El ICAC ha admitido a trámite de audiencia un documento
titulado: proyecto de Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría deCuentas sobre el marco de información financieracuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento. de modo que se encuentra a disposición de los interesados
para el cumplimiento del trámite deaudiencia, durante 15 días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, en el
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,
El texto, que puede verse en: http://www.icac.meh.es/documentos/texto.pdf
pone de manifiesto el problema que se le presenta al auditor
cuando no se cumple en la empresa auditara uno de los conceptos básicos del
Marco Conceptual de la Contabilidad, como es el de empresa en funcionamiento.
De este modo, el objeto de la presente Resolución es aclarar
qué criterios se consideran adecuados en estos casos para formular las cuentas
anuales, y normalizar con ello el sistema de información contable o marco de
información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio
de empresa en funcionamiento.
La Resolución se divide en seis normas:
Primera. Objetivo y ámbito de aplicación
Segunda. Criterios específicos de aplicación del Marco
Conceptual de la Contabilidad a la empresa en “liquidación”
Tercera. Normas de registro y valoración de la empresa en
“liquidación”
Cuarta. Normas de elaboración de las cuentas anuales de la
empresa en “liquidación”
Quinta. Normas de formulación de cuentas anuales
consolidadas de la empresa en “liquidación”
Sexta. Nueva aplicación del principio de empresa en
funcionamiento
Las cuestiones que he considerado más relevantes, son las siguientes:




