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sábado, 31 de mayo de 2014

Se ha publicado el proyecto de ley de modificación de la Ley de Sociedades de capital.



En la exposición de motivos, podemos leer: “Las modificaciones del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, que aquí se contienen pueden agruparse en dos categorías: las que se refieren a la junta general de accionistas y las que tienen que ver con el consejo de administración”.

Podeis verlo pinchando aquí.

Ya tenemos trabajo.

Un saludo.


Director de las siguientes Jornadas:

-        Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.


-        Día 12 de septiembre de 2014. “Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


-        Día 19 de septiembre de 2014. “Aplicación práctica de la valoración de empresas”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


Títulos Propios de la Universidad de Valencia curso 2014-2015

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14122230/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional universitario en Experto Contable. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123210/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional Universitario en Gestión Financiera y Contable de la Pyme. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123150/datos_generales.htm
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viernes, 30 de mayo de 2014

Es necesario asumir un nuevo paradigma en los despachos consistente en la utilización del compliance en prevención de blanqueo.


Entrevista realizada por la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) a Gregorio Labatut Serer Profesor de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.

Con motivo de la publicación del Reglamento que desarrolla la Ley de prevención del blanqueo de capitales el pasado día 6 de mayo, AECA ha entrevistado al profesor Labatut, experto del tema, sobre los aspectos más importantes que nos ha traído el nuevo Reglamento de prevención de blanqueo, que afecta a numerosos profesionales como auditores, consultores, asesores fiscales y contables, entre otros muchos.

Se puede ver la entrevista en:


Un saludo.

Gregorio Labatut Serer

Profesor de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.

Director de las siguientes Jornadas:

-        Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.


-        Día 12 de septiembre de 2014. “Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


-        Día 19 de septiembre de 2014. “Aplicación práctica de la valoración de empresas”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


Títulos Propios de la Universidad de Valencia curso 2014-2015

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14122230/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional universitario en Experto Contable. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123210/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional Universitario en Gestión Financiera y Contable de la Pyme. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123150/datos_generales.htm

 
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miércoles, 28 de mayo de 2014

Necesidad de un “compliance corporativo” que asegure el cumplimiento normativo en la empresa.


Cada vez se hace más necesario que las compañías tengan un buen compliance corporativo de cumplimiento normativo para evitar que tanto la empresa, como sus administradores se vean envueltos en escándalos y problemas con la justicia.

Este compliance de cumplimiento, es cada vez más preciso para mitigar el riesgo de fraudes en la empresa, y también para garantizar cualquier exigencia legal, como por ejemplo la prevención de blanqueo de capitales y FT.

Pero también es necesaria para mitigar cualquier tipo de riesgo de incumplimiento normativo en general. En este sentido, he leído en cincodias.com: “Hacienda eleva la responsabilidad fiscal de los consejos de administración”.

El Anteproyecto de la nueva Ley de Sociedades de Capital deriva la responsabilidad sobre las declaraciones fiscales de la empresa a los administradores, de este modo se pretende elevar la responsabilidad tributaria también a los directivos.

Con todo esto, se pretende evitar las políticas fiscales arriesgadas de las empresas, para intentar pagar lo menos posible utilizando argucias de tipo fiscal de dudosa aplicación.
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Nueva consulta del ICAC comentada: Consulta núm. 8, BOICAC 96/diciembre 2013. Sobre el tratamiento contable del importe/indemnización recibido por la constitución de una servidumbre de paso sobre un terreno.


Siguiendo con nuestra intención de explicar  las consultas del ICAC con casos prácticos,  hemos comentado la consulta número 8 del BOICAC número 96/diciembre 2013 sobre el tratamiento contable del importe/indemnización recibido por la constitución de una servidumbre de paso sobre un terreno.. Como de costumbre, podéis consultarla en Aplicación práctica de las consultas del ICAC de esta dirección:

http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/p/aplicacion-practica-de-las-consultas.html

Esperamos que puedan ser de interés.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Director de las siguientes Jornadas:

-        Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.


-        Día 12 de septiembre de 2014. “Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


-        Día 19 de septiembre de 2014. “Aplicación práctica de la valoración de empresas”. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.


Títulos Propios de la Universidad de Valencia curso 2014-2015

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14122230/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional universitario en Experto Contable. Homologado por el ICAC. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123210/datos_generales.htm

Diploma Especialización profesional Universitario en Gestión Financiera y Contable de la Pyme. Preinscripciones en: http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/14123150/datos_generales.htm
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El Colegio de Economistas de Alicante organiza un seminario sobre “El compliance sobre prevención de blanqueo de capitales y FT para el economista. El régimen especial de umbrales”


El próximo día 4 de junio  de 2014 el Colegio de Economistas de Alicante organiza el seminariosobre  compliance en prevención de blanqueo de capitales y FT para economistas. El régimen especial de umbrales. El seminario será impartido por Gregorio Labatut Serer, profesor de la Universidad de Valencia y Presidente del Honor del INBLAC.

Según la Ley 10/2010, el delito de blanqueo de capitales no consiste solamente en aflorar bienes procedentes de una actividad ilícita, sino también la ocultación o el encubrimiento del origen ilícito de los mismos.

La misma Ley se dirige a prevenir el delito de blanqueo de capitales y, por lo tanto, exige a determinados profesionales una serie de compliance para la prevención de blanqueo de capitales, y cuyo incumplimiento deriva en importantes sanciones

Entre los sujetos obligados a la Ley se encuentran los asesores fiscales, contables y auditores de cuentas. Dadas las consecuencias que el desconocimiento de las obligaciones puede tener para los economistas, esta sesión se dirige a formarles en cuanto al compliance necesario a implantar en los despachos de los economistas, para poder cumplir con las exigencias de la Ley 10/2010.

Finalmente, durante la sesión se tratarán las novedades producidas por el nuevo Reglamento de la Ley 10/2010.

Para ver el programa pinche aquí

Un saludo para todos.

Gregorio Labatut Serer
Profesor de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.

Director del curso:

Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.

 

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domingo, 25 de mayo de 2014

¿Por qué motivo mi despacho debe aplicar la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y FT?


El hecho de que los despachos profesionales de abogados, asesores fiscales, contables y auditores de cuentas sean sujetos obligados de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y FT, obliga a estos profesionales a tomar una serie de medidas para evitar que el despacho se vea envuelto en una situación no deseada de blanqueo de capitales.

He visto que muchos profesionales se quejan de las exigencias de esta ley, que se preguntan por qué motivo deben llevar a cabo todo el protocolo interno que exige, se preguntan si tienen ellos obligación de ejercer de policías para detectar estas operaciones, que este tema no va con ellos, que no tienen por qué tener que dedicar tiempo y dinero a unas obligaciones que les parece excesivas y que no les corresponde, etc, etc.

Los profesionales se quejan, y sobre todo los de menor tamaño, de tener que llevar a cabo unas exigencias que consideran demasiado costosas.

Pero, estas estas exigencias quedan relajadas a través del reciente reglamento, en algunas obligaciones formales para los sujetos obligados de menor tamaño, pero en ningún momento les exime de las obligaciones principales: aplicación de la diligencia debida en la identificación, conocimiento y seguimiento de las actividades de sus clientes; y obligación de realizar un examen especial en las operaciones sospechosas de blanqueo y en su caso, comunicación al SEPBLAC de las mismas. Estas obligaciones son fundamentales y las tienen todos los sujetos obligados con independencia del tamaño.

Ahora bien, el reglamento exonera de otras obligaciones formales en función de la evaluación del riesgo que cada sujeto obligado tenga con respecto a sus clientes, operaciones o actividades.

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Jornada Valencia Los despachos y el Blanqueo de Capitales. Novedades del Reglamento. Día 5 de junio de 2014.


 

Organizado por la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad de Valencia, el próximo día 5 de junio de 2014 se celebrará la Jornada: “Los despachos profesionales y el Blanqueo de Capitales. Novedades del Reglamento”. La jornada será impartida por el profesor Gregorio Labatut Serer.
El pasado 6 de mayo se publicó, con tres años de retraso, el tan esperado Reglamento de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y las obligaciones que la Ley 10/2010 impone a los sujetos obligados, en algunas cuestiones, debe ser matizada por este Reglamento. Cabe destacar que el citado Reglamento ha introducido el denominado Régimen de Umbrales, por el que algunas obligaciones formales pueden quedar relegadas en algunos sujetos obligados, pero no las obligaciones principales. Por tanto, es necesario conocer qué indica dicho reglamento y cuál es el régimen de umbrales que establece, para así determinar cuáles son en concreto las obligaciones que deben cumplir los despachos profesionales respecto a la Ley 10/2010 de prevención del Blanqueo de Capitales.
Más información pinchando aquí.
Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Universidad de Valencia y Presidente de Honor del Instituto de Expertos en Blanqueo de Capitales y FT (INBLAC).
Director del:
Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.
 
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viernes, 23 de mayo de 2014

El Registro de Expertos Contables del Consejo General de Economistas (REC-CGE) ha emitido un comunicado sobre la acreditación de la figura del Experto Contable.


A través del Registro de Expertos Contables (REC-CGE),  el Consejo General de Economistas pretende potenciar las funciones y competencias que debe tener la profesión de Experto Contable. Para ello, se configura el Registro para dignificar y regular la profesión del contable al estilo de la figura existente en países de nuestro entorno, como Portugal, Francia y Alemania.

El REC se creó en 2008, y ha trabajado desde entonces para “potenciar las buenas prácticas en materia contable y la calidad de la información financiera”.

En el comunicado el Consejo General de Economistas explica la forma de conseguir la Acreditación como Experto Contable del Consejo General de Economistas, al que pueden acceder todos los profesionales relacionados o interesados en la contabilidad.

Puede leerse pinchando aquí.

Consideramos necesario la profesionalización y la regulación de la figura del Experto Contable como profesión, por lo tanto agradecemos el trabajo realizado hasta ahora por el REC-CGE y el impulso a favor de la misma.

Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer
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martes, 20 de mayo de 2014

Ayer se celebró el seminario sobre “ Compliance sobre prevención de blanqueo de capitales y FT para el economista. El régimen especial de umbrales”, en Madrid. Conclusiones del seminario.


Ayer, día 19 de mayo de 2014 se celebró en la sede del Consejo General de Economistas, C/ Claudio Coello, 18,  Madrid, tuvo lugar el Seminario sobre compliance en prevención de blanqueo de capitales y FT para economistas. El régimen especial de umbrales.

El seminario organizado por RASI (Registro de Asesores de Gobierno y Sistemas de la Información)  del Consejo General de Economistas fue impartido por Gregorio Labatut Serer, profesor de la Universidad de Valencia y Presidente del Honor del INBLAC.

En la sesión se dio a conocer al INBLAC como asociación independiente de expertos en prevención de blanqueo de capitales. http://www.inblac.org/

En el mismo se dio a conocer el nuevo reglamento de la Ley 10/2010 publicado el 6 de mayo de 2014.

Se puso de manifiesto algunas incongruencias y excesos del citado reglamento en cuanto a la aplicación del régimen de umbrales, como por ejemplo:
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viernes, 16 de mayo de 2014

Nueva jornada homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores de cuentas, sobre novedades tributarias y contables. Día 27 de mayo de 2014.


La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, organiza una nueva jornada de actualización sobre novedades tributarias y contables 2013/14 para la aprobación de las cuentas anuales por parte de la Junta Central de Socios. Esta jornada está homologada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), por lo que los auditores participantes podrán computar como formación continuada las 8 horas de su realización.

Por ello, esta jornada tiene como principal objetivo actualizar a los auditores de cuentas y asesores fiscales sobre todas las novedades que se hayan producido desde el punto de vista tributario y contable en el ejercicio 2013 y parte del ejercicio 2014. Así lo explica el profesor de la Facultat d’Economia de la Universitat de València Gregorio Labatut, director de las jornadas. 

Esta nueva jornada homologada que se realizará de forma presencial el próximo 27 de mayo, de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas, en la sede de ADEIT.

Más información en:


Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

 
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miércoles, 14 de mayo de 2014

La importancia de la auditoria en la detección operaciones de blanqueo de capitales. Importante político bajo sospecha.


El legislador al incluir en el art. 2.1 de la Ley de prevención de Blanqueo de Capitales y FT a los auditores de cuentas, asesores fiscales y contables externos, no andaba desencaminado.

La auditoría de cuentas es el proceso de verificación por parte de experto independiente de la contabilidad de una entidad con el objetivo de emitir un informe sobre si las Cuentas Anuales de la empresa reflejan la imagen fiel y la realidad sobre su situación patrimonial y los resultados obtenidos.

Para ello el auditor de cuentas tienen que seguir unos procedimientos que actualmente se regulan mediante las denominadas Normas Internacionales de Auditoría adoptadas para España (NIA-ES).

En este sentido recordar solamente que NIA-ES 240. Responsabilidades del Auditor en la Auditoría de Estados Financieros con respecto al Fraude, indica las medidas que el auditor debe tomar para detectar operaciones de fraude, entre las que se incluyen el blanqueo de capitales.


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lunes, 12 de mayo de 2014

Seminario: El compliance sobre prevención de blanqueo de capitales y FT para el economista. El régimen especial de umbrales.


El próximo día 19 de mayo de 2014 en la sede del Consejo General de Economistas, C/ Claudio Coello, 18,  Madrid, tendrá lugar el Seminario sobre compliance en prevención de blanqueo de capitales y FT para economistas. El régimen especial de umbrales.

El semianrio está organziado por RASI (Registro de Asesores de Gobierno y Sistemas de la Información)  del Consejo General de Conomistas y será impartido por Gregorio Labatut Serer, profesor de la Universidad de Valencia y Presidente del Honor del INBLAC.

Según la Ley 10/2010, el delito de blanqueo de capitales no consiste solamente en aflorar bienes procedentes de una actividad ilícita, sino también la ocultación o el encubrimiento del origen ilícito de los mismos.

La misma Ley se dirige a prevenir el delito de blanqueo de capitales y, por lo tanto, exige a determinados profesionales una serie de compliance para la prevención de blanqueo de capitales, y cuyo incumplimiento deriva en importantes sanciones

Entre los sujetos obligados a la Ley se encuentran los asesores fiscales, contables y auditores de cuentas. Dadas las consecuencias que el desconocimiento de las obligaciones puede tener para los economistas, esta sesión se dirige a formarles en cuanto al compliance necesario a implantar en los despachos de los economistas, para poder cumplir con las exigencias de la Ley 10/2010.

Finalmente, durante la sesión se tratarán las novedades producidas por el nuevo Reglamento de la Ley 10/2010.

Programa:
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domingo, 11 de mayo de 2014

ADAPTADO AL NUEVO REGLAMENTO. CURSO ON-LINE DE FORMACIÓN PARA JOYEROS, ANTICUARIOS Y GALERISTAS SOBRE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES. CURSO VÁLIDO PARA LA FORMACIÓN CONTINUADA DE JOYEROS, ANTICUARIOS Y GALERISTAS Y EMPLEADOS.


Organizado por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, y tras la aprobación del RealDecreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de lafinanciación del terrorismo (Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y FT) es necesario que los joyeros, anticuarios y galeristas sepan cuales son exactamente sus obligaciones con respecto a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, para evitar importantes sanciones.
Las personas que comercien profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos así como las que comercialicen con objetos de arte o antigüedades, son sujetos obligados en la prevención del blanqueo de capitales, según establece el artículo 2.1 de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, así como la modificación producida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Para cumplir con esta exigencia legal, el artículo 29 de la propia Ley impone la obligación de recibir anualmente un curso de formación, que capacite y actualice a los mencionados profesionales en la prevención del blanqueo de capitales.
En concreto, la Ley exige la participación debidamente acreditada de los sujetos obligados en cursos específicos de formación permanente, orientados a detectar las operaciones que puedan estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, e instruirles sobre la forma de proceder en tales casos.

Por todo lo anterior, el objetivo del curso se centra en la formación on-line (e-learning) que deben recibir los joyeros, anticuarios y galeristas, así como sus empleados, de modo que puedan adquirir los conocimientos teórico prácticos requeridos por la Ley para el desempeño de su actividad.

Todo ello adaptado al nuevo Reglamento aparecido hace unos días.

Más detalles y matricula en:


Un cordial saludo.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del Instituto de Expertos en Prevención e Blanqueo de Capitales y FT. INBLAC.
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Día 27 de mayo de 2014. Jornada de Actualización sobre Novedades Tributarias y Contables 2013-14 para la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para los Auditores de Cuentas.


Con esta jornada se pretende realizar un análisis exhaustivo de todas las operaciones que pueden afectar a la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de Socios, y actualizar a los auditores de cuentas sobre todas las novedades que se hayan producido desde el punto de vista tributario y contable en el ejercicio 2013 y  parte del ejercicio 2014.

Desde el punto de vista de cierre contable debe tenerse en cuenta que el ICAC ha publicado numerosas consultas tanto en el ámbito contable como de auditoría, se estudiaran las consultas publicadas en Diciembre de 2013 y marzo de 2014. Además, se realizará un recordatorio sobre las resoluciones del ICAC sobre valoración del inmovilizado intangible, y el registro de deterioros y marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento. Todas estas normas contables hay que tenerlas en cuenta en la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de Socios.

De este modo, en la jornada se analizarán con detalle estas operaciones mediante casos prácticos, ya que el auditor de cuentas debe ser conocedor de las mismas para auditar correctamente el ejercicio 2013.

Desde el punto de vista fiscal, el objetivo central será el estudio en de las últimas modificaciones normativas en el impuesto sobre sociedades e IVA, fundamentalmente mediante el análisis  de la ley 16/2013, ley 22/2013 y RDL 16/2013, y mediante las operaciones internacionales y reglas de localización de las prestaciones de servicios en el IVA.

También se estudiaran todas las modificaciones del IS e IVA para el 2013-2014, así como las modificaciones previstas en la Ley de Presupuestos y otras normas para 2014. Finalmente se tratará el tema de la deducibilidad fiscal de los gastos de personal de los socios y administradores de las entidades mercantiles y las consultas de la DGT.

La jornada será impartida por:

- Dr. Gregorio Labatut Serer, Profesor Titular de la Universidad de Valencia. Facultad de Economía. Departamento de Contabilidad.

- D. Antonio Martínez Pascual, Tecnico de Hacienda. Dependencia Regional de Recaudacion de Valencia.

Más información e inscripciones en: http://congresos.adeituv.es/tributarias/ficha.es.html

Os esperamos, un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.
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sábado, 10 de mayo de 2014

Caso práctico sobre el cierre contable y fiscal de 2013.


He realizado un caso práctico sobre el cierre contable y fsical de 2013 para InformaRec Boletín del Registro de Expertos Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín número 42.

En el mismo se pone de manifiesto las nuevas diferencias entre la contabilidad y fiscalidad para el cierre de 2013 y el tratamiento contable de las mismas, también se tata la problemática de la nueva deducción de beneficios y la relación con la deducción de beneficios extraordinarios.

Somos conscientes de que no es posible abarcar todas las diferencias, pero nos vamos a centrar en algunas que nos han parecido interesantes.

Acceder al caso práctico pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial

Gregorio Labatut Serer

Director de las siguientes Jornadas:

Día 27 de Mayo de 2014. “Jornada de Actualización sobre novedades tributarias y contables 2013-14 para la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación obligatoria para auditores de cuentas.

http://congresos.adeituv.es/tributarias/ficha.es.html

Curso on-line de formación para joyeros, anticuarios y galeristas, en prevención de blanqueo de capitales. Curso válido para la formación obligatoria de los sujetos obligados a la Ley de prevención de blanqueo de capitales y FT. Fundación Universidad empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.

Inscripciones: http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=blanqueo-joyeros

 
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El Reglamento de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales no puede eximir de obligaciones impuestas por la Ley. Conclusiones de la I Jornada sobre Compliance en Prevención de Blanqueo de Capitales de Valencia.


El día 9 de mayo se celebró en Valencia, la I Jornada en Compliance sobre Prevención de Blanqueo de Capitales. En la misma se debatió sobre el Reglamento publicado el día 6 de mayo de 2014. Por lo tanto, ha sido la primera jornada en España en la que se ha debatido por primera vez sobre este polémico texto por importantes profesionales en prevención de blanqueo de capitales.
En la jornada intervinieron, dirigida por Gregorio Labatut Serer y la coordinación de D. Ángel Diaz Marti, intervinieron ponentes de alto nivel, como:

- D. Víctor Altimira Ávalos, Presidente Ejecutivo de INBLAC. Abogado en Logic Data Consulting

- D. Francisco Bonatti Bonet - Abogado especializado en Derecho Penal, Corporate Compliance y PBC-FT, socio director de Bonatti Defensa Penal y Secretario Ejecutivo de INBLAC

- D. Iván Aritio Reina. Área de Supervisión. Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias – Sepblac

- Dr. Luis Trigo Sierra. Socio Director de Broseta Abogados.

- Inspector D. Eugenio Poveda. Jefe del Grupo de Blanqueo de Capitales de la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad Valenciana

- D. Álvaro Ibáñez. Director. Abogado/Lawyer. Grant Thornton

- D. Javier Iranzo Molinero. Subdirector General de Tributos de la Comunidad Valenciana

En el mismo se dio a conocer a los asistentes el Instituto de Expertos en Prevención de Blanqueo de capitales (INBLAC). Dirección web: http://www.inblac.org/

Entre las conclusiones que podemos extraer de la Jornada, podemos comentar:
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martes, 6 de mayo de 2014

El Reglamento de la Ley de Prevención de blanqueo de capitales mantiene el régimen de umbrales.


El proyecto de reglamento que conocíamos indicaba unos umbrales muy bajos por lo que los sujetos obligados que no los superaran se verían exentos de determinadas obligaciones formales.

El Real Decreto 304/2014, de 5 demayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, deprevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, publicado en el BOE de ayer día 6 de mayo de 2014, mantiene las cantidades de estos umbrales, de modo que una cantidad considerable de sujetos obligados no deberán llevar a cabo ciertas obligaciones formales.

En primer lugar decir que hay obligaciones fundamentales que el reglamento no puede eximir, como son:

  1. Gestión del riesgo o exposición del sujeto obligado. Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción.
  2. Diligencia debida con respecto a la identificación del titular real. Requiere conocimiento de las operaciones y de las actividades de los clientes, origen de los fondos que deben quedar reflejadas por escrito. Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción.
  3. Conservación de documentos durante 10 años. Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción.
  4. Comunicación de sospechas al SEPBLAC, incluso por indicios. Análisis específico y comunicación al SEPBLAC de cualquier operación sospechosa de estar particularmente vinculada al blanqueo de capitales, tras un examen especial de la misma. Modelo F-19 aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción
  5. Cumplimentación de la información requerida por el SEPBLAC en cualquier momento. Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción.
  6. Abstención de ejecución de operaciones sospechosas. Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción.
  7. Confidencialidad. Deber de confidencialidad (no comunicar nada al cliente sobre las comunicaciones realizadas de sus posibles actividades ilícitas). Aplicable a todos los sujetos obligados, sin posibilidad de excepción

Para poder acometer todas estas obligaciones, que no pueden ser exceptuadas, existen otras obligaciones formales, como son las siguientes:
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jueves, 1 de mayo de 2014

Jornada sobre últimas novedades normativas publicadas por el ICAC.


 
Ponente: D Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Facultad de Economía de Universidad de Valencia
Miembro de la Comisión sobre Principios Contables de AECA
Director del grupo de investigación “Interrelaciones entre Normas Fiscales y Contables y Valoración de empresas” del Departamento de Contabilidad de la Universidad de Valencia.

Horario: De 10:00 a 14.00 horas. De: 16:00 a 20:00 horas

El ICAC ha publicado numerosas consultas y diversas resoluciones. Unas sobre determinadas operaciones empresariales de actualidad, y otras que buscan aportar luz sobre algunas de las muchas dudas que se suscitan al registrar las operaciones, como las resoluciones sobre la valoración del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible, registro de deterioros y consultas sobre determinados problemas contables. Todas estas normas contables hay que tenerlas en cuenta para el cierre del ejercicio 2013.

-        Novedades introducidas por la Resolución de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible: Pagos contingentes en la adquisición de intangibles, amortización y deterioro de intangibles, registro de los derechos de uso, investigación y desarrollo, propiedad industrial e intelectual, derechos de traspaso, concesiones administrativas, franquicias, cesión de bienes, etc. Consultas del ICAC relacionada con intangibles.
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.