Buscar este blog

Mostrando entradas con la etiqueta Estado de Información no Financiera. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Estado de Información no Financiera. Mostrar todas las entradas

lunes, 14 de octubre de 2024

Traducción al español por el ICAC de las Normas Europeas sobre Información de Sostenibilidad, de la Unión Europea y del EFRAG

 


Ante el ingente de normativa aprobada con respecto al Informe de Sostenibilidad por parte de la Unión Europea y el EFRAG, muy recientemente ha sido publicado por el ICAC la traducción al español sobre la normativa de implantación relativas a la implementación de las Normas Europeas sobre Información de Sostenibilidad (NEIS) que emite el EFRAG y correspondientes al periodo febrero a mayo de 2024. Puede verse en https://www.icac.gob.es/sostenibilidad/normativa

Con esta actualización puede verse:

Normativa de Información sobre Sostenibilidad
Documentación de interés

 Espero que sea útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Honorario de la Universidad de Valencia.

,

sábado, 12 de noviembre de 2022

El parlamento europeo aprueba la nueva directiva de divulgación sobre sostenibilidad.

 


Se puede ver en https://www.europarl.europa.eu/news/en/press-room/20221107IPR49611/sustainable-economy-parliament-adopts-new-reporting-rules-for-multinationals

Como cuestiones más significativas, podemos enumerar:

1.       Modifica y refuerza las reglas existentes introducidas por la Directiva de Información No Financiera.

2.       Todas las grandes empresas de la UE deberán divulgar datos sobre el impacto de sus actividades en las personas y el planeta y cualquier riesgo de sostenibilidad al que estén expuestas: introduce requisitos de información más detallados sobre el impacto de las empresas en el medio ambiente, los derechos humanos y las normas sociales, sobre la base de criterios comunes en consonancia con los objetivos climáticos de la UE. La Comisión adoptará el primer conjunto de normas a más tardar en junio de 2023.

Se aplicarán a todas las grandes empresas, coticen o no en los mercados bursátiles.

Se pretende que las empresas presenten información de sostenibilidad fiable y comparable

3.       Para garantizar que las empresas proporcionen información confiable, estarán sujetas a auditorías y certificaciones independientes. Los informes financieros y de sostenibilidad estarán en pie de igualdad y los inversores tendrán datos comparables y fiables. También habrá que garantizar el acceso digital a la información sobre sostenibilidad.

4.       La verificación recaerá en principio sobres auditores legales de cuentas que cumplan requerimientos sobre conocimientos técnicos y experiencia, aunque los estados miembros podrán permitir que los verificadores puedan realizar esta labor. Se incluye un periodo transitorio tanto para verificadores como para auditores legales ya autorizados en un país de la UE.

5.       Calendario de aplicación:

a.       A partir del 1 de enero de 2024 para las grandes empresas de interés público (con más de 500 empleados) ya sujetas a la Directiva sobre información no financiera, con informes que deben presentarse en 2025;

b.       A partir del 1 de enero de 2025 para las grandes empresas que actualmente no están sujetas a la Directiva sobre información no financiera (con más de 250 empleados y/o 40 millones EUR de volumen de negocios y/o 20 millones de euros de activos totales), con informes que deben presentarse en 2026;

c.       A partir del 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas y otras empresas, con informes que deben presentarse en 2027. Las pymes pueden optar por no participar hasta 2028.

Tenemos un camino por delante, ya que en España ya se viene aplicando por parte de las grandes compañías información no financiera, regulada en Ley11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, pero ahora habrá que adaptarse a la nueva directiva.

Un saludo cordial para los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

 Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

-       https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

https://youtu.be/p2uIKH0spXA

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

-        https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

-        https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

 

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

- Novedades del cierre contable 2022 y sus implicaciones fiscales para la auditoría de cuentas. Día 24 y 25 de noviembre de 2022. Homologado con 8 horas de formación en contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/novedades-cierre-contable/

- Contabilidad de las reestructuraciones empresariales. Repercusiones fiscales. Día 12 de diciembre de 2022. Homologado con 4 horas de formación en contabilidad.  https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/contabilidad-de-las-reestructuraciones-empresariales-repercusiones-fiscales/

 

,

sábado, 24 de abril de 2021

Sobre la obligatoriedad de presentar el estado de información no financiera y su publicación en la página web. Consulta número 3 del BOICAC número 125/marzo 2021.

 


Siguiendo con nuestra intención de explicar las consultas del ICAC con esquemas y casos prácticos, hemos comentado la consulta núm.3 del BOICAC 125/marzo 2021 Sobre la obligatoriedad de presentar el estado de información no financiera y su publicación en la página web. Se puede consultar en:  http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/p/aplicacion-practica-de-las-consultas.html

Esperamos que puedan ser de interés.

 

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

 

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

-       Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Homologado ICAC 4 horas contabilidad. Día 5 de mayo de 2021. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/valoracion-empresas/

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-       https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

-       https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. Diploma en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)

-       https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s

-       https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online.

-       Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-       https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

-       https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

 

,

viernes, 23 de abril de 2021

Guía informativa para la elaboración del Estado de Información no Financiera ENIF publicada por el ICAC.

 


Guía informativa para la elaboración del Estado de Información no Financiera ENIF publicada por el ICAC.

Desde Economistas Contables EC del Consejo General de Economistas nos han enviado la siguiente nota informativa, que reproducimos a continuación:

 

“El pasado 21 de abril, el ICAC ha publicado en su página web la “Guía informativa sobre la aplicación de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de sociedades de capital, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas, en materia de información no financiera y diversidad” (a la que podéis acceder a través del siguiente enlace).

 

La Ley 11/2018 vino a transponer a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, que modificó la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos. Esta ley introdujo cambios en el Código de Comercio, en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley 22/2015, de 22 de julio, de Auditoría de Cuentas, imponiendo a determinadas empresas la obligación de preparar anualmente un estado de información no financiera (EINF) que contenga información relativa, por lo menos, a cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno. Os recordamos, en este sentido, la Guía de Elaboración del EINF —elaborada por EC

 

Por su parte, la Comisión Europea aprobó unas “Directrices sobre la presentación de informes no financieros” (2017/C 215/01), no vinculantes, complementada con el Suplemento sobre la información relacionada con el clima (2019/C 209/01).

 

En este sentido, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, ha elaborado una guía con mero valor informativo en la que se da respuesta a las cuestiones consultadas; si bien esta guía, según se indica en la nota de acompañamiento, no constituye una norma técnica ni crea nuevas obligaciones jurídicas.”

Es una información que nos proporciona EC que considero que es de gran ayuda para la confección del ENIF y por ello la comparto con todos vosotros.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

,

sábado, 6 de julio de 2019

Este mes hay que depositar las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil. Novedad en la información sobre el Estado de Información no Financiera.


Recordemos que, si el cierre del ejercicio se produjo el 31 de diciembre de 2018, y se han agotado los plazos para la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de Socios que es establece en seis meses después del cierre (30 de junio), tenemos de plazo un mes (30 de julio para realizar el depósito de las cuentas en el Registro Mercantil.

A estos efectos, hay que recordar que en el BOE de hoy 24 de mayo de 2019 se publicaron los nuevos modelos de Cuentas Anuales para su depósito en el Registro Mercantil, mediante la:

1.  Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

2.  Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifican los Anexos I, II y III de la Orden JUS/ 319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. 

Entre las novedades de estos nuevos modelos de cuentas anuales para su depósito en el Registro Mercantil, podemos citar las siguientes:

1.       Información sobre el nuevo Estado de Información no Financiera (EINF). Nuevo D2.



2.      Declaración sobre identificación del Titular Real. Esta información ya era obligatoria el año pasado para proporcionar la identificación de la persona física que tiene más del 25 % de forma directa o indirecta en la sociedad. Este año se pude utilizar para realizar las modificaciones que se pueden haber producido sobre la declaración del año anterior. Se realizará a través del programa RETIR.



3.      Información sobre el prestador de servicios a sociedades. Esta es una nueva obligación, que pasaremos a comentar después.



Con respecto a la información sobre el nuevo Estado de Información no Financiera (EINF), este nuevo Estado puede incorporarse al Informe de Gestión o presentarse de forma separada.  Este nuevo estado financiero es obligatorio, tanto las sociedades como para la información consolidada, cuando se trate de sociedades con las siguientes características:



,

miércoles, 1 de mayo de 2019

Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal



Hace poco escribimos un post con el título ¿Qué es el Estado de Información no financiera (EINF)?, en el que poníamos de manifiesto el contenido de dicho estado, que es el siguiente:

·            Descripción del modelo de negocio



·            Información sobre cuestiones medioambientales.



·            Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal.



·            Información sobre el respeto de los derechos humanos.



·            Información relativa a la lucha contra la corrupción y el soborno.



·            Información sobre la sociedad.



Posteriormente, publicamos dos posts titulados:

-       Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Descripción de la idea de negocio, donde desarrollábamos ampliamente esta parte.

-       Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Información sobre cuestiones medioambientales, donde también se desarrollaba este apartado del EINF.



En esta ocasión, vamos a desarrollar el apartado sobre la información de cuestiones sociales y relativas al personal.



Insistimos en lo que indicábamos en post anteriores y es en la idea de que hay que adaptar el contenido de cada una de estas partes a la realidad de cada una de las sociedades o grupos de sociedades, ya que cada entidad es distinta por lo que se trata de un documento no estándar que debe adaptarse a cada realidad empresarial.



Para todo esto, existen unos indicadores clave de rendimientos (en inglés: (Key performance indicators), por lo que se suelen conocer con sus siglas en inglés: KPI,s.



Como ya indicamos, las sociedades y los grupos obligados deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o en marcos internacionales, que en resumen, pueden ser:



1.       Los más utilizados son los estándares del Global Reponting Iniciative GRI. Pueden verse en: https://www.globalreporting.org/standards



2.       El Marco de Reporte Integrado publicado por el International Integrate Reporting Council (IIRC) que proporciona a las organizaciones un marco para informar de forma integrada sobre el modelo de negocio. Puede verse en: Integrated reporting framework (IR). http://integratedreporting.org/resource/international-ir-framework/



3.       International Global Compact de las Naciones Unidas.  




4.       Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales.: http://www.oecd.org/investment/mne/16975360.pdf



5. La Guía del usuario de EMAS se actualizó en 2017. La nueva versión está disponible aquí: Guía del usuario de EMAS. Puede verse en: http://ec.europa.eu/environment/emas/emas_publications/guidance_tools_en.htm





En consecuencia, existen varias opciones para aproximarnos a los KPI,s, aunque las más utilizadas son los GRI y los IIRC, pero no son excluyentes y se pueden utilizar otros que se han desarrollado en España, como los de la CNMV O AECA:



1.       Informe sobre la supervisión por la CNMV de los informes financieros anuales y principales áreas de revisión del ejercicio siguiente (ejercicio 2017). http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/IA_2017.pdf



2.       AECA. Integrate Suit. “Integrated Suite permite aplicar el modelo AECA para elaborar una información integrada y el denominado estado no financiero de acuerdo con el marco legal y de buenas prácticas descrito”. http://is.aeca.es/suite/#/home
,

domingo, 21 de abril de 2019

Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Información sobre cuestiones medioambientales.


Hace poco escribimos un post con el título ¿Qué es el Estado de Información no financiera (EINF)?, en este caso vamos a hablar sobre el contenido de dicho Estado.

El contenido exigido, al EINF es el siguiente:

1. Descripción del modelo de negocio

2. Información sobre cuestiones medioambientales.

3. Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal.

4. Información sobre el respeto de los derechos humanos.

5. Información relativa a la lucha contra la corrupción y el soborno.

6. Información sobre la sociedad.

Posteriormente, publicamos otro post titulado: Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Descripción de la idea de negocio, donde desarrollábamos ampliamente esta parte.

 En esta ocasión, vamos a desarrollar el apartado sobre la información de cuestiones medioambientales.

Insistimos en lo que indicábamos en post anteriores y es en la idea de que hay que adaptar el contenido de cada una de estas partes a la realidad de cada una de las sociedades o grupos de sociedades, ya que cada entidad es distinta por lo que se trata de un documento no estándar que debe adaptarse a cada realidad empresarial.

Para todo esto, existen unos indicadores clave de rendimientos (en inglés: (Key performance indicators), por lo que se suelen conocer con sus siglas en inglés: KPI,s.

Como ya indicamos, las sociedades y los grupos obligados deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o en marcos internacionales, que en resumen, pueden ser:

- Los más utilizados son los estándares del Global Reponting Iniciative GRI. Pueden verse en: https://www.globalreporting.org/standards

- El Marco de Reporte Integrado publicado por el International Integrate Reporting Council (IIRC) que proporciona a las organizaciones un marco para informar de forma integrada sobre el modelo de negocio. Puede verse en: Integrated reporting framework (IR). http://integratedreporting.org/resource/international-ir-framework/

- International Global Compact de las Naciones Unidas: https://www.pactomundial.org/global-compact/

- Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales.: http://www.oecd.org/investment/mne/16975360.pdf

En consecuencia, existen varias opciones para aproximarnos a los KPI,s, aunque las más utilizadas son los GRI y los IIRC, pero no son excluyentes y se pueden utilizar otros que se han desarrollado en España, como los de la CNMV O AECA:

- Informe sobre la supervisión por la CNMV de los informes financieros anuales y principales áreas de revisión del ejercicio siguiente (ejercicio 2017). http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/IA_2017.pdf

- AECA. Integrate Suit. “Integrated Suite permite aplicar el modelo AECA para elaborar una información integrada y el denominado estado no financiero de acuerdo con el marco legal y de buenas prácticas descrito”. http://is.aeca.es/suite/#/home

Noo obstante, para información sobre cuestiones medioambientales podemos citar especialmente a Esquema de gestión y auditoria ecológica de la Unión Europea EMAS. El Esquema de Gestión y Auditoría Ecológica de la UE (EMAS) es un instrumento de gestión de alta calidad desarrollado por la Comisión Europea para que las empresas y otras organizaciones evalúen, informen y mejoren su desempeño ambiental. EMAS está abierto a todo tipo de organizaciones que deseen mejorar su desempeño ambiental. Abarca todos los sectores económicos y de servicios y es aplicable en todo el mundo.
Puede verse en: http://ec.europa.eu/environment/emas/
L a Guía del usuario de EMAS se actualizó en 2017. La nueva versión está disponible aquí: Guía del usuario de EMAS. Puede verse en: http://ec.europa.eu/environment/emas/emas_publications/guidance_tools_en.htm

La información sobre cuestiones medioambientales, debe incluir:

,

lunes, 15 de abril de 2019

Contenido del Estado de Información no Financiera. EINF: Descripción de la idea de negocio.



Hace poco escribimos un post con el título ¿Qué es el Estado de Información no financiera (EINF)?, en este caso vamos a hablar sobre el contenido de dicho Estado.

 El contenido exigido, al EINF es el siguiente:

·            Descripción del modelo de negocio

·            Información sobre cuestiones medioambientales.

·            Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal.

·            Información sobre el respeto de los derechos humanos.

·            Información relativa a la lucha contra la corrupción y el soborno.

·            Información sobre la sociedad.

No obstante, hay que decir que el contenido de cada una de estas partes hay que adaptarlo a cada una de las sociedades o grupos de sociedades, ya que cada entidad es distinta por lo que se trata de un documento no estándar que debe adaptarse a cada realidad empresarial.

Para todo esto, existen unos indicadores clave de rendimientos (en inglés: (Key performance indicators), por lo que se suelen conocer con sus siglas en inglés: KPI,s.

Para ello, las sociedades y los grupos obligados deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o en marcos internacionales, tales como:

1.       Los más utilizados son los estándares del Global Reponting Iniciative GRI. Pueden verse en: https://www.globalreporting.org/standards

“Los estándares del GRI son las primeras normas mundiales para la presentación de informes de sostenibilidad. Cuentan con una estructura modular, relacionados entre sí y representan la mejor práctica mundial para informar sobre una gama de impactos económicos, ambientales y sociales”.

2.       El Marco de Reporte Integrado publicado por el International Integrate Reporting Council (IIRC) que proporciona a las organizaciones un marco para informar de forma integrada sobre el modelo de negocio. Puede verse en: Integrated reporting framework (IR). http://integratedreporting.org/resource/international-ir-framework/

3.       International Global Compact de las Naciones Unidas. “El Pacto Mundial de Naciones Unidas (Global Compact) es una iniciativa internacional que promueve implementar 10 Principios universalmente aceptados para promover el desarrollo sostenible en las áreas de Derechos Humanos y Empresa, Normas Laborales, Medio Ambiente y Lucha contra la Corrupción en las actividades y la estrategia de negocio de las empresas. Con más 12.500 entidades adheridas en más de 160 países, es la mayor iniciativa de responsabilidad social empresarial en el mundo”. Puede verse en:


4.       Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales. “Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales. Enuncian principios y normas voluntarias para una conducta empresarial responsable compatible con las legislaciones aplicables. La vocación de las Directrices es garantizar que las actividades de esas empresas se desarrollen en armonía con las políticas públicas, fortalecer la base de confianza mutua entre las empresas y las sociedades en las que desarrollan su actividad, contribuir a mejorar el clima para la inversión extranjera y potenciar la contribución de las empresas multinacionales al desarrollo sostenible. Las Directrices forman parte de la Declaración de la OCDE sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales, cuyos restantes elementos se refieren al tratamiento nacional, a las obligaciones contradictorias impuestas a las empresas y a los incentivos y desicentivos a la inversión internacional.” Pueden verse en: http://www.oecd.org/investment/mne/16975360.pdf

En consecuencia, existen varias opciones para aproximarnos a los KPI,s, aunque las más utilizadas son los GRI y los IIRC, pero no son excluyentes y se pueden utilizar otros que se han desarrollado en España, como los de la CNMV O AECA:

1.       Informe sobre la supervisión por la CNMV de los informes financieros anuales y principales áreas de revisión del ejercicio siguiente (ejercicio 2017). http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/IA_2017.pdf

2.       AECA. Integrate Suit. “Integrated Suite permite aplicar el modelo AECA para elaborar una información integrada y el denominado estado no financiero de acuerdo con el marco legal y de buenas prácticas descrito”. http://is.aeca.es/suite/#/home



Por lo tanto no existe un único marco para proporcionar la información mediante KPI,s,

Los indicadores clave de resultados no financieros deben aplicarse a cada uno de los apartados del estado de información no financiera.

Estos indicadores deben ser útiles, teniendo en cuenta las circunstancias específicas y coherentes con los parámetros utilizados en sus procedimientos internos de gestión y evaluación de riesgos. En cualquier caso, la información presentada debe ser precisa, comparable y verificable.

En el caso de que el grupo de sociedades no aplique ninguna política, el estado de información no financiera consolidado ofrecerá una explicación clara y motivada al respecto.

Se exige que se someta a los mismos criterios de formulación, aprobación, depósito y publicación que el informe de gestión por parte de los administradores.

Las sociedades de interés público que formulen cuentas consolidadas también están incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma siempre que cumpla los mismos limites que el establecido para las sociedades. En este caso, las empresas dependientes del grupo estarán exenta de la obligación de presentación si la misma se incluye en el informe de gestión consolidado.

La información incluida en el estado de información no financiera será verificada por un prestador independiente de servicios de verificación, pero esto es otro problema que abordaremos en otro post.

En este post, vamos a centrarnos en un pequeño resumen sobre la primera parte en la que se describirá el modelo de negocio de la entidad o del grupo en su caso. Dejando el resto para otros post posteriores.

La descripción del modelo de negocio, se trata de una breve descripción del modelo de negocio del grupo, incluyendo a su entorno, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución.

Así mismo, también se deben describir las políticas que aplica el grupo respecto a dichas cuestiones (identificación, evaluación, prevención y atenuación de riesgos e impactos significativos y de verificación y control, incluyendo qué medidas se han adoptado). Además, se indicarán también los resultados de esas políticas.

También, se describirán los principales riesgos relacionados con esas cuestiones vinculados a las actividades del grupo: relaciones comerciales, productos o servicios que puedan tener efectos negativos en esos ámbitos, y gestiona dichos riesgos.

Los indicadores clave de resultados no financieros que sean pertinentes respecto de la actividad empresarial concreta y que cumplan con los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad. Para ello se utilizarán las KPI,s, de modo que puedan ser comparables los riesgos y oportunidades, la descripción de riesgos, evaluación de riesgos, acciones mitigantes, oportunidades, etc.

Con respecto a los principales riesgos relacionados con cuestiones vinculadas a las actividades del grupo como, por ejemplo:

,

martes, 2 de abril de 2019

¿Qué es el Estado de Información no financiera (EINF)?



El EINF, ha sido regulado en España por las siguientes normas:

       Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

       Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

La modificación de la norma en diciembre de 2018 tiene su origen en la necesidad de adaptar la legislación española a la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos.

Según la Directiva 2014/95/UE el EINF, debe incorporarse al informe de gestión de la empresa o grupos de empresas obligadas o, en su caso, presentarse como en un estado separado correspondiente al mismo ejercicio que incluya el mismo contenido y cumpla los requisitos exigidos. Pero en este último caso, debe incorporarse en el Informe de Gestión.

Con toda esta información se pretende recuperar y afianzar la confianza de los inversores mediante la transparencia y facilitar la comprensión y la estructura de la empresa o del grupo. Afianzar la credibilidad y la confianza.

También esta información pretende contribuir a la transparencia del impacto en la sociedad en el medio ambiente, fomentando así una visión a largo plazo que contribuya a su diferenciación y a la sostenibilidad y a la transparencia, de tal modo que esto aporte valor a la empresa.

Es obligatoria su confección tanto para las sociedades como para la información consolidada, cuando se trate de sociedades con las siguientes características:

1.       Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según articulo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.

2.       Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

·       Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.

·       Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.

·       Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.

En el caso de sociedades que formen grupo, los limites se aplicarán a las CC.AA. Consolidadas.

Las sociedades y los grupos consolidados cesarán en la obligación de elaborar el estado de información no financiera si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las tres circunstancias a que se refiere el párrafo anterior o cuando al cierre del ejercicio el número medio de trabajadores empleados no excediera de 500.

En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades estarán obligadas a elaborar el estado de información no financiera cuando en la fecha de cierre se cumplan, al menos dos de las tres circunstancias expresadas.

De este modo, afecta a las sociedades de capital individuales, y evidentemente, si forman un grupo y se formula Cuentas Anuales Consolidadas, en el informe de gestión consolidado también se ofrecerá información no financiera y diversidad.

Cuando una sociedad dependiente de un grupo sea, a su vez, dominante de un subgrupo, estará exenta de la obligación establecida en este apartado si dicha sociedad y sus dependientes están incluidas en el informe de gestión consolidado de otra sociedad en el que se cumple con dicha obligación.

De este modo, una sociedad dependiente perteneciente a un grupo estará dispensada de esta obligación si dicha sociedad y sus dependientes, si las tuviera, están incluidas a su vez en el informe de gestión consolidado de otra sociedad en el que se cumple con dicha obligación.

La entrada en vigor, serán de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

Transcurridos tres años de la entrada en vigor de esta Ley (esto es en 1922) el colectivo de sociedades o grupos obligados se amplia, de tal modo que, la obligación de presentar el estado de información no financiera consolidado previsto en los apartados 49.5 b) del Código de Comercio y 262.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, será de aplicación a todas aquellas sociedades que obligará a:

1.       Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según artículo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.

2.       Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:

·       Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.

·       Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.



Su confección, a mucho más allá del ámbito financiero e implica a casi la totalidad de departamentos de la empresa.

En este estado se integra la siguiente información sobre la sociedad y el grupo:

,

ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.