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viernes, 30 de junio de 2023

Caso práctico sobre el registro contable de las ayudas del programa Kit Digital

 


He realizado un caso práctico sobre contabilidad del préstamo participativo para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 381 de 30 de junio de 2023.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

Las ayudas al programa kit Digital se regularon mediante la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital). (en adelante la Orden)

Podemos leer en la Orden, que constituye su objeto “el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa”.

Se publicaron las bases reguladoras de las ayudas del ‘Kit Digital’ para digitalizar a pymes y autónomos, que se puede ver en:

https://portal.mineco.gob.es/ca-es/comunicacion/Pagines/211230_np_kit.aspx

https://portal.mineco.gob.es/RecursosNoticia/mineco/prensa/noticias/2021/211230_np_kit.pdf

Hay que resaltar la figura del ‘agente digitalizador’, de modo que las soluciones y servicios de digitalización para pymes y autónomos serán ofrecidas por entidades adheridas al programa ‘Kit Digital’, que se convertirán en ‘agentes digitalizadores’. Las compañías interesadas en ser identificados como ‘agente digitalizador’ podrán adherirse a través de la sede electrónica de Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, próximamente.

Para el periodo 2021-2023 el programa cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros para facilitar que pymes y autónomos adopten soluciones de digitalización en diversos ámbitos, como la presencia en Internet, el comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la digitalización de las relaciones con los clientes, el business intelligence y analítica, la implantación de la factura electrónica, los servicios y herramientas de oficina virtual, las comunicaciones seguras y la ciberseguridad.

No obstante, el programa de digitalización para Pymes se ha ampliado al periodo 2021-2025, de modo que Red.es actualiza la orden de bases que regula las ayudas del programa Kit Digital y que será aplicable para las nuevas convocatorias, puede verse en:

https://www.red.es/es/actualidad/noticias/redes-actualiza-la-orden-de-bases-que-regula-las-ayudas-del-programa-kit

En este sentido, “Red.es modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa Kit Digital, para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos, en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGeneration EU.”

Desde una perspectiva contable, se tratan de subvenciones no reintegrables si se aplican a los fines y objetivos establecidos en la Orden, por lo que se debe de aplicar los criterios contenidos en la Norma de Registro y Valoración 18ª Subvenciones, donaciones y legados recibidos, de tal modo que se consideraran patrimonio neto, neto del efecto impositivo (porque fiscalmente no es una operación no exenta en el Impuesto sobre Sociedades), hasta que se realicen los trabajos o servicios correspondientes.

Cuando estos se lleven a término, nos podemos encontrar con que se traten de:

-          Inversiones en activo fijo. El tratamiento contable será imputarlo a la cuenta de pérdidas y ganancias proporcionalmente a la amortización, deterioro o baja del inventario de dichos activos.

-          Gasto del ejercicio. El tratamiento contable será imputarlo a la cuenta de pérdidas y ganancias como una subvención de explotación.

Además, es necesario tener un control sobre todo esto, por lo que se requiere:

1.       Que todo lo relacionado con el kit digital se utilicen subcuentas apropiadas y diferenciadas del resto de subvenciones.

2.       Conservación durante 4 años de todos los justificantes relacionados con la subvención del Kit Digital.

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2023/2024:

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

https://youtu.be/p2uIKH0spXA

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

 

MICROCREDENCIAL UNIVERDITARIA EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/23127110/datos_generales.htm

 

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martes, 27 de junio de 2023

Cálculo de la deducción contemplada en el artículo 39.7 de la LIS sobre la financiación de artes escénicas, producciones cinematográficas, etc.

 


Hace poco tiempo publicamos un caso práctico sobre el registro contable de la deducción fiscal del articulo 39.7 LIS en los financiadores de espectáculos de artes escénicas. Puede verse en: http://gregorio-labatut.blogspot.com/2022/10/caso-practico-sobre-el-registro.html

Lo cierto es que en dicho caso práctico lo que pretendíamos es realizar una propuesta sobre el registro contable de esta deducción en la contabilidad del financiador, y en ningún caso manifestar como debería realizarse dicho calculo desde la perspectiva fiscal.

Recientemente, hemos tenido acceso a la interpretación que realiza la AEAT sobre el cálculo de la deducción para el financiador. Puede verse en esta nota: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-sociedades-2022/capitulo-06-liquidacion-is-determinacion-tributaria/cuota-liquida-casilla-00592/deducc-incentiv-determ-activ-sujetas-lis/deducc-incent-determinadas-actividades-periodo-impositivo/deducc-contribuy-participa-financ-producc-vivo.html

Y la verdad es que su lectura ha sido una total decepción, pues según se indica en esta nota de la AEAT el importe máximo que se indica en el artículo 39.7 que podrá deducirse el financiador “El importe máximo de la deducción generada por el productor que el contribuyente que participe en la financiación podrá aplicar será el resultado de multiplicar por 1,20 el importe de las cantidades que este último haya aportado para financiar los citados costes de producción…”, no se va a poder aplicar nunca al limitarlo al 30% de la parte proporcional que le corresponda al financiador sobre el total de los costes de que haya tenido el productor.

El ejemplo que expone la AEAT, es el siguiente:

El financiador aporta 55.000 y el promotor 45.000 (total 100.000)

La deducción correspondiente 30% s/ 100.000 = 30.000

La AEAT interpreta que el financiador podrá aplicarse (30.000) x (55.000x1,2)100.000) = 19.800 euros

Y el productor la diferencia “literal” (30.000 – 19.800) euros = 10.200 euros.

En conclusión, el financiador aporta 55.000 euros y solamente podrá recuperar de la AEAT, mediante deducción de la cuota del IS, 19.800 euros. La pregunta es ¿Qué financiador estará dispuesto a esto?, la respuesta es clara: NADIE.

Por lo tanto, ¿Dónde está el incentivo para que se produzca la financiación de artes escénicas producciones cinematográficas, etc.? En ningún sitio, no existe.

A no ser, que y me haya equivocado en la interpretación de la nota de la AEAT publicada en Agencia Tributaria: Deducción aplicable al contribuyente que participa en la financiación de producciones cinematográ...

Por favor, admito sugerencias sobre este tema, porque este incentivo, se convierte en desincentivo.

Un saludo cordial para los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2023/2024:

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

https://youtu.be/p2uIKH0spXA

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

MICROCREDENCIAL UNIVERDITARIA EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/23127110/datos_generales.htm

 


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lunes, 19 de junio de 2023

Caso práctico sobre contabilidad del préstamo participativo.

 


He realizado un caso práctico sobre contabilidad del préstamo participativo para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 380 de 19 de junio de 2023.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

La regulación mercantil de los préstamos participativos se realizó hace muchos años mediante el Art. 20 Real decreto Ley 7/1996.

Tiene las siguientes características:

1.       Se trata de una financiación subordinada, estará en último lugar en prelación de créditos en caso de liquidación de la sociedad, justo por delante de los socios.

2.       En el caso de amortización anticipada está sujeta a incremento de fondos propios. Se dotará una reserva con cargo a los resultados del ejercicio.

3.       El tipo de interés total, estará formado por un tipo de interés fijo o mínimo (opcional) más un interés variable o participativo (necesario) que estará en función de la evolución económica de la sociedad. Para ello, se puede aplicar cualquier índice representativo de la misma, EBITDA, EBIT, cifra de negocios, resultado, patrimonio neto, etc, etc.

A efectos de la legislación mercantil, se considera patrimonio neto en los casos de reducción o disolución de sociedades. Arts. 327 (causa reducción del capital en la sociedad anónimas), y   363 e) (causas disolución de sociedades) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Desde el punto de vista contable, es un pasivo, ya que existe una obligación por parte de la sociedad incondicional e ineludible en su devolución, por lo que cumple perfectamente las condiciones de pasivo del Marco Conceptual de la Contabilidad.

Para su registro contable, se clasificará como activos financieros al coste, y no en activos financieros a coste amortizado, como en un principio parece que debería ser. Puede verse la Norma de Registro y Valoración 9ª (tras la reforma contable de 2021) que dice lo siguiente: “Sin perjuicio de lo anterior, las aportaciones recibidas como consecuencia de un contrato de cuentas en participación y similares, se valorarán al coste, incrementado o disminuido por el beneficio o la pérdida, respectivamente, que deba atribuirse a los partícipes no gestores.

Se aplicará este mismo criterio en los préstamos participativos cuyos intereses tengan carácter contingente, bien porque se pacte un tipo de interés fijo o variable condicionado al cumplimiento de un hito en la empresa prestataria (por ejemplo, la obtención de beneficios), o bien porque se calculen exclusivamente por referencia a la evolución de la actividad de la citada empresa. Los gastos financieros se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con el principio de devengo, y los costes de transacción se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias con arreglo a un criterio financiero o, si no resultase aplicable, de forma lineal a lo largo de la vida del préstamo participativo”.

El motivo es claro, la imposibilidad de realizar una estimación fiable en un momento inicial el interés variable que devengará dicho préstamo. Es lógica la posición contable respecto al tratamiento de los préstamos participativos, ya que al ser los intereses contingentes bien porque se pacte un tipo de interés fijo o variable condicionado al cumplimiento de un hito en la empresa prestataria (por ejemplo, la obtención de beneficios), los préstamos participativos se clasificarán en la categoría de activos financieros al coste y no en la categoría de activos financiero a coste amortizado, entre otras cosas porque no es posible determinar un Tipo de Interés Efectivo (TIE).

En la misma línea se pronunció el ICAC en su consulta número 1 del BOICAC número 78/agosto 2009.

Por lo tanto, en estos casos más habituales:

1.     el prestamista valorará el préstamo al coste, incrementado por los resultados que deba atribuirse y menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.

2.     el prestatario valorará el débito al coste, incrementado por los intereses que deba abonar al prestamista de acuerdo con las condiciones contractuales pactadas.

En este caso, los costes de transacción se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias, generalmente de forma lineal a lo largo de la vida del préstamo participativo.

Nosotros pensamos que, para poder realizar esta operación, si el vencimiento es a largo plazo, es necesario crear en el balance una partida de “Periodificaciones a largo plazo”, no existente en el actual PGC, en atención a la Normas para la elaboración de las cuentas anuales de la tercera parte del PGC, punto 5.4

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2023/2024:

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

https://youtu.be/p2uIKH0spXA

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

 

MICROCREDENCIAL UNIVERDITARIA EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/23127110/datos_generales.htm

 

 

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domingo, 18 de junio de 2023

Abierto plazo de matricula del Diploma en Géstión financiera y contable de la Pyme con ERP para Pymes A distancia. "On line". Universidad de Valencia. 21ª Edición. Se viene impartiendo durante 20 años de forma ininterrumpida






DIPLOMA DE ESPECIALIZACION PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN GESTION FINANCIERA Y CONTABLE EN PYME. A distancia (20ª EDICION). Código 

23123150

Abierto plazo de matricula:
Diploma de Especialización en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

 

Son ya 21 años que se viene impartiendo el Diploma de forma ininterrumpida.

Resulta obvio el peso específico que las Pymes representan en el tejido empresarial de cualquier país económicamente desarrollado, como lo demuestra el hecho de suponer prácticamente el 99% de las empresas. No obstante, también resulta notable la elevada tasa de mortalidad que presenta este tipo de empresas, pues el 35% de ellas quiebra antes de alcanzar los cinco años de vida empresarial. Entre las causas de quiebra, cabe destacar la inadecuada gestión como consecuencia de una falta de cultura financiera.

Lamentablemente, demasiadas ideas de negocio excelentes se enfrentan a un estrangulamiento financiero cuando la empresa adquiere cierto tamaño que, inevitablemente, requiere de una gestión profesional. Por todo ello, consideramos que la Pyme necesita de una gestión profesional temprana que le ayude a salvar los escollos propios de su tamaño y garantice su continuidad y crecimiento.
Metodología: El curso se impartirá de forma virtual con apoyo de material físico al que se podrá acceder a través de la red, así como con apoyo de chats y foros en los que se debatirá, de forma conjunta, sobre los temas planteados. Asimismo, a cada alumno se le asignará un tutor de entre el cuadro de profesores para que le tutele y oriente ante cualquier duda o problema a lo largo del curso. La obtención del diploma, expedido por la Universidad de Valencia, exigirá la realización de una prueba escrita que el alumno enviará por correo electrónico a su tutor. Para ello, podrá consultar el material aportado en el curso.

El diploma se viene impartiendo durante 20 años de forma ininterrumpida. Durante el curso los alumnos dispondrán de un Software ERP (Entreprise Resource Planning) de la firma Anfix para poder realizar las practicas.



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Diploma en Auditoría de Cuentas. E Learning. Universidad de Valencia. Curso 202e/2024. Homologado por el ICAC como curso de formación obligatoria para el examen de acceso al ROAC. Abierta matricula









DIPLOMA EN AUDITORIA DE CUENTAS. E Learnig (12ª EDICION).Código 23122230. 
Abierto plazo  matricula: 


Este Diploma pretende formar a profesionales que quieran desarrollar su ejercicio en el ámbito de la auditoría de cuentas según la nueva Ley de Auditoría de Cuentas y, desde esta perspectiva, se dirige a todos aquéllos licenciados, graduados o diplomados que deseen especializarse en esta área. También pretende contribuir a satisfacer la creciente demanda de expertos en auditoría que anualmente requieren las compañías auditoras de cuentas. 

Hacerse auditor de Cuentas.

En la Página web del ICAC se pude ver la forma de hacerse auditor de Cuentas. Se puede ver en: Programas de enseñanza teórica homologados | ICAC

Entre los cursos de formación homologados por el ICAC para ello se se encuentra este título propio de la Universidad de Valencia



IMPORTANTE: 

“El título homologado por el ICAC como curso de formación teórica para el acceso al examen teórico y práctico del ROAC para auditores a los que se refiere el art. 9 del Reglamento de la Ley de Auditoría (Real Decreto 2/2021 de 30 de enero de 2021), para los módulos I.1: (I.1.1. Gestión de riesgos y control interno, I.1.2. Normas y procedimientos de auditoría, I.1.3 Normas de acceso a la auditoría de cuentas, I.1.4 Normativa sobre el control de calidad de la auditoría de cuentas, I.1.5 Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España, I.1.6 Normas de ética e independencia) así como las siguientes asignaturas del módulo I.2: I.2.2. Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas, I.2.3. Normas Internacionales de Información financiera y I.2.4. Otros marcos: Contabilidad de entidades financieras y de seguros, de entidades sin ánimo de lucro, de entidades públicas y de situaciones concursales,), según la Resolución de Resolución de 26 de julio de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen las características y condiciones que deben reunir los programas de enseñanza teórica para su homologación.  


Es un título propio de la Universidad de Valencia y no tienen la condición de dispensar de la primera fase del examen de acceso al ROAC

Beneficios de realizar el Diploma:
1. Permite presentarte al examen del ROAC. Si no se han cursado previamente las materias enumeradas anteriormente en un curso de postgrado homologado por el ICAC no es posible presentarse al examen del ROAC.
2. Si estás trabajando ya en una firma de auditoría, el haber cursado las materias anteriores podrá servir para que computen las horas que se realicen en el trabajo.
3.- Puedes cursarlo a distancia, con las facilidades que ello conlleva.

Opinión de los exalumnos:
Estoy encantadísimo con el diploma. Tiene una relación calidad precio imbatible. Los temarios, constantemente actualizados, están confeccionados por profesores del mundo académico y por profesionales en activo (de KPMG y PWC, entre otros). Algunos temas son bastante densos, dada la materia, pero magníficamente explicados y con muchos casos prácticos. Eso sí, cuando me han surgido dudas, la respuesta de los profesores ha sido sorprendentemente rápida. Los calendarios son muy flexibles (estoy cursando al mismo tiempo el Diploma de Experto Contable y haciendo prácticas en una asesoría) y permiten compaginar cualquier otra actividad siempre que, claro, se le dediquen al estudio unas horitas a la semana. No es difícil, pero tampoco puede uno relajarse. Y, por si fuera poco, está homologado por el ICAC.
Natalio Morote Serrano (Ex alumno 7ª edición) valoración:
20/06/2018 5


EL EMPLEO EN EL SECTOR DE AUDITORÍA.

Las auditoras crean más de 1.500 nuevos empleos en 2021. Se puede ver en: https://www.expansion.com/empresas/2022/04/21/626089bfe5fdea4a698b45a6.html

También se puede ver en: https://economistas.es/wp-content/uploads/2022/04/w-211expa.pdf


Empleo en el sector de la auditoría (contra el tópico).  •   Optar por un primer empleo en el sector de la auditoría es pues un extraordinario inicio para la carrera profesional.

https://www.eleconomista.es/ecoaula/noticias/11270396/06/21/Empleo-en-el-sector-de-la-auditoria-contra-el-topico.html

PwC contratará a 100.000 personas en los próximos cinco años.

https://www.expansion.com/empresas/2021/06/16/60c92aa8e5fdea72468b464d.html


Empleo en el sector de la auditoría (contra el tópico)

Optar por un primer empleo en el sector de la auditoría es pues un extraordinario inicio para la carrera profesional

https://www.eleconomista.es/ecoaula/noticias/11270396/06/21/Empleo-en-el-sector-de-la-auditoria-contra-el-topico.html



La auditoría de cuentas: una prometedora salida laboral. La Vanguardia. 20 de marzo de 2019

El sector de auditoría genera casi 1.700 empleos en 2018. EMPLEA A 28.544 PERSONAS/ Las firmas de servicios profesionales incrementaron sus plantillas un 6,2% el pasado año. Solo las ‘Big Four’ cuentan con 19.550 personas.



Según Europa Pres: El empleo en auditoría crecio un 14 % en el sector de la auditoria. Se puede ver en: 

El sector de auditoría se confirma como uno de los pocos que no ha dejado de crear empleo, incluso en plena crisis. Así, en 2017 se crearon más de 1.900 nuevos puestos de trabajo, según el sondeo sobre el empleo que realiza desde el año 2012 el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de Madrid.




Las auditoras confirman su capacidad para crear empleo estable año tras año.
Según el ICJCE - Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España 12-7-2018, el sector de auditoría se confirma como uno de los pocos que no ha dejado de crear empleo, incluso en plena crisis. Así, en 2017 se crearon más de 1.900 nuevos puestos de trabajo, según el sondeo sobre el empleo que realiza desde el año 2012 el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de Madrid.


La auditoría, una profesión de futuro. Se puede ver en: http://www.quieroserauditor.com/




KPMG, Deloitte, EY y PwC contratarán este año a más de 8.400 empleados

 
KPMG, Deloitte, EY y PwC contratarán este año a más de 8.400 empleados | Compañías | Cinco Días (elpais.com)
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La Universidad de Valencia impartirá la 15ª edición del Diploma E Learnig especializado en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como curso de formación obligatorio para el acceso al ROAC. Homologado por el REC.















1. ICAC: 

1.       “El título homologado por el ICAC como curso de formación teórica de acceso al examen del ROAC para auditores a los que se refiere el art. 9 del Reglamento de la Ley de Auditoría (Real Decreto 2/2021 de 30 de enero de 2021), para los módulos siguientes: 1.2.1 Plan General de Contabilidad y PGC Pymes, y el Módulo 1.3. Otras materias Contables (1.3.1. Análisis de estados financieros, 1.3.2. Contabilidad analítica de costes, presupuestaria y de gestión y 1.3.3. Técnicas valoración de empresas y confección de planes de viabilidad), según la Resolución de 26 de julio de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen las características y condiciones que deben reunir los programas de enseñanza teórica para su homologación. .


Puede verse en: 
Formación teórica y práctica | ICAC


 Necesario para completar las materias de  Licenciados en Economía, Derecho, diplomados etc. que deseen realizar la inscripción en el examen del ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas)

Es un título propio de la Universidad de Valencia y no tienen la condición de dispensar de la primera fase del examen de acceso al ROAC

Abierto plazo de matricula en: Diploma de Especialización Experto Contable con ERP | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)


2. REGISTRO DE EXPERTOS CONTABLES-REC.

Registro de Expertos Contables REC del Consejo General de Economistas y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas. Este Programa ha conseguido la homologación para la convalidación para las pruebas de acceso a aquellos alumnos que hubiesen cursado previamente en su titulación de grado, licenciatura o diplomatura de origen 24 créditos ECTS en materias relacionadas con la contabilidad.


3. EXPERTO CONTABLE ACREDITADO DE AECA.

Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas AECA. El título ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos Contables de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas AECA.

4. Registro de Experto Contable de AECE:

Asociación de Expertos Contables y Tributarios de España AECE: El Diploma ha conseguido la máxima puntuación para el acceso al Registro de Expertos Contables de la Asociación de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE)


Puede verse en: 

El Diploma está actualizado con las modificaciones en el PGC que se han producido mediante el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.

Así como la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios.


KPMG, Deloitte, EY y PwC contratarán este año a más de 8.400 empleados. La economía dispara la demanda de servicios de asesoría. Las Big Four buscan retener talento para crecer a dos dígitos

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/05/27/companias/1653668200_663177.html

 Puede verse en las noticias de Microsoft Star que entre los trabajos más demandados y mejor pagados en 2022 (y durante los 10 próximos años) se encuentra en de Contable y Auditor de Cuentas. Blog sobre Contabilidad tributación finanzas Valoración y blanqueo capital. GREGORIO LABATUT SERER: Los 10 trabajos más demandados y mejor pagados de 2022 (y durante los 10 próximos años) (gregorio-labatut.blogspot.com)


También, puede verse que los Expertos Contables durante la V Jornada anual del REC pedirán al Gobierno el reconocimiento oficial del Experto contable. Puede verse en: Blog sobre Contabilidad tributación finanzas Valoración y blanqueo capital. GREGORIO LABATUT SERER: Los expertos contables pedirán al Gobierno su reconocimiento oficial. (gregorio-labatut.blogspot.com)

Hay que recordar que el Diploma está homologado también por el REC

OPINIONES DE NUESTROS ALUMNOS

5 Valoración media (2 valoraciones)

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El diploma me está apasionando, me encanta, sirve de recuerdo y reciclaje, es interesante, al igual que muchas de las cosas ya las se, otras son un recordatorio para poder repasar algo que se usa poco, en definitiva, me resulta súper interesante. Gracias, buscaré más para el próximo año.

Mª Teresa Sáez Gutiérrez (Gerente de una asesoría)
valoración:
03/05/2018
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El curso me parece sensacional en cuanto al desarrollo que ha habido hasta ahora, supongo que el resto también cumplirá mis expectativas, de hecho ya estoy pensando en hacer al año que viene otro. Hay que dedicar bastante tiempo al curso, los contenidos son extensos, pero me gusta, más formados estamos. En ningún momento me podría imaginar que el curso era lo que realmente es, para mí tiene una puntuación de 5 sobre 5, Muy favorable, sobre todo para la gente como yo que trabajamos todo el día.

Sergio Quinto Berna
valoración:
03/05/2018







Según un informe elaborado por el departamento de Formación del sindicato CSIF “formarse como auxiliar de enfermería o realizar cursos de contabilidad pueden resultar especialmente útiles para encontrar trabajo, pues los sectores de la sanidad y el administrativo son los que más ofertas de trabajo ofrecen”


Para atender la creciente demanda de expertos contables y este curso está dirigido a todas aquellas personas que deseen especializarse en el área contable, las que necesiten reciclarse y ampliar o adaptar sus conocimientos contables al nuevo Plan General de Contabilidad 

 Con el Diploma pretende formar a los profesionales en el aspecto de experto contable para poder responsabilizarse de la contabilidad de una empresa, y el proceso de una revisión de la contabilidad.


El curso se compone de todas y cada una de las materias que requiere conocer el profesional contable y en su desarrollo se realizará un itinerario que abarcará las áreas contable. Para completar estos temas, se tratará también la consolidación cuentas, los costes empresariales, valoración de empresas, análisis de viabilidad de proyectos y el análisis contable. 

Además, teniendo en cuenta el cambio sustancial que se ha producido en el nuevo Plan General de Contabilidad, pues se ha sustituido la base jurídica por la financiera, el curso se completa con un módulo de matemáticas financieras que permitirá entender la nueva esencia financiera del nuevo Plan General de Contabilidad.

Se realiza una visión de conjunto de todos estos contenidos ampliando en algunos puntos importantes y desarrollando las particularidades de cada módulo, de modo que los que superen el diploma puedan tener una visión total de la contabilidad suficientes para poder tener acceso a los puestos de trabajo de experto contable o auditor de cuentas.

En definitiva, el objetivo del curso es formar, desde una perspectiva eminentemente práctica, a profesionales de la contabilidad y, para ello, la exposición teórica de cada tema se completará con un caso práctico real que permitirá asimilar los conocimientos adquiridos e implementarlos en la realidad empresarial.

Incluye un módulo de Introducción al software ERP (Entreprise Resource Plannig) y los estudiantes podrán realizar sus practicas a través del ERP proporcionado por la firma Anfix durante todo el curso hasta su finalización.

Matricula abierta en:

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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.