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viernes, 27 de julio de 2018

Prevención blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Adaptado a los reciente cambios producidos por el Real Decreto Ley 11/2018 de 31 de agosto.



El próximo 17 de septiembre tendrá lugar el WEBINAR: PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES PARA AUDITORES DE CUENTAS, CONTABLES Y ASESORES FISCALES.

El webinar se emitirá en directo dicho día de 10.00h a 14.00h. Será grabado y podrá visualizarse en cualquier momento durante los 10 días siguientes. Así mismo se podrán realizar consultas y tutorías durante esos días mediante un sistema de tutorías online, así como a través del foro de discusión.

El webinar está homologado por el ICAC con cuatro horas de formación en otras materias para los auditores de cuentas inscritos en el ROAC.


Durante la webinar se planteará las modificaciones que se aprobaron en la Ley 10/2010 muy recientemente por el Gobierno, mediante un Real Decreto-Ley de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Más información y programa del curso:



Inscripción en:


Este webinar cuenta con la homologación del ICAC

OBJETIVO:
En los últimos años se ha producido una creciente preocupación por el delito de blanqueo de capitales, que finalmente se ha concretado en la promulgación de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y FT., así como en el contenido del nuevo Reglamento.
Atendiendo a estas circunstancias, el objetivo de la Jornada se centra en el estudio de las novedades introducidas por el nuevo Reglamento que desarrolla la Ley 10/2010 y las obligaciones que se imponen a los sujetos obligados, entre los que se encuentran los auditores de cuentas.
El auditor es sujeto obligado de la Ley de prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, y en consecuencia una de las áreas que debe ser revisada y sobre la que auditor debe verificar es la de la posibilidad de que existan en la empresa operaciones de blanqueo de capitales encubiertas.
Es una responsabilidad que asume el auditor en el proceso de revisión, por lo que es muy importante en el desarrollo de su trabajo y puede tener transcendencia importante en el informe de auditoría. A estos efectos se realizará un repaso absoluto de las NIA-ES para determinar la posición del auditor ante el fraude y la posibilidad de existencia de delitos de blanqueo de capitales.
En este contexto, la Jornada se dirige a todos aquellos profesionales obligados a la prevención del blanqueo de capitales por la Ley 10/2010. Esto es, a asesores fiscales, contables externos y, especialmente, a auditores de cuentas para que puedan adquirir los conocimientos requeridos por la Ley para el desempeño de su profesión.

Un saludo para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 7 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/

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miércoles, 25 de julio de 2018

Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad con hoja de cálculo 2018.



 Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para los auditores de Cuentas inscritos en el ROAC

El objetivo de esta Jornada se centra en proporcionar los conocimientos necesarios para elaborar un plan de viabilidad, teniendo en cuenta los elementos económico-financieros que se deben incluir, así como la técnica y el procedimiento para desarrollar este plan.

El plan de viabilidad es un documento esencial para que un emprendedor, o cualquier empresario en general, puedan justificar la generación de caja necesaria para enfrentarse a la devolución de la deuda que en su momento financió las inversiones empresariales.

Más allá, es un documento fundamental para aquellas empresas que, estando en situación de concurso, puedan reformular su negocio con posibilidades de reflotarlo y así lo puedan justificar ante sus acreedores para evitar la liquidación.

Tanto desde la perspectiva del inicio de la empresa, crecimiento posterior, como de su continuidad, la elaboración de un plan de viabilidad resulta muy recomendable para incrementar las posibilidades de éxito de un negocio.

Al mismo tiempo, es importante que cualquier profesional externo a la empresa sea capaz de interpretar la información ofrecida en el plan de viabilidad, con la finalidad de comprobar si dicha información tiene posibilidades reales de producirse en un futuro.

Desde esta doble óptica, la Jornada se dirige tanto a los empresarios y gestores de la empresa, como a asesores, financiadores y, en especial, a auditores de cuentas para que puedan trasladar la formación adquirida a su práctica profesional.

Más información PINCHANDO AQUÍ.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 7 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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jueves, 19 de julio de 2018

La DGT cambia de criterio para el cálculo de la Reserva de Capitalización en el caso de consolidación fiscal.



Efectivamente, la DGT ha publicado la consulta V1836-18, por la que sigue un criterio contrario al seguido hasta ahora, establecido por las consulta V4962-16 y  la consulta V0134-17.

Como se sabe para poder aplicarse la minoración de la Base Imponible por la Reserva de capitalización, deben cumplirse tres cosas fundamentales:

1.       Incremento de los fondos propios en el ejercicio que se quiere aplicar. Este incremento de los fondos propios queda reducido fundamentalmente a las Reservas voluntarias. No se computa los resultados del año ni del anterior. (Artículo 25 de la LIS)

2.       Mantener este incremento durante los cinco próximos años.

3.       Dotar una reserva indisponible por esta minoración.

En cuanto a los grupos que tributan por el Régimen especial de Consolidación fiscal (Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades LIS, CAPÍTULO VI.  Régimen de consolidación fiscal), los criterios son los mismos, pero con algunas particularidades, como por ejemplo que, para tomar el incremento de los fondos propios, debe tomarse el de la totalidad del grupo. Esto es, la diferencia de los fondos propios del grupo entre el inicio del ejercicio y el final, con todas las reglas que se indican en el artículo 25 de la LIS.

Pues bien, hasta ahora el criterio establecido por las V4962-16 y V0134-17, era que para determinar esos fondos propios totales no había que tener en cuenta el efecto de los ajustes de consolidación, esto es, bastaba con agregar los fondos propios de todas las sociedades que formaban parte del grupo, sin necesidad de que se vieran afectados por los ajustes propios de la consolidación contable. Este ha sido el criterio que se estaba siguiendo.

Pero muy recientemente, la V1836-18 ha cambiado totalmente el criterio, e indica lo contrario, esto es, los fondos propios totales que debemos tener en cuenta, son los existentes en el balance consolidado después de tener en cuenta los ajustes propios de la consolidación contable (Incorporaciones y eliminaciones por operaciones internas de consolidación). Pero no todos los ajustes que propone la norma contable, por ejemplo, el ajuste inversión fondos propios, no se tiene en cuenta, sino solamente aquellos que provienen de los ajustes por eliminación de operaciones intragrupo. Por ejemplo, ventas entre empresas del grupo y los correspondientes a lo dividendos devengados entre las empresas del grupo.

Todo esto supone una dificultad añadida al cálculo de la reserva de capitalización en los grupos de tributación consolidada, porque estas eliminaciones suponen en el fondo un traspaso de resultados de un ejercicio a otro, lo cual supondría que, con este criterio, quizá el incremento de fondos propios en lugar de producirse en un año se produce en un año anterior o posterior.

Me explico, en el caso percepción de dividendos por otra empresa del grupo, el ajuste consiste en que la sociedad que recibe el dividendo lo elimina de su resultado del año con abono a cuentas de reservas, con lo que esto provoca un aumento de las reservas en ese ejercicio, sin tener que esperar a que esos resultados de este año tengan efecto el año próximo (recuérdese que para el cálculo del incremento de los fondos propios no se tendrá en cuenta el resultado del año, ni el del año anterior). Esto supone una anticipación en el reconocimiento de las reservas del grupo.

Mientras que, si nos encontramos con una transacción intragrupo que supone un beneficio y éste no se ha realizado todavía en el exterior del grupo, supone la eliminación del beneficio en el año de la transacción, y el aumento de reservas en el año en el que la transacción se realice en el exterior, cuestión que puede pasar en el ejercicio siguiente, o en los siguientes (en el caso de un inmovilizado). Y al revés en el caso de pérdidas, con lo cual suponen transvases de resultados y de reservas de unos años a otros, con lo que puede anticipar o diferir el efecto sobre las reservas totales del grupo ajustadas.

El problema es que este criterio, se va a efectuar con carácter retroactivo para los ejercicios 2015, 2016 y 2017, de tal modo que es posible que el grupo haya aplicado una minoración por reserva de capitalización, que con el nuevo criterio le correspondería en un año anterior o posterior.


Para un desarrollo más completo, se recomienda el trabajo de José Antonio López Santacruz, publicado en: https://acumbamail.com/envio/compartir/g5YtDwkzfbCw2ndavpc4s8mDL/
La polémica está servida.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 7 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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Las auditoras confirman su capacidad para crear empleo estable año tras año.



Según el ICJCE - Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España 12-7-2018, el sector de auditoría se confirma como uno de los pocos que no ha dejado de crear empleo, incluso en plena crisis. Así, en 2017 se crearon más de 1.900 nuevos puestos de trabajo, según el sondeo sobre el empleo que realiza desde el año 2012 el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de Madrid.

Según el ICJCE, "el sector de auditoría se confirma como uno de los pocos que no ha dejado de crear empleo, incluso en plena crisis. Así, en 2017 se crearon más de 1.900 nuevos puestos de trabajo, según el sondeo sobre el empleo que realiza desde el año 2012 el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de Madrid. El dato supone un incremento del 14% respecto al año anterior y la tendencia es claramente alcista, puesto que el 73% de las firmas consultadas confirma que espera aumentar plantilla en 2018".

El 65 % del empleo creado fue para los titulados a través de las prácticas en empresas, y más de la mitad fueron contratados. “Se pone de manifiesto que las prácticas son una excelente vía de acceso a la profesión, ya que permiten conocer la realidad del trabajo de auditor y pasar a formar parte de la plantilla una vez concluidos los estudios."

Más información PINCHANDO AQUÍ.

Si quieres formarte como auditor de cuentas, la Universidad de Valencia ofrece un postgrado ELearnig. En concreto, el Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230

Admite la posibilidad de realizar prácticas en empresas.

Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 7 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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jueves, 12 de julio de 2018

Declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2017. Pérdidas por deterioro de inversiones financieras cualificadas.



En estos momentos en los que nos encontramos enfrascados en la presentación de la declaración del Impuesto sobre sociedades de 2017, es conveniente recordar que a partir del 1 de enero de 2017, algunos deterioros o pérdidas de valor de ciertas inversiones financieras, se convierten en permanentes y no serán deducibles nunca.

Esto fue lo que nos trajo el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, de tal modo que a partir del 1 de enero de 2017 se convierten los deterioros y pérdidas de ciertas inversiones financieras en permanentes, como son la no deducibilidad de las pérdidas realizadas por el deterioro o la transmisión de participaciones en ciertas entidades.

Estas participaciones en estas entidades, deben ser las participaciones que tiene derecho a la exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas del artículo 21 (se trata de inversiones cualificadas, esto es se tenga un 5 % de participación o más, o 20 millones de euros).

También, queda excluida de integración en la base imponible cualquier tipo de pérdida que se genere por la participación en entidades ubicadas en paraísos fiscales o en territorios que no alcancen un nivel de tributación adecuado.

Todo esto es debido, a que si en este tipo de inversiones cualificadas, no se incorpora cualquier tipo de renta positiva que obtenga, pues tampoco se incorporará si la renta es negativa, debido a su tenencia o a la venta de las mismas, generándose de este modo un auténtico régimen de exención, al no ser aplicado ni a los beneficios ni a las pérdidas por deterioro o por cualquier otro motivo.

De tal modo, que a partir del 1 de enero de 2017 no serán deducibles nunca las pérdidas que se produzcan en este tipo de inversiones cualificadas (se posea un 5 % de participación o más, o 20 millones de euros).

En esta línea, se añadieron las letras k) y l) al artículo 15 Gastos no deducibles, a la LIS, del siguiente modo:

No serán deducibles:

“a. Art. 15 k). Las pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades respecto de la que se de alguna de las siguientes circunstancias:

1.º que, en el período impositivo en que se registre el deterioro, se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21 de esta Ley (5 % o 20 millones de euros), o

2.º que, en caso de participación en el capital o en los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, en dicho período impositivo no se cumpla el requisito establecido en la letra b) del apartado 1 del artículo 21 de esta Ley (tributación al menos del 10 %).

b.      Art. 15 l). Las disminuciones de valor originadas por aplicación del criterio del valor razonable correspondientes a valores representativos de las participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades a que se refiere la letra anterior, que se imputen en la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo que, con carácter previo, se haya integrado en la base imponible, en su caso, un incremento de valor correspondiente a valores homogéneos del mismo importe”.

Surgiendo de este modo una diferencia permanente positiva.

Por ejemplo:

Supongamos que, al cierre de 2017, una empresa ha contabilizado como gasto 105.124 € en concepto de pérdidas por aplicación del valor del valor razonable de acciones de una empresa en la que se tiene el 6 % de participación en la que previamente no se ha producido un incremento por aplicación del valor razonable.

SOLUCIÓN:

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Declaración del Impuesto de sociedades 2017: Si se quiere deducir bases imponibles negativas de ejercicios anteriores hay que presentar la declaración en plazo



El plazo de presentación para la declaración del IS deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por consiguiente, como regla general, cuando se trate de sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de declaraciones queda fijado en los veinticinco primeros días naturales del mes de julio.

Hay que recordar que es importantísimo presentar la liquidación del IS en tiempo y forma, porque si se tienen bases imponibles negativas de ejercicios anteriores que se quieran compensar en este año, no se podrá presentar la declaración fuera de plazo.

Así lo establece una Resolución de Tribunal Económico Administrativo Central, 1510/2013/00/00 de 04 de Abril de 2017, en la que se considera que  la compensación de bases imponibles negativas constituye una opción para el contribuyente, por lo tanto, y atendiendo al contenido del artículo 119.3 de la Ley General Tributaria, este derecho se puede ejercitar o se renuncia al mismo.

El artículo 119.3 de la Ley General Tributaria indica: "
 3. Las opciones que según la normativa tributaria se deban ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración no podrán rectificarse con posterioridad a ese momento, salvo que la rectificación se presente en el período reglamentario de declaración".

Atendiendo a esto, el TEAC entiende que si una empresa teniendo bases imponibles negativas pendientes de compensar, y en un ejercicio posterior tiene base imponible positiva y no ejerce el derecho de compensación, o, por el contrario, decida compensar únicamente una parte de las mismas, se entiende que renuncia al mismo, y no puede ejercerlo ya en el futuro, en la parte que pudo hacerlo y  no lo hizo, por ejemplo cuando posteriormente la AEAT le pueda modificar la base imponible en una inspección.

Aún más, también entiende que esa misma empresa que tiene bases imponibles negativas pendientes de compensar, y en un ejercicio posterior no presenta en tiempo y plazo la declaración, se entiende que también renuncia al mismo, aunque la presente de forma extemporánea posteriormente, pues al no presentar la declaración en tiempo el TEAC también entiende que renuncia a la compensación futura de dichas bases imponibles negativas en el ejercicio en cuestión.

En este último caso, el TEAC toma esta decisión para no generar un beneficio en las empresas que no presenta declaración en tiempo y forma, por comparación con las que sí que las presentan y no ejercen el derecho de compensación.

Resumiendo, en el caso de tener bases imponibles negativas, debes aplicártelas lo antes posibles, y debes presentar la declaración en tiempo y forma, porque en caso contrario se entiende que renuncias a la compensación y no te las podrás aplicar en el ejercicio en cuestión en la cantidad no aplicada.


Mucho cuidado con esto.



Un saludo cordial para todos los amables lectores.



Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 17 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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martes, 10 de julio de 2018

Caso práctico sobre valoración de inventarios en producción conjunta.



He realizado un caso práctico sobre “valoración de inventarios en producción conjunta.” para InformaEc Contables. Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 205 de 10 de julio de 2018.

 En el caso de una empresa que fabrique un producto y que de forma ineludible e inexorable se obtiene otro producto distinto al mismo tiempo y en el mismo proceso de fabricación, se produce un problema de valoración de los productos obtenidos, en cuanto a la imputación de los costes indirectos.

No es un problema nuevo, pero el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), lo trata de forma muy pragmática y clara en la Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción.

Según esta norma, es posible que, de forma inexorable e ineludible, al fabricar un producto, se puede obtener otro distinto. En estos casos tendremos que distinguir dos situaciones distintas:

1.       Que el producto que se obtiene de forma inexorable se trate de un producto o subproductos, pero que tiene un mercado y por lo tanto pueda ser vendido a un precio de mercado.

2.       Que el producto que se obtiene de forma inexorable se trate de residuos, desechos o desperdicios que no tienen un mercado y, por lo tanto, para la empresa no suponga un ingreso, sino más bien un coste adicional de retirada.

En el caso de que el producto obtenido sea la prestación de un servicio y que para ello requiera la retirada de residuos que se incorpora luego a la producción de un productos final distinto. El ICAC indica que se seguirá el mismo criterio de incorporación en el coste de la prestación del servicio el coste de los residuos. Se puede ver en la consulta del ICAC núm. 1 del BOICAC 113 de marzo de 2018 sobre la valoración de los residuos que obtiene una empresa en la prestación de un servicio. En este caso, el ICAC concluye que “…… en la medida que los residuos se obtienen del proceso de prestación del servicio, de acuerdo con el criterio que se ha reproducido, la empresa los incorporará al activo por su valor neto realizable, importe que se deducirá del coste de prestación del servicio”.

Se pueden ver tres casos distintos PINCHANDO AQUI.
https://www.economistas.es/contenido/EC/casos%20practicos/caso%20practico%20sobre%20producción%20conjunta.pdf
Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial


Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

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-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/cursos-1/18122230/home.htm

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-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 10 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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El IASB publica el proyecto de norma sobre la contabilización de instrumentos financieros con características de patrimonio.



El IASB ha publicado y sometido a consulta pública una norma sobre la contabilización de instrumentos financieros con características de patrimonio.

En la norma se distingue en los instrumentos financieros emitidos por la empresa, aquellos o la parte de ellos que deben de formar parte del patrimonio, y los que deben formar parte del pasivo.

Esta norma es muy interesante por su transcendencia futura.

Puede consultarse la norma PINCHANDO AQUÍ.

Estará abierta a cometarios hasta el 7 de enero de 2019.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable


-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230


-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html

-       Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html

-       Webinar dia 7 de septiembre de 2018. Prevención de blanqueo de capitales para auditores de cuentas, contables y asesores fiscales. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.