Siguiendo con los comentarios, esquemas y casos prácticos sobre la Resolución de 1 de marzo de 2013 de
la Presidenta del ICAC por la que se dictan normas de registro y valoración del
inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, comentamos ahora la ampliación
y mejora del inmovilizado material.
Blog sobre Economía de empresa: Contabilidad, Auditoría, fiscalidad, finanzas y valoración de la empresas.
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viernes, 20 de septiembre de 2013
Aplicación práctica de la Resolución del ICAC sobre inmovilizado material e inversiones inmobiliarias. Ampliación y mejora del inmovilizado material.
Etiquetas:
inmovilizado,
Inmovilizado material
martes, 17 de septiembre de 2013
AECA organiza la Jornada práctica sobre “Confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo”.
La Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas
(AECA) comienza las 14ª Edición de las Jornadas Prácticas de ActualizaciónProfesional homologadas por el ICAC como horas de formación.
Las Jornadas comenzaran en Madrid el jueves 10 de octubre
con la “Confección de un plan de viabilidad empresarial con hoja de cálculo”.
Correrá a cargo del profesor Gregorio Labatut Serer.
lunes, 16 de septiembre de 2013
Abierto plazo de matricula del Diploma en Auditoría de Cuentas. E Learnig (3ª Edición). Homologado por el ICAC
Abierto plazo de matricula del Diploma en Auditoría de Cuentas. E Learnig (3ª Edición). Homologado por el ICAC
Un artículo publicado en El Economista, indica que Las cuatro grandes crearán 2.000 empleos en España en el próximo año, y que en el que se cierra han creado 2.300 puestos de trabajo
DIPLOMA EN AUDITORIA DE CUENTAS. A distancia (3ªEDICION).Código 13122230.
Abierto plazo prematricumatricula:
http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/13122230/datos_generales.htm#.UajXxUAtzeA
El Diploma es a distancia, pero será necesario un examen presencial por imperativo del ICAC para homologar el curso para convalidar el priemr examen de acceso al ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas).
Prematricula en:
Este Diploma pretende formar a profesionales que quieran desarrollar su ejercicio en el ámbito de la auditoría de cuentas según la nueva Ley de Auditoría de Cuentas y, desde esta perspectiva, se dirige a todos aquéllos licenciados, graduados o diplomados que deseen especializarse en esta área. También pretende contribuir a satisfacer la creciente demanda de expertos en auditoría que anualmente requieren las compañías auditoras de cuentas.
IMPORTANTE:
Con la colaboración de:


El Diploma es a distancia, pero será necesario un examen presencial por imperativo del ICAC para homologar el curso para convalidar el priemr examen de acceso al ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas).
Prematricula en:
Este Diploma pretende formar a profesionales que quieran desarrollar su ejercicio en el ámbito de la auditoría de cuentas según la nueva Ley de Auditoría de Cuentas y, desde esta perspectiva, se dirige a todos aquéllos licenciados, graduados o diplomados que deseen especializarse en esta área. También pretende contribuir a satisfacer la creciente demanda de expertos en auditoría que anualmente requieren las compañías auditoras de cuentas.
IMPORTANTE:
Este Diploma está homologado por el ICAC y la ANECA a los efectos de convalidación del primer examen de acceso al ROAC (módulos 1 Auditoría de Cuentas y 3, Consolidación contable, Normas Internacionales de Información Financiera, y Otros).
Puede verse la homologación en:
http://www.icac.meh.es/Temp/20120914141447.PDF
Puede verse la homologación en:
http://www.icac.meh.es/Temp/20120914141447.PDF
Metodologia:
La metodología de estudio consistirá en tomar como referencia de trabajo los módulos didácticos que se harán llegar al alumno elaborado por los distintos profesores del curso de forma “online”. Para ello existe una plataforma e-larnig muy avanzada con las últimas tecnologías de soporte para el aprendizaje “on line.
A partir de ahí, el alumno tendrá como elemento de desarrollo de las diferentes materias el Aula Virtual del curso donde se le hacen constar los manuales y estudios complementarios, el Foro de Debate donde los profesores irán haciendo aportaciones para complementar las diferentes materias de las que consta el curso y el apartado de Tutorías del Aula Virtual donde podrán consultar directamente con los profesores las posibles dudas que pudieran tener.
Bonificaciones para empresas. Bonificaciones por formación
Todas las empresas cuyos trabajadores coticen en el Régimen General de la Seguridad Social y estén realizando un curso de postgrado disponen de un crédito de formación y pueden acogerse al Sistema de Bonificaciones, tal y como se establece en Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, (BOE n. 87, 11/04/2007) y por las diferentes disposiciones que lo desarrollan. Las empresas son las encargadas de solicitar, mediante la comunicación telemática, las posibles acciones formativas a las que se pueden acoger. La información sobre esas ayudas las puede encontrar en:
Prácticas en empresa:
Posibilidad de prácticas en empresas e instituciones, para ello, la Universidad de Valencia, ha suscrito Convenio entre la Universidad la empresa/institución para el desarrollo de las prácticas. Dicho Convenio se gestionará por el Director de los estudios a través de la Fundación Universidad Empresa de Valencia y deberá recoger los datos básicos de la actividad a realizar durante las prácticas así como las firmas de los alumnos, tutores de la empresa y tutores de la Universidad.
Ayudas a estudiantes:
Además, el Vicerrectorado de Postgrado de la Universitat de València ha publicado la convocatoria de ayudas para estudiantes matriculados en cursos de postgrado propios del curso académico 2011/2012. Podéis consultarla pinchando en el siguiente enlace:
Para cualquier aclaración, poneros en contacto con el Centro de Postgrado de la Universitat de València, (adela.andres@uv.es, teléfono 963 86 48 01).
Estamos a su disposición para cualquier aclaración, también en el blog:
http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/p/cursos-de-postgrado-distancia-2012-2013.htmlCon la colaboración de:


COLABORADORES:
"Diploma adscrito por convenio al Programa de Becas AECA (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas). En virtud del convenio todos los alumnos podrán acceder a las publicaciones, revistas y documentos de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, y entrar en los procesos de selección de las empresas participantes en su Programa de Becas".
domingo, 15 de septiembre de 2013
Clasificación contable de los inmuebles destinados al alquiler, en empresa con esa actividad.
Se trata de una empresa cuya actividad principal es la de arrendamiento de inmuebles, contando con los medios necesarios en cuanto a persona y local para el ejercicio de la misma.
Se trata de saber cual debe ser el tratamiento contable en el balance de los inmuebles que dispone para dicha actividad, y delimitar si deben quedar contabilizados dentro del Inmovilizado material o deben reclasificarse a Inversiones Inmobiliarias, siguiendo el criterio que parece haber adoptado el ICAC en su consulta nº 9 del BOICAC número 74/junio 2008
Se ha casado Esteban.
Marianela y Esteban Romero se casaron ayer sábado, al
anochecer bajo el cielo de Granada, y quisieron compartir su Felicidad con
Familiares y amigos. El acto fue muy entrañable
y emotivo.
Esteban y Marianela quisieron compartir con nosotros su
felicidad y sus ilusiones. Y se lo agradecemos profundamente, porque tuvimos
ocasión de asistir a una boda muy especial y única. Yo no había asistido a
ninguna otra parecida, fue muy especial, como especial es Esteban. Todos lloramos de
emoción y alegría e incluso en el atardecer también quisieron llorar las
estrellas, ya que el cielo de Granada nos ofreció una ligera lluvia. Pero pasó
con rapidez y quedo una noche preciosa, como es Granada.
Esteban nos presentó a Marianela, una persona también muy
especial. Nos alegramos todos de que Esteban comparta su vida, a partir de hoy,
con una persona quizá tan especial como lo es él.
Esteban y Marianela comenzaron su andadura juntos,
comenzaron un nuevo camino juntos, y juntos les auguramos el resto de sus vidas,
y les deseamos que este nuevo camino sea largo e intenso. Seguro que el camino
tendrá curvas y dificultades, pero tienen
que andarlo juntos, y juntos las superarán.
Gracias Esteban, gracias Marianela, por haber querido compartir
una noche mágica con nosotros. Gracias Esteban por ser como eres, y gracias
Esteban por proporcionarnos tu amistad y lo mejor de ti mismo.
Tus amigos Elisabeth y Gregorio.
miércoles, 11 de septiembre de 2013
Las ventajas de la formación “on line” (E-Learning)
En tiempos de crisis como los actuales, la formación es
fundamental, y hoy en día en el que “el tiempo es oro” y los desplazamiento son
un verdadero coste, la
ventaja de cualquier curso de postgrado on line (a distancia) es la
independencia y libertad de organización personal de los alumnos. Cada alumno adapta la dedicación al curso en
función de su disponibilidad de tiempo. A esto hay que añadir la comodidad de
no tener que desplazarse. Es decir, para aquellas personas que necesiten
formarse sin ir, la enseñanza on line va a ellos.
La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, realiza una gran oferta de cursos de postgrado a distancia. La Rapidez, eficacia y
flexibilidad horaria son algunas de las características que caracterizan a este
tipo de enseñanza.
Además
la confianza que facilita la plataforma E-Learnig de ADEIT en cuanto a
accesibilidad, la tranquilidad de saber que “todos los contenidos van a estar
unificados y perfectamente maquetados”
Se
puede ver todas estas ventajas en las Noticias de ADEIT, donde se resalta que,
este tipo de enseñanza se dirige a todos los posibles alumnos de la Comundad
Valenciana, de España e incluso de otros países latinoamericanos, ya que es muy importante adaptar y preparar la
formación para que se pueda disponer de
todo el material en cualquier parte del mundo.
La plataforma del Aula Virtual de ADEIT ofrece, siempre en coordinación con la dirección del curso, servicio de asistencia y apoyo en contenidos técnicos(actualización de datos, atender dudas de carácter técnico, etc.); en seguimiento y dinamización (supervisar el avance de los alumnos, orientándolos y animándolos en la consecución de sus objetivos, etc.); en orientación
informando a los docente sobre el funcionamiento de los recursos de la plataforma;
en la evaluación (con informes de evaluación y propuestas de mejora del curso);
y en el análisis con estadísticas de acceso a las diferentes herramientas y
contenidos del curso. Entre las principales herramientas, la plataforma puede
contar con soportes audiovisuales, con
la grabación de videoconferencias y entrevistas con los alumnos para resolver
sus dudas, sin necesidad de la presencia física del alumno.
domingo, 8 de septiembre de 2013
El concepto de “diligencia debida” en la Ley de prevención del blanqueo de capitales
Se exige a los sujetos obligados, entre los que se
encuentran los asesores fiscales, contables externos y auditores de cuentas,
una diligencia debida en relación con sus clientes, ello conlleva un conjunto
de actuaciones que deben desarrollar los sujetos obligados a fin de evitar las
posibles operaciones de blanqueo de dinero.
La diligencia debida con respecto a los clientes dignifica que no se puede mirar hacia otro lado ante un delito de blanqueo de capitales. No solamente eso, sino que se debe tomar una posición activa ante el blanqueo de capitales, a fin de prevenirlo, con lo cual se exige a los sujetos obligados una serie de obligaciones con respecto a sus clientes, lo que conlleva aplicar a todos los clientes una serie de medidas.
sábado, 7 de septiembre de 2013
El ICAC publica la lista de los aspirantes dispensados de la primera fase del examen de acceso al ROAC.
Efectivamente, el ICAC acaba de publicar la lista provisional de los aspirantes dispensados de la primera fase del examen de acceso al ROAC.
Puede verse en la página web del ICAC o pinchando aquí.
Un saludo y mucha suerte a los aspirante.
Gregorio Labatut Serer
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Puede verse en la página web del ICAC o pinchando aquí.
Un saludo y mucha suerte a los aspirante.
Gregorio Labatut Serer
jueves, 5 de septiembre de 2013
Obligación de presentar Cuentas Anuales Consolidadas.
Hay obligación de presentar Cuentas Anuales consolidadas cuando existe un grupo de sociedades.
Existe un grupo de sociedades cuando una sociedad (dominante) ejerce el control sobre otra/s (dependientes) en el sentido establecido en el art. 42 del Co.Co.
- Posea la mayoría de los derechos de voto.
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Existe un grupo de sociedades cuando una sociedad (dominante) ejerce el control sobre otra/s (dependientes) en el sentido establecido en el art. 42 del Co.Co.
- Posea la mayoría de los derechos de voto.
- Posea la facultad para nombrar (o destituir) a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
- Pueda disponer de la mayoría de los derechos de voto, en virtud de acuerdos con otros socios.
- Haya nombrado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración en el año de consolidación y en los dos anteriores.
Este texto del art. 42 del Co.Co, es el actual y es aplicable a partir del 1 de enero de 2008, pero antes de esta fecha el mencionado art. 42 fue modificado por la Ley 62/2003 de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y de orden social, y según dicha redacción anterior, también existía grupo y obligación de consolidar, en aquellos casos en los que las sociedades se encontraran bajo una dirección única por cualquier otro medio que no sea el del control de una sobre otra. Esto puede producirse cuando no exista participación directa o indirecta de una sociedad sobre otra, pero exista una unidad de decisión por cualquier otro medio, como por ejemplo, que estén regidas por el mismo Consejo de Administración o el mismo administrador único. Este caso es el que se conoce como “grupos de coordinación o grupos horizontales”, en contraposición a los grupos en los que existe control que se denominan “grupos verticales”.
Estos grupos horizontales o de coordinación, tenían obligación de consolidar hasta el 31 de diciembre de 2007, fecha en la que fue modificado el citado art. 42 del CoCo, puesto que tras la última modificación de dicho artículo mediante la reforma mercantil impuesta por la Ley 16/2007, quedaron suprimidos.
Curso “on line” de formación sobre prevención de blanqueo de capitales para asesores fiscales, contables y auditores de cuentas. Universidad de Valencia. Fundación Universidad Empresa- Adeit.
La Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del
blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, en su art. 29 Formación
de los empleados, indica que entre las diversas obligaciones que se imponen a
los sujetos obligados, se encuentra la de realizar un curso de formación anual
para instruirles sobre la forma de proceder en los casos de blanqueo de
capitales.
Entre los sujetos obligados por la Ley se encuentran
los asesores fiscales, contables externos y auditores de cuentas. El
incumplimiento de esta formación anual, según la Ley, se califica como una
infracción grave (art. 52 de la Ley), y se castiga con multas desde 60.001 a
150.000 euros.
El objetivo del curso se centra en la formación on
line (e-learning) que deben recibir las personas obligadas en materia de
blanqueo de capitales, así como sus empleados en los casos contemplados por el
nuevo Reglamento, para que amplíen sus conocimientos en este tema y puedan
ponerlos en práctica en su quehacer profesional, al mismo tiempo que puedan
cubrir el imperativo legal de dicha formación
Con esta finalidad, tras realizar de forma on line las
pruebas oportunas, se recibirá un diploma de la Fundación Universidad Empresa
ADEIT de la Universitat de València justificativo de la formación para
directivos y empleados, a los efectos del cumplimiento de las obligaciones
descritas en la Ley 10/2010.
El curso durará desde el 15 de octubre de 2013 al 15
de diciembre de 2013 (dos meses)
Puede verse más información en la página web del curso. Pinchando aquí.
Os esperamos.
Un saludo cordial
Gregorio Labatut Serer
Presidente de Honor del Instituto de Expertos en Prevención de Blanqueo de Capitales de España (INBLAC)
miércoles, 4 de septiembre de 2013
Jornada profesional sobre Contabilidad y Auditoría de Cuentas
Este próximo 25
de septiembre organizada por la Asociación dentro de su XVII Congreso tendrá
lugar en Pamplona esta importante Jornada Técnica “Novedades normativas,
práctica profesional y contexto internacional”
La Jornada cuenta con la colaboración de las principales corporaciones profesionales y la participación de ponentes del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) -organismo regulador - e importantes firmas del sector.
Además, está homologada por el ICAC como formación continuada (7,5 h en contabilidad y auditoría).
Más información e inscripciones:
http://www.aeca.es/temporales2013/pub_auditores.pdf
Muchas gracias por vuestra atención, esperamos que sea de vuestro interés.
Para cualquier aclaración podéis contactar con AECA en info@aeca.es o en el 91 547 44 65.
Recibid un cordial saludo!
La Jornada cuenta con la colaboración de las principales corporaciones profesionales y la participación de ponentes del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) -organismo regulador - e importantes firmas del sector.
Además, está homologada por el ICAC como formación continuada (7,5 h en contabilidad y auditoría).
Más información e inscripciones:
http://www.aeca.es/temporales2013/pub_auditores.pdf
Muchas gracias por vuestra atención, esperamos que sea de vuestro interés.
Para cualquier aclaración podéis contactar con AECA en info@aeca.es o en el 91 547 44 65.
Recibid un cordial saludo!
Gregorio Labatut Serer
domingo, 1 de septiembre de 2013
Aplicación práctica de la Resolución del ICAC sobre inmovilizado material e inversiones inmobiliarias. Renovación del inmovilizado material.
Siguiendo con los comentarios, esquemas y casos prácticos sobre la Resolución
de 1 de marzo de 2013 de la Presidenta del ICAC por la que se dictan normas de
registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones
inmobiliarias, comentamos ahora la renovación del inmovilizado material.
Espero que pueda ser de utilidad.
Un saludo para todos.
Gregorio Labatut Serer
Director de los siguientes diplomas On
Line con título propio de la Universidad de Valencia:
- Diploma en Auditoría de Cuentas. 3ª
Edición. E-Learnig. Título propio de la universidad de Valencia. Homologado por
el ICAC para el primer examen de acceso al ROAC. Abierto plazo de
preinscripción curso 2013/2014: http://postgrado.adeit-uv.es/auditoria-cuentas
- Diploma de Especialización
profesional Universitario en Experto Contable 5ª Edición. E-Learning. Título
propio de la Universidad de Valencia. Homologado por el ICAC para el primer
examen de acceso al ROAC. Abierto plazo de preinscrpción curso 2013/2014: http://postgrado.adeit-uv.es/experto-contable
- Diploma de Especialización profesional Universitario
en Gestión Financiera y Contable de la Pyme. 11ª Edición. E-Learnig. Título
propio de la Universidad de Valencia. Abierto plazo de preinscripción curso
2013/2014:http://postgrado.adeit-uv.es/gestion-financiera-pyme
-. Curso “on line” de
formación sobre prevención de blanqueo de capitales para asesores fiscales,
contables y auditores de cuentas. Universidad de Valencia. Fundación
Universidad Empresa- Adeit. Abierto plazo de
preinscripción en:http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=blanqueo-asesores
domingo, 25 de agosto de 2013
Bases imponibles negativas en el impuesto sobre Sociedades y su efecto sobre la contabilidad.
La Norma de Registro y Valoración NRV 13ª del Plan General
de Contabilidad PGC indica que se puede reconocer un activo por impuestos
diferidos como consecuencia de “los derechos a compensar en ejercicios
posteriores por pérdidas fiscales (bases imponibles negativas)”.
Esto significa, que aplicando el principio de devengo,
pueden ser reconocidos el efecto impositivo (tipo impositivo multiplicado por
la base imponible negativa) en el ejercicio en el que ésta se produzca, con
independencia del momento de compensación, que según el art. 25 del TRLI (Texto
Refundido Ley Impuesto sobre sociedades), se puede compensar de los beneficios
obtenidos durante los 18 años siguientes.
El reconocimiento de este activo se realizará con abono al
resultado del ejercicio (disminuyendo por tanto la pérdida). Pero para el
reconocimiento de estos activos, en la cuenta 4745 Créditos por pérdidas a
compensar del ejercicio, debe tomarse ciertas cautelas, ya que como cualquier
activo, éste debe ser recuperable, esto es, que no exista duda razonable sobre
su compensación futura (hay que recordar que son 18 años).
En esta línea la consulta núm. 10 del ICAC publicada en el boletín
(BOICAC) núm. 80 de diciembre de 2009, impone una serie de condiciones para
este reconocimiento, entre los que podemos destacar:
-
Resulte probable de que la empresa disponga de
ganancias futuras suficientes para realizar la compensación.
-
Indicar que evidencias existen para esta
compensación futura, por ejemplo una planificación fiscal futura.
-
Si existe un historial pasado de pérdidas
continuadas, puede suponer arrojar dudas razonables sobre sus posibilidades de
compensación futuras.
-
Existencia de posibles pasivos por impuestos
diferidos, con los que se puedan compensar en el futuro.
Los auditores de cuentas son reacios a permitir el
reconocimiento de estos activos, y sobre todo en el caso de existencia de
pérdidas continuadas en el pasado.
También hay que decir que visto desde otra óptica, si en 18
años no es posible compensar unas bases imponibles negativas, más vale que la
empresa “cierre sus puertas” en estos momentos, con lo que quedaría
comprometido el “principio de gestión continuada”.
Etiquetas:
comentarios contables,
fiscal
domingo, 18 de agosto de 2013
Contratos de arrendamiento financiero y microempresas.
Para que una sociedad sea considerada microempresa
debe de cumplirse que durante dos años
consecutivos no ha sobrepasado dos de los tres límites siguientes;
-
ACTIVO: 1.000.000 EUROS.
-
CIFRA NEGOCIOS: 2.000.000 EUROS.
-
NUMERO TRABAJADORES: 10.
Si no supera estos límites se entiende que es
una microempresa y se aplicará el PGC Pymes, en el cual las microempresas
pueden contabilizar el leasing como un alquiler, esto es, contabilizando las
cuotas que pagan como arrendamientos operativos.
Etiquetas:
comentarios contables,
fiscal
domingo, 11 de agosto de 2013
Valoración de los activos biológicos.
Ahora bien, este criterio general para todo tipo de existencias, no obstnante existen algunas como las ganaderas y las agrícolas que tienen unas características muy especiales, que provoca que existan grandes dificultades en la determinación del coste de producción. Se trata de activos biológicos en las que el cálculo del coste de producción puede resultar bastante complejo, pues tenemos que asignar costes directos e indirectos que en ocasiones dificultan mucho su aplicación práctica.
martes, 6 de agosto de 2013
El Banco Europeo de Inversiones (BEI) y la Comisión Europea ofrecen 100.000 millones de euros a las Pymes.
Efectivamente, hemos leído en varios sitios:
- El Portal Europeo para Pymes. http://ec.europa.eu/small-business/funding-partners-public/finance/index_es.htm
- Página de Ediportguia. http://www.ediporcguia.com/noticias/el-bei-ofrece-100000-millones-las-pymes
El BEI y la Comisión Europea han puesto en marcha un plan
para proteger a las Pymes, y especialmente a las españolas, italianas y otros países
del sur de Europa. Este plan contempla ofrecer hasta 100.000 millones de euros y se piensa que se
verán beneficiadas un millón de Pymes.
He encontrado la siguiente dirección web para realizar peticiones:
domingo, 4 de agosto de 2013
Ampliación de capital en empresa en liquidación.
Se trata de una empresa en liquidación y disolución, que se encuentra con
pasivos y con activos pero sin liquidez, teniendo que atender a los pasivos.
En el caso de que los liquidadores acuerden, solicitar de los socios una
aportación para pago de deudas de la sociedad y éstos lo acepten. Las preguntas son:
- ¿Una sociedad disuelta y en liquidación
puede ampliar capital?.
- ¿Es correcto la utilización de la
cuenta 118. Aportación de los socios o propietarios, para este tipo de
aportación?.
sábado, 3 de agosto de 2013
El ICAC publica una resolución sobre la modificación de la Norma Técnica de Auditoría de Empresa en Funcionamiento.
Efectivamente el ICAC acaba de publicar la Resolución de 19de julio de 2013, por la que se publica la modificación de la Norma Técnica deAuditoría sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.
En pleno proceso de adaptación de las Normas Técnicas de auditoría (NTA) a las
Normas Internacionales de Auditoría (NIA), a través de la Resolución de 31 de enero de 2013, del ICAC, por la que se someten a información pública las nuevas Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, que se espera entren
en vigor el 1 de enero de 2014; el ICAC ha publicado la exposición pública de estaresolución sobre las repercusiones del principio de empresa en funcionamientoen el informe de auditoria.
Sabemos que en el caso de incertidumbres se establece la
obligatoriedad de hacer mención en un párrafo de énfasis del informe de
auditoría, sin que la opinión se vea afectada, por la existencia de dichas
incertidumbres sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en
funcionamiento, siempre que dichas circunstancias se informen adecuadamente en
las cuentas anuales conforme a lo exigido en el marco normativo de información
financiera.
Ahora bien, en los supuestos de que la información relativa
a esta situación de incertidumbre sobre la continuidad de la entidad no se
recoja adecuadamente en la memoria de las cuentas anuales el auditor deberá
reflejar en el informe de auditoría esta circunstancia como una salvedad por
ser constitutiva de un incumplimiento de principios y normas contables de
acuerdo con las normas técnicas de auditoría, siempre que sea significativa.
Por este motivo, resulta necesario modificar la Norma
Técnica de Auditoría existente actualmente sobre la aplicación del principio de
empresa en funcionamiento, publicada por Resolución de 31 de mayo de 1993 de
modo que converja con el tratamiento previsto en la NIA 570 «Empresa en
funcionamiento», en las distintas situaciones que pueden producirse en estos
casos, incluido el supuesto de presentación de las cuentas anuales cuando no es
aplicable el principio de empresa en funcionamiento y éstas se presentan bajo
la hipótesis alternativa de empresa en liquidación de acuerdo con el marco
establecido. (Ver en este sentido el Marco conceptual a aplicar en auditoríacuando no se aplica el principio de empresa en funcionamiento.)
Todo esto unido a la futura aplicación de las NIA, en elcaso concreto que nos ocupa la NIA 570 «Empresa en funcionamiento» conlleva la modificación de la antigua NTA sobre informes publicada
por Resolución de 31 de mayo de 1993.
De esta modificación destacamos lo siguiente:
viernes, 2 de agosto de 2013
Nueva consulta del ICAC comentada: Consulta núm. 2, BOICAC 94/Junio 2013. Sobre el tratamiento contable de la venta de activos sobre los que se había constituido una garantía hipotecaria, con el objetivo de cancelar la deuda garantizada
Siguiendo
con nuestra intención de explicar las consultas del ICAC con casos
prácticos, hemos comentado la consulta número 2 del BOICAC número 94/Junio
2013, sobre el tratamiento contable de la venta de activos sobre los que se
había constituido una garantía hipotecaria, con el objetivo de cancelar la
deuda garantizada. Como de costumbre, podéis consultarla en Aplicación práctica
de las consultas del ICAC de esta dirección:
Esperamos que puedan ser de interés.
Un saludo cordial.
jueves, 1 de agosto de 2013
Ampliaciones de capital por aportaciones no dinerarias entre empresas del grupo
Se trata de una ampliación de capital no dinerario de participaciones sociales aportando las participaciones sociales de otra empresa (que pertenece al grupo). El valor nominal de las participaciones aportadas 3.100. Valorando dicha participaciones por un valor de 2.000 en el momento de la aportación. Esto es, se amplia capital en 2.000 que es el valor real de las participaciones.
Se trata de aportaciones no dinerarias (inversiones financieras en empresas del grupo) a una ampliación de capital de otra sociedad.
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Se trata de aportaciones no dinerarias (inversiones financieras en empresas del grupo) a una ampliación de capital de otra sociedad.
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.
La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.





