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lunes, 17 de junio de 2013

¿Son fiables los registros informáticos de Hacienda?

Yo pensaba que sí, y que los registros informáticos de Hacienda tenían una fiabilidad máxima. Vamos, yo pensaba que lo que “Hacienda dice va a misa” y no hay más que hablar.
Pero parece ser que no está tan claro, dos noticias recientes me hacen dudar mucho sobre la fiabilidad de los registros de Hacienda.
Vamos a desarrollar estas dos noticias.
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Publicado el libro Normas Internacionales de Información Financiera actualizado a 2013. Libro rojo.

El IASB ha anunciado la publicación del Libro actualizado a 2013 sobre Normas Internacionales de Información Financiera.
Se presenta en dos volúmenes e incluye todas las modificaciones desde el 1 de enero de 2012. Entre otras, puede verse:
- Modificaciones en la NIIF 1.
- Estados Financieros Consolidados, acuerdos conjuntos e Información a proporcionar sobre Participaciones en otras entidades: Guía de Transición (Modificaciones a la NIIF 10, NIIF 11 y NIIF 12);
- Entidades de Inversión (Modificaciones a la NIIF 10, NIIF 12 y NIC 27), y
- Mejoras Anuales a las NIIFs Ciclo 2009-2011 (que contenía enmiendas separadas a la NIIF 1, la NIC 1, NIC 16, NIC 32 y NIC 34).
Puede verse pinchando aquí.
También existe versión en CD. Puede verse pinchando aquí.

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domingo, 16 de junio de 2013

El SEPBLAC publica una Guía de autoevaluación del sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En este documento, se indicaba que el riesgo o grado de exposición de los distintos sujetos obligados ante los intentos de blanqueo o FT es muy diferente en función del tipo de actividad.
Por lo que las estructuras, los procedimientos de control interno, herramientas y recursos a emplear en la prevención por parte de los distintos sujetos obligados deberán adaptarse a este distinto riesgo.
Para ello, resulta necesario que cada sujeto obligado elabora con carácter previo un informe de autoevaluación ante el riesgo de BCFT ajustado al negocio.
Pues bien, para ayudar a los sujetos obligados a la realización de este informe de autoevaluación, el SEPBLAC ha publicado una fichade autoevaluación del sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiacióndel terrorismo (PBC/FT).
Se trata de un modelo de autoevaluación del sistema de PBC/FT, que, como en el caso del documento de recomendaciones de control interno, los sujetos obligados tendrán que adaptar a la realidad de su negocio y al riesgo del mismo ante el BC/FT.
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El ICAC ejerce su labor de supervisor público.

Con la nueva Ley de Auditoría (Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio), se otorga al ICAC la responsabilidad de supervisión de los auditores y de las sociedades de auditoría.
En este sentido, el art. 27 indica que “todos los auditores de cuentas y sociedades de auditoría inscritos en el ROAC están sometidos a las actuaciones de control de su actividad de acuerdo con los criterios del plan de control de la actividad de auditoría de cuentas…”. De este modo,  quedan sometidos al sistema de supervisión pública, objetivo e independiente.

Esta supervisión se realizará, antes, durante y después de la realización de una auditoría. Pues bien, podemos leer en Expansión.com que“Economía expedienta a Deloitte por el 'Caso Bankia'”. A continuación se dice: “El ICAC, organismo dependiente del Ministerio de Economía que se encarga de la supervisión de las auditoras, decidió abrir un expediente sancionador a la firma presidida por Fernando Ruiz, que auditó a Bankia hasta 2012”.
Se trata del ejercicio por parte del ICAC de su labor de supervisión después de una auditoría. Parece ser que esta supervisión se está realzando por la auditoría realizada cuando se produjo la salida a bolsa en 2011 de Bankia, pues podemos leer en el mismo artículo: “Fuentes conocedoras del proceso confirmaron a EXPANSIÓN que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas (ICAC) tomó esta decisión al sospechar la existencia de irregularidades técnicas en el trabajo del revisor de cuentas de la entidad, durante el proceso de salida a bolsa, en julio de 2011”.
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viernes, 14 de junio de 2013

¿Es lícito que un profesional facture sus honorarios a la sociedad de profesionales a la que pertenece, a través de otra sociedad interpuesta?

Este es un caso bastante habitual, la del profesional que factura sus honorarios a través de una sociedad, ¿es esto ilícito?

Todo este lio se ha producido, en mi opinión, como consecuencia de que la AEAT en su nota aclaratoria CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTOFISCAL DE LOS SOCIOS DE ENTIDADES MERCANTILES, que estableció un modelo complicado para calificar la relación de los socios de una sociedad de profesionales con dicha sociedad, en principio, está relación debe calificarse generalmente como de rendimientos de trabajo, a no ser que no se cumplan los criterios de dependencia y ajenidad que caracterizan a estos rendimientos.
Esto es, que para que se califique como rendimientos de trabajo, no debe existir “ordenación por cuenta propia” del trabajo, ni debe existir “medios de producción en sede del socio.
Los indicios comunes de dependencia más habituales en la doctrina jurisprudencial son seguramente la asistencia al centro de trabajo del empleador o al lugar de trabajo designado por éste y el sometimiento a horario. Sería el caso de establecimientos de hostelería, reparación de vehículos, socios trabajadores de cooperativas, etc.
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jueves, 13 de junio de 2013

A vueltas con el IVA criterio de caja.

Parece ser que va en serio, y en el anteproyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (lo podemos leer en la página web de la Moncloa), nos traerá, entro otras, las siguientes novedades:
-        Empresario de responsabilidad limitada.
-        Sociedad limitada de formación sucesiva: nuevo subtipo societario con constitución de sociedades por un euro.
-        Puntos de atención al emprendedor.
-        Segunda oportunidad: Acuerdo extrajudicial de pagos.
-        Incentivos a la inversión en beneficios de la empresa.
-        Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial,
-        Incentivos fiscales para la cesión de activos intangibles ("Patent Box")
-        Incentivos fiscales a los "business angels"
-        El tan manido Iva por criterio de caja.
Realmente, todo esto, ¿va a tener una repercusión real sobre la economía de las pymes y en los emprendedores? , esperemos que sí, pero vamos a analizar el tema del IVA por criterio de caja.
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miércoles, 12 de junio de 2013

Nueva consulta del ICAC comentada: Sobre si determinadas sociedades participadas mayoritariamente por personas físicas vinculadas por una relación de parentesco, constituyen un grupo de sociedades de los previstos en el artículo 42 del Código de Comercio (CdC).

Siguiendo con nuestra intención de explicar  las consultas del ICAC con casos prácticos,  hemos comentado la consulta número 4 del BOICAC número 92/diciembre 2012, sobre si determinadas sociedades participadas mayoritariamente por personas físicas vinculadas por una relación de parentesco, constituyen un grupo de sociedades de los previstos en el artículo 42 del Código de Comercio (CdC).
Como de costumbre, podéis consultarla en Aplicación práctica de las consultas del ICAC de esta dirección:
Esperamos que puedan ser de interés.
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martes, 11 de junio de 2013

Nueva consulta del ICAC comentada: Sobre el tratamiento contable de un determinado contrato de compraventa de participaciones en el que se estipuló el precio, entre otras circunstancias, en función de los resultados de la sociedad objeto de la compraventa.

Siguiendo con nuestra nueva sección aplicación práctica de las consultas del ICAC, hemos comentado la consulta número 3 del BOICAC número 92/DICIEMBRE 2012: Sobre el tratamiento contable de un determinado contrato de compraventa de participaciones en el que se estipuló el precio, entre otras circunstancias, en función de los resultados de la sociedad objeto de la compraventa.
Como de costumbre, podéis consultarla en Aplicación práctica de las consultas del ICAC de este blog.

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domingo, 9 de junio de 2013

Comunidad de Bienes. Aspectos contables y fiscales.

Se trata de una Comunidad de Bienes, en la que el 50 % lo posee una Sociedad Limitada. El objeto de la Comunidad de Bienes el alquiler de un local comercial, previamente adquirido por la misma.
La comunidad de bienes mensualmente emite facturas por el alquiler del local a terceros, incluyendo el IVA correspondiente.
Hay que recordar que la comunidad de bienes queda regulada en los arts. 392 a 406 del Código Civil. En el art. 392 se indica que “Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas”.
A diferencia de la sociedad limitada, la comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica propia, correspondiendo la misma a los comuneros (personas físicas o jurídicas participantes en la comunidad).
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Publicados los modelos de declaración del Impuesto sobre sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no residentes (IRNR).

En la exposición de motivos, se realiza un resumen de todos los cambios tributarios realizados en el IS en el ejercicio 2012, por lo que es interesante su lectura.
Se aprueban los modelos:
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sábado, 8 de junio de 2013

Nueva página web del Comité de Interpretación de Normas del IFRS.

En esta nueva página web puede verse de forma detallada las actividades del Comité de Interpretación de Normas del IFRS. Esta página se ha desarrollado con el objetivo de facilitar a los usuarios localizar información sobre el Comité de Interpretaciones. Pueden verse pinchando aquí.
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Modificación de la normativa contable de las entidades de crédito (Circular 4/2004).


De la exposición de motivos de la norma, extractamos lo siguiente: España adquirió el compromiso ante la Unión Europea de mejorar la cantidad y la calidad de los datos que se declaran a la Central de Información de Riesgos CIR en el marco del Memorando de Entendimiento sobre Condiciones de Política Sectorial Financiera, de 23 julio de 2012, como consecuencia de la solicitud de asistencia financiera europea formulada por el Gobierno español.
Para dar cumplimiento a lo anterior, se han modificado la Ley 44/2002 y la Orden ECO/697/2004, con el objeto de habilitar al Banco de España para fijar contenidos y umbrales de declaración distintos en función de las diferentes finalidades de la CIR, y  para establecer que los datos se declaren en unidades de euro, lo que facilita que se puedan incrementar sustancialmente los datos necesarios para mejorar la contribución de la CIR a la estabilidad financiera del sistema crediticio español.
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viernes, 7 de junio de 2013

Aplicación práctica de la Resolución del ICAC sobre inmovilizado material e inversiones inmobiliarias. Determinación del coste de producción.

Siguiendo con los comentarios, esquemas y casos prácticos sobre la Resolución de 1 de marzo de 2013 de la Presidenta del ICAC por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, comentamos la determinación del coste de producción.
Puede verse aquí.
Espero que pueda ser de utilidad.
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jueves, 6 de junio de 2013

MEMORIA DE INVESTIGACIÓN AÑO 2012.


Artículos publicados en revistas:

1.      AUTOR: Julian Martinez Vargas, Gregorio Labatut Serer, Elisabeth Bustos Contell: “Cooporate Income Tax Accounting in Spain: An empirical study”. International Journal of Critical Acccounting, volumen 4 núms. 5/6, 2012. ISSN online: 1757-9856 ISSN print: 1757-9848
indexed in: Academic OneFile (Gale), Expanded Academic ASAP (Gale), Google Scholar, RePEc


2.      AUTOR: LABATUT SERER, G. “Aplicación práctica de las consultas del ICAC sobre el Plan General de Contabilidad. Consultas contenidas en el BOICAC núm. 85 Marzo 2011 (Cuarta parte). Revista Actum Mercantil y Contable. Ediciones Francis Lefebvre, núm. 18, Enero- Marzo 2012, pp. 85 a 92


3.      AUTOR: LABATUT SERER, G. “Aplicación práctica  de las consultas del ICAC sobre el Plan General de Contabilidad. BOICAC núm. 86. Junio 2011”. Revista Actum Mercantil y Contable. Ediciones Francis Lefebvre, núm. 18, Enero-Marzo 2012, pp. 93 a 104

4.      AUTOR: LABATUT SERER, G. “Aplicación práctica  de las consultas del ICAC sobre el Plan General de Contabilidad. BOICAC núm. 87. septiembre 2012”. Revista Actum Mercantil y Contable. Ediciones Francis Lefebvre, núm. 19, Abril-Junio 2012, pp. 78 a 93

5.      AUTOR: LABATUT SERER, G. “Aplicación práctica  de las consultas del ICAC sobre el Plan General de Contabilidad. BOICAC núm. 88”. Revista Actum Mercantil y Contable. Ediciones Francis Lefebvre, núm. 20, Julio- Septiembre 2012, pp. 85 a 97

LIBROS:

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Jornada sobre blanqueo de capitales en la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Orihuela (Alicante).


El pasado día 22 de mayo, en la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Orihuela (Universidad Miguel Hernández de Elche), tuvo lugar una Jornada sobre blanqueo de capitales impartida por el profesor Gregorio Labatut Serer.
En ella se puso de manifiesto las obligaciones de los sujetos obligados a la Ley 10/2012, los indicios de delito de blanqueo de capitales, la problemática de los paraísos fiscales, y las recomendaciones del SEPBLAC.
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martes, 4 de junio de 2013

Aprobada la resolución de 28 de mayo de 2013 del ICAC sobre inmovilizado intangible.

En la misma, que complementa a la Resolución de 1 de marzodel ICAC por la que se dictan normas del inmovilizado material e inversionesinmobiliarias, se trata entre otros temas, los criterios de valoración del fondo de comercio, derechos adquiridos a título gratuito, Gastos de investigación, Gastos de desarrollo, propiedad industrial, propiedad intelectual, obras audiovisuales, fondos editoriales, derechos de traspaso, aplicaciones informáticas, concesiones administrativas, contratos de franquicia, derechos de emisión de gases efecto invernadero, derechos de adquisición de jugadores, derechos de participación en competiciones, derechos de organización de acontecimientos deportivos, derechos de replantación en vitivinícolas, etc.
Actualmente estoy impartiendo cursos sobre todos estos temas.
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Gracias a todos vosotros, hemos superado las 100.000 visitas en el blog.

Muchas gracias a todos vosotros, hoy día 4 de junio de 2013 el blog ha superado la cifra de 100.000 visitas. Esto a sido posible a todos vosotros que amablemente habéis elegido visitar este blog, con lo que se ha hecho posible superar el listón de las 100.000 visitas.
Espero que en un futuro los contenidos del blog sean de vuestro interés y os puedan ayudar en vuestro trabajo, por lo menos con ese objetivo se realiza.

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domingo, 2 de junio de 2013

NIIF para Pymes traducidas al español.


El IFRS (Internacional Financial Reporting Standar) ha traducido las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para pymes a los distintos idiomas, entre ellos al español. Puede verse pinchando aquí.
Para ello hay que darse de alta en el IFRS indicando un código de entrada.

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Aplicación práctica de la Resolución del ICAC sobre inmovilizado material e inversiones inmobiliarias. Provisión por desmantelamiento, retiro y rehabilitación

Siguiendo con los comentarios, esquemas y casos prácticos sobre la Resolución de 1 de marzo de 2013 de la Presidenta del ICAC por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, comentamos ahora el tratamiento de la provisión por desmantelamiento, retiro y rehabilitación.
Puede verse aquí.
Espero que pueda ser de utilidad.
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El pasado día 30 de mayo se celebró en Valencia la I Jornada de Actualización sobre la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y F. T. para Asesores Fiscales, Contables y Auditores de Cuentas.

Efectivamente el día 30 de mayo de 2013 se celebraron en Valencia las I Jornada de Actualización sobre la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y F. T. para Asesores Fiscales, Contables y Auditores de Cuentas. La organización la realizó la Fundación de la Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, y fue dirigida por el profesor Gregorio Labatut Serer.
La inauguración de la Jornada se produjo a las 9,30 de la mañana a cargo del Excmo. Sr. Máximo Ferrando, vicerrector de Economía de la Universidad de Valencia, quien destacó que “….es importante resaltar que el delito de blanqueo de capitales no consiste sólo en aflorar unos capitales de origen delictivo, sino que también es delito de blanqueo de capitales el hecho de ocultar o encubrir la naturaleza, el origen, la localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva”. 
También hizo alusión al hecho de que “Se trata de una jornada eminentemente práctica que ha sido organizada por la Fundación Universidad Empresa ADEIT, con el ánimo de favorecer la transferencia de conocimientos entre el sector académico y profesional. Precisamente, este es uno de los objetivos de ADEIT, que recientemente ha celebrado su 25 cumpleaños al servicio de la comunidad valenciana, de sus empresas y profesionales. La Universidad de Valencia, a través de ADEIT, promueve esta transferencia de conocimientos en los dos sentidos, ya que a los académicos nos permite enseñar lo que sabemos pero, al mismo tiempo, nos permite nutrirnos de Vds., los profesionales, en esa parte práctica que nos falta”.
A continuación tuvo lugar la primera ponencia a cargo del profesor de la Universidad de Valencia y director de la Jornada Gregorio Labatut Serer, que destacó las Obligaciones impuestas por la Ley 10/2010 a los sujetos obligados, la comunicación de operaciones sospechosas, los indicios de delito de blanqueo de capitales. También destacó las novedades del Borrador de la nueva Directiva contra el blanqueo de capitales, finalizando con el problema de los paraísos fiscales.
A continuación tuvo lugar la segunda ponencia de la mañana a cargo de D. Manuel Caro, ex director del SEPBLAC, quien presentó el nuevo Documento sobre “Recomendaciones sobre las medidas de control interno para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo”, haciendo hincapié en que la necesidad de elaborar con carácter previo, por parte de cada sujeto obligad, un informe de autoevaluación ante el riesgo de BCFT ajustado a su negocio. Las exigencias no son iguales para todos, y dependen del riesgo que tengan los clientes de cada sujeto obligado. La conclusión de ese informe previo será el grado de riesgo a que está expuesto el sujeto obligado, con arreglo al cual habrá que establecer las medidas adecuadas para abordarlo. El documento eminentemente práctico y adaptado al negocio, por lo que se convierte en una radiografía del negocio desde la óptica del BCFT.
En este sentido, hay que poner de manifiesto que no son útiles los manuales estándares y que se trasmiten de un sujeto obligado a otro, debe tener un carácter de utilidad en función del riesgo de cada sujeto obligado.
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.