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sábado, 25 de febrero de 2023

Contabilidad de las operaciones societarias



Organizado por el Colegio Vasco de Economistas (Ekonomistak), los próximos días 6 y 13 de marzo de 2023 el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un curso sobre Contabilidad de operaciones societarias.

Con este curso se pretende dos cosas:

1.       Poner de manifiesto, mediante casos prácticos, de algunas cuestiones que pueden ser más significativas y polémicas contenidas en la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital, que entró en vigor a comienzos del ejercicio 2020.

2.       Aspectos contables de las combinaciones de negocios y de las aportaciones no dinerarias. se tratarán los aspectos contables de las fusiones, escisiones y aportaciones de ramas de actividad.

Para ello nos basaremos en la Norma de Registro y Valoración 19ª Combinaciones de negocios y la Norma de Registro y Valoración 21ª Operaciones entre empresas del grupo y además los contenidos de la Resolución de 5 de marzo de 2019 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el que se aprueban los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital, en concreto CAPÍTULO X. Las modificaciones estructurales y el cambio de domicilio.

Desde el punto de vista fiscal nos basaremos en Régimen Foral País vasco. NORMA FORAL 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto Sobre Sociedades (BOB 13 Diciembre).

PROGRAMA:

  1. APORTACIONES SOCIALES.
  2. CONCEPTO DE PATRIMONIO NETO.
  3. CONDONACIÓN ENTRE SOCIEDADES DEL GRUPO.
  4. APORTACIONES NO DINERARIAS: EL APORTANTE.
  5. AUMENTOS DE CAPITAL POR COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS.
  6. LOS RETORNOS AL SOCIO.  ¿DIVIDENDO O DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES?
  7. LA REDUCCIÓN DE CAPITAL EN EL SOCIO POR DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES.
  8. Combinaciones de negocios y aportaciones no dinerarias, mediante casos prácticos.

1.       Ámbito de aplicación.

2.       Concepto de negocio.

3.       Fusiones y escisiones de empresas independientes. (contabilidad de la sociedad adquirente y adquirida/s)

4.       Fusiones y escisiones de empresas del grupo.

5.       Cesión global.

6.       Contabilidad de socio.

7.       Tratamiento fiscal.

Más información en: CONTABILIDAD DE LAS OPERACIONES SOCIETARIAS - Cursos ekonomistak - Colegio Vasco de Economistas

Os esperamos.

Un saludo cordial

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

 

Día 22 de marzo de 2023. Prevención blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores inscritos en el ROAC.

https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/prevencion-blanqueo-capitales/

 

 


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viernes, 17 de febrero de 2023

Caso práctico sobre la modificación del tipo de gravamen del IS para sociedades pequeñas en 2023, y sus efectos en el cierre contable de 2022.

 


He realizado un caso práctico sobre la modificación del tipo de gravamen del IS para sociedades pequeñas en 2023, y sus efectos en el cierre contable de 2022, para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 367 de 16 de febrero de 2023.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

Tenemos que recordar lo establecido en la NRV 13.ª Impuestos sobre beneficios del PGC, como en la NRV 15.º Impuestos sobre beneficios del PGC Pymes, establecen lo siguiente:

“3. Valoración de los activos y pasivos por impuesto corriente y diferido

Los activos y pasivos por impuesto corriente se valorarán por las cantidades que se espera pagar o recuperar de las autoridades fiscales, de acuerdo con la normativa vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio.

Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen esperados en el momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.

En su caso, la modificación de la legislación tributaria -en especial la modificación de los tipos de gravamen- y la evolución de la situación económica de la empresa dará lugar a la correspondiente variación en el importe de los pasivos y activos por impuesto diferido”.

También sabemos que la Ley de Presupuestos de 2023, introdujo entre otras medidas, la modificación del artículo 29 de la LIS, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2023, en los siguientes términos: “1. El tipo general de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25 por ciento, excepto para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros que será el 23 por ciento.”

En consecuencia, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2023, y para las sociedades que en el ejercicio anterior (2022) tuvieran un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, el tipo impositivo disminuirá del 25 % al 23 %. Por lo tanto, en el cierre de 2022, estas sociedades deberán actualizar a ese nuevo tipo impositivo los saldos que tuvieran por activos y pasivos por impuestos diferidos, que tendrá efectos en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2022.

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

 

Día 23 de febrero de 2023. Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para los auditores inscritos en el ROAC.

https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/confeccion-del-plan-de-viabilidad-con-hoja-de-calculo/

 

 

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lunes, 13 de febrero de 2023

Aplicación práctica de la valoración de empresas.

 


Organizado por el Colegio Vasco de Economistas (Ekonomistak) los próximos días 15 y 20 de febrero, el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá dos sesiones sobre la Aplicación práctica de Valoración de empresas.

Día 15 de febrero de 2023. Aplicación Práctica de la Valoración de Pymes con hoja de cálculo.

Las pymes suponen el 65% del PIB de nuestro país y generan el 75% de los puestos de trabajo. En consecuencia, se puede decir que la Pequeña y mediana empresas resultan fundamentales para nuestro sistema económico, por lo tanto, la valoración de estos negocios es un tema necesario que hay que abordar.

El objetivo del curso se fundamenta en el análisis de los diferentes modelos de valoración de empresas adecuado para este tipo de empresas de tamaño más pequeño, que se basan en modelos tradicionales que parten de la información proporcionada por los estados financieros, y otra obtenida de otras fuentes ajenas a la empresa.

De tal modo que nos apoyaremos en métodos basados en la contabilidad, métodos mixtos o compuestos que calculan el posible fondo de comercio, métodos comparativos o por múltiplos.

También introduciremos el método de descuento de flujos de efectivo, en aquellos aspectos que puedan ser aplicados a una Pyme. La valoración de empresas resulta un procedimiento imprescindible en la transmisión de todo o parte de una empresa.

 Así mismo también resulta adecuado determinar el valor de la empresa en el caso del derecho de separación del socio regulado en el artículo 348 Bis del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

El curso se dirige a cualquier profesional interesado en la valoración de empresas como asesores de empresas, responsables financieros, asesores contables, auditores de cuentas, etc. para que puedan incorporar los conocimientos adquiridos a su práctica profesional.

 

Programa:

  1. Conceptos de valor y precio (valor contable versus valor de mercado, principios y fines de la valoración).
  2. Métodos de valoración basados en el balance, patrimoniales o analíticos.
  3. Métodos de valoración mixtos o compuestos. Valoración del fondo de comercio.
  4. Métodos de valoración comparativos o por múltiplos.
  5. Introducción a los métodos de valoración basados en el descuento de flujos de tesorería previstos.
  6. Casos prácticos con hoja de cálculo.

Día 20 de febrero de 2023. Aplicación Práctica de la Valoración de Empresas de mayor tamaño.

El objetivo del curso se fundamenta en el análisis de los diferentes modelos de valoración de empresas de mayor tamaño, basados en considerar a la empresa como una sucesión en el tiempo de proyectos de inversión y de financiación, con capacidad para generar flujos de tesorería cuya cuantía habrá que estimar, así como actualizarlos a una tasa apropiada al riesgo económico y financiero que soporta.

En el caso de aplicación de la metodología de descuento de flujos de tesorería, se pondrá especial hincapié en la planificación futura, el cálculo de la tasa de descuento, y la estimación de valor residual o valor de continuación. Todo ello, desde una perspectiva eminentemente práctica mediante hoja de cálculo.

La valoración de empresas resulta un procedimiento imprescindible en la transmisión de todo o parte de una empresa. Sin embargo, esta técnica también resulta muy útil en la determinación del valor en uso de una Unidad Generadora de Efectivo, con la finalidad de poder cuantificar los posibles deterioros de los activos.

Así mismo también resulta adecuado determinar el valor de la empresa en el caso del derecho de separación del socio regulado en el artículo 348 Bis del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

El curso se dirige a cualquier profesional interesado en la valoración de empresas como asesores de empresas, responsables financieros, asesores contables, auditores de cuentas, etc. para que puedan incorporar los conocimientos adquiridos a su práctica profesional.

 

Programa:

  1. Conceptos de valoración de empresas de mayor tamaño.
  2. Métodos de valoración comparativos o por múltiplos.
  3. Métodos de valoración basados en el descuento de flujos de tesorería previstos.
  4. Casos prácticos con hoja de cálculo.

 Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

 

Día 23 de febrero de 2023. Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para los auditores inscritos en el ROAC.

https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/confeccion-del-plan-de-viabilidad-con-hoja-de-calculo/

 


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sábado, 4 de febrero de 2023

Caso práctico sobre adquisición de la totalidad de las acciones o participaciones de una sociedad y su posterior fusión.

 


He realizado un caso práctico sobre adquisición de la totalidad de las acciones o participaciones de una sociedad y su posterior fusión, para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 366 de 3 de febrero de 2023.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

En este caso nos vamos a ocupar del caso en el que una sociedad adquiera el 100 % de las acciones o participaciones de una sociedad formando un grupo, y posteriormente se realiza una fusión entre ambas sociedades.  En el momento inicial cuando se adquiere el 100 % de las acciones o participaciones, ambas sociedades no tenían ninguna relación entre ellas.

Con la adquisición por parte de la sociedad inversora del 100 % sobre la otra sociedad, al realizar posteriormente la fusión, se trata de una fusión impropia.

Desde el punto de vista mercantil, se denomina “fusión impropia” al caso que se produzca la fusión entre sociedad dominante y dependiente cuando el control asciende al 100 % por lo que no existen socios externos. En este caso hay que aplicar el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Desde el punto de vista contable, nos encontramos con dos operaciones:

1.     Primera operación: Adquisición del 100 % de otra sociedad, con la cual no había ninguna relación precia, requiere que se aplique la norma particular. En este caso la Norma de Registro y Valoración NRV 9ª punto 2.4.1 Valoración inicial de activos financieros al coste, que indica: “Las inversiones incluidas en esta categoría se valorarán inicialmente al coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles, debiéndose aplicar, en su caso, en relación con las empresas del grupo, el criterio incluido en el apartado 2 de la norma relativa a operaciones entre empresas del grupo, y los criterios para determinar el coste de la combinación establecidos en la norma sobre combinaciones de negocios.

Esta última cuestión se refiere a que no se incluirá como mayor valor de la inversión financiera, “Los restantes honorarios abonados a asesores legales, u otros profesionales que intervengan en la operación se contabilizarán como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. En ningún caso se incluirán en el coste de la combinación los gastos generados internamente por estos conceptos, ni tampoco los incurridos por la entidad adquirida relacionados con la combinación”. NRV19ª punto 2.3 Coste de la combinación de negocios.

 

2.     Segunda operación: Fusión impropia entre ambas sociedades. Se aplicará la NRV 21ª Operaciones entre empresas del grupo del PGC.

En resumen, podemos decir lo siguiente:

Primera operación: Adquisición del 100 % de una sociedad, formando un grupo. Se aplicará el coste de adquisición, sin incluir en el mismo los honorarios abonados a asesores legales, u otros profesionales que intervengan en la operación se contabilizarán como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Segunda operación: Fusión entre las dos sociedades anteriores que forman un grupo. Es una fusión impropia, ya que no existen socios externos. En este caso, la solución será distinta en el caso de que:

-        La sociedad adquirida, pueda ser catalogada como un negocio. Se trata de una combinación de negocios, y se aplicará la valoración establecida en las Cuentas Anuales Consolidadas. Si no existieran se aplicará valores contables.

-        La sociedad adquirida no puede ser catalogada como un negocio. No se trata de una combinación de negocios y se aplicará el valor razonable y las normas generales. En mi opinión, se registrará como una operación de permuta, que podrá ser comercial o no comercial.

En el caso de la sociedad dominante que realice la permuta de la inversión financiera (sobre la totalidad de las acciones o participaciones de la sociedad adquirida) por el inmueble de la sociedad adquirida (que no es catalogado como un negocio), probablemente nos encontraríamos ante una permuta de tipo no comercial.

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

 

Día 23 de febrero de 2023. Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para los auditores inscritos en el ROAC.

https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/confeccion-del-plan-de-viabilidad-con-hoja-de-calculo/

 

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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.