
También, con respecto a las retenciones que se le aplican en las facturas, ¿como debe registrarse en la contabilidad?
Quiero compartir con vosotros un video de un presentador de la televisión brasileña criticando los desmanes de los polticos brasileños. No tiene desperdicio, el presentador pone mucho énfasis en los desmanes que realizan los politicos brasileños con el dinero de todos los contribuyentes.
Mi pregunta es, ¿nos recuerda esto algo?, ¿nos sentimos identificados con el peridista brasileño?, ¿existe algún comportamiento parecido en nuestro país?
Lo dejo para que los ambles lectores de este blog den su opinión de forma libre.
Un saludo cordial para todos.
Gregorio Labatut Serer
A continuación se relacionan los trabajos que han sido discutidos en el seno del Comité de Interpretación de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF). El Comité se reunió en Londres los días 17 y 18 de enero, y su agenda fue la siguiente:
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España ha publicado el libro titulado "Valoracion de emrpesas: Distintas alternativas". El libro ha sido escrito por el profesor Gregorio Labatut Serer.
A esta pregunta responde el art. 19 del actual Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.
En el mismo se indica lo siguiente: “Los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría serán contratados por un período de tiempo determinado inicialmente, que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve a contar desde la fecha en que se inicie el primer ejercicio a auditar, pudiendo ser contratados por periodos máximos sucesivos de tres años una vez que haya finalizado el periodo inicial. Si a la finalización del periodo de contratación inicial o de prórroga del mismo, ni el auditor de cuentas o la sociedad de auditoría ni la entidad auditada manifestaren su voluntad en contrario, el contrato quedará tácitamente prorrogado por un plazo de tres años”.
El objeto de la norma es promover la actividad económica, la iniciativa empresarial y la creación de empleo a través de los emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana.
Tanto en el PGC como en PGC Pymes, las subvenciones deben registrarse netas del efecto impositivo, puesto que en el futuro, cuando la subvención se impute al resultado se pagarán los impuestos correspondientes.
En concreto en el PGC Pymes no se utilizan las cuentas de los subgrupos 8 y 9, que en el PGC se han pesando para esto. Sino que directamente se realiza el registro contable. Veamos un sencillo ejemplo:
En él el Sr. Martin Ferrand llama “casta” a los funcionarios e indica que “… esa casta que tiende a esclerotizar al Viejo Continente y que, con más derechos que obligaciones, se ha adueñado de la propiedad de su puesto de trabajo, al que incluso considera hereditario, y pretende vivir sin la incertidumbre que acompaña a los ciudadanos que, con sus impuestos, les retribuyen y mantienen..”, si bien se refiere a los funcionarios helénicos, el tema parece que trasciende a toda Europa y por lo tanto también mete en el mismo saco a los funcionarios españoles.
He leído hace poco tiempo en lasprovincias.es, con gran orgullo, que Mercadona, empresa de distribución valenciana esta situada entre las 50 mayores potencias del comercio mundial.
En concreto, entre las empresas españolas, Mercadona, El Corte Inglés e Inditex, se sitúan entre las 50 mayores potencias del comercio mundial, según el estudio 'Global powers of retailing' elaborado por Deloitte en colaboración con la revista 'Stores'.
Mercadora se situ en el puesto 42, El Corte Inglés en el puesto 47 e Inditex en el puesto 49.
El Banco de España calcula que las necesidades de recapitalización del Banco de Valencia se cifran en 1.000 millones de euros. Yo personalmente no puedo hacerme una idea de cuanto dinero es eso, pero debe ser mucho, que digo mucho: muchísimo.
Con fecha 31 de diciembre de 2011 se ha publicado el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
Esto conlleva una serie de obligaciones por parte de los auditores, que es necesario saber y conocer, porque el desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento (ignoratia legis neminem excusat).
ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.
La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.