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viernes, 22 de mayo de 2020

Nueva prórroga del estado de alarma. Fechas máximas relacionadas con las Cuentas Anuales, suponiendo que el fin del estado de alarma se produzca a las 00.00 horas día 7 de junio de 2020.



Esta semana se ha aprobado en el Congreso de los Diputados la prórroga del estado de alarma por 15 días más, esto es hasta las 00.00 horas del día 7 de junio de 2020.

Entonces, nos preguntamos, ¿cuáles serían las fechas contables relacionados con las Cuentas Anuales suponiendo que el cierre contable se hubiera producido el 31 de diciembre de 2019, y el estado de alarma no se prorrogase una vez más?

Pues bien, si el estado de alarma finalizase a las 00.00 horas del día 7 de junio de 2020, los plazos máximos serían los siguientes:

1.     Plazo máximo para la formulación de las Cuentas Anuales por parte de los administradores: 6 de septiembre de 2020. Pero no se prohíbe celebrarlas antes, incluso durante el periodo de alarma.

2.     Plazo máximo para la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios: 6 de diciembre de 2020.

3.     Plazo máximo para la legalización de libros oficiales. El plazo resultante sería el de cuatro meses desde la finalización del estado de alarma o sus prórrogas: 6 de octubre de 2020.

4.     Plazo máximo para el depósito de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil: 6 de enero de 2021, si la aprobación de las Cuentas Anuales se aprueba en el periodo máximo de 6 de diciembre de 2020. Por lo tanto, se prorroga hasta el año que viene, quien nos iba a decir esto.

COMENTARIO: Si n embargo, como el plazo para la presentación y liquidación del Impuesto sobre sociedades no se vincula a la aprobación de las Cuentas Anuales, sino que se presentará 25 días después de los seis meses contados desde el cierre del ejercicio, sería el 25 de julio de 2020, ¿tiene algún sentido esto?, la AEAT de momento no lo ha aplazado, pero se lo están pensando.

5.     Plazo mínimo (1) para presentar el informe de auditoría:

a. Caso de que hubieran formulado las Cuentas Anuales antes del 14 de marzo de 2020 o durante el periodo de alarma (2): Plazo 6 de agosto de 2020.

b. Caso de que se hubieran formulado Cuentas Anuales el 6 de septiembre de 2020: Plazo 6 de octubre de 2020. (rige el criterio general del periodo mínimo de un mes)

(1) En este caso se trata de un plazo mínimo, así lo establece el artículo 270 del TRLSC, como la consulta 4 del BOICAC 4/1991 y la última consulta publicada por el ICAC. El plazo máximo lo establecerá el contrato firmado con la empresa y el auditor, y en todo caso debe estar disponible en la fecha de convocatoria de la Junta General de socios.

(2) Caso de que se hubieran formulado las Cuentas Anuales durante el periodo de alarma. Ver Consulta del ICAC a este respecto. Puede verse nuestro post: El ICAC contesta una consulta sobre el proceso de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales de las distintas empresas y entidades, ante las medidas mercantiles contable y de auditoría tomadas por el Covid-19. Ya que podría haber colisión, en este caso, con la fecha de aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios.

6.    Plazo máximo para que las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones declaradas de utilidad pública e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones podrán presentar las cuentas y la memoria de actividades correspondientes al ejercicio económico de 2019 en el plazo de los cuatro meses siguientes a la fecha de finalización del estado de alarma. Si el estado de alarma finalizará a las 00.00 horas del día 7 de junio de 2020, el plazo se extendería hasta el día 6 de octubre de 2020.

Un saludo cordial para los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

-       Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

-       Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html




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Publicado por Gregorio Labatut Serer en Inblac: La problemática del titular real



Publicado por Gregorio Labatut Serer en INBLAC el artículo titulado la problemática del titular real.

En un trabajo anterior que publiqué con el título: Cómo aplicar las medidas de diligencia debida normales, indicábamos que entre estas medidas es preceptivo la identificación del titular real, y a esa problemática vamos a dedicar el presente artículo.

De modo, que en el caso de sociedades hay que conocer e identificar quien es el titular real. Se entiende por titular real de una persona jurídica a todas las personas físicas que en último término posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, o que por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de la gestión de dicha sociedad. 

Por lo tanto, nos debemos quedar que el titular real será:

Leer más en página de INBLAC pinchando aquí.

Espero que sea útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

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-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

-       Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

-       Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html




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Cuestiones contables-fiscales y de auditoría controvertidas derivadas del Covid-19




El Consejo General de Economistas a través de sus Registros Economistas Contables, REA Auditores y REAF asesores fiscales, ha publicado en su web un interesantísimo documento sobre Cuestiones contables-fiscales y de auditoría controvertidas derivadas del Covid-19

En este documento se incluyen polémicas sobre los efectos de la crisis económica provocada por el coronavirus tanto en el cierre de 2019, como en el ejercicio 2020.

De este modo, se desarrolla con profundidad los posibles efectos en el cierre de 2019 mediante el impacto de los hechos posteriores al cierre. Del mismo modo, se estudian y se dan soluciones desde el punto de vista contable, fiscal y de auditoría de los efectos en el ejercicio 2020 en las amortizaciones, en la flexibilización de los ERTE´s, la renegociación de los arrendamientos y los efectos de la línea de avales.

Muy recomendable, se puede ver en: https://ec.economistas.es/wp-content/uploads/sites/5/2020/05/Cuestiones_Contables-Fiscales-y-de-auditoría-controvertidas-derivadas-del-COVID-19-22-05-2020.pdf?utm_source=mailpoet&utm_medium=email&utm_campaign=no-184-revista-tecnica-economica_31

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor de la Universidad de Valencia, y miembro de EC y REC.



Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

-       Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

-       Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html
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jueves, 21 de mayo de 2020

Como contabilizar la exoneración por los ERTEs de la Seguridad Social



Estamos hablando de una exoneración en la Seguridad Social, condicionada al cumplimiento de determinados requisitos como son el mantenimiento del contrato con los trabajadores por un periodo mínimo de 6 meses desde la reanudación de la actividad.

Por lo tanto, esta exoneración condicionada podría ser asimilable desde el punto de vista económico a una subvención condicionada al mantenimiento posterior de la plantilla.

Para saber el tratamiento que debemos darles a estas bonificaciones, podemos tomar como referencia la Consulta Nº 5 del BOICAC 94 que trata sobre la contabilidad de desembolsos incurridos por cursos de formación de los trabajadores de una empresa que disfrutan de una bonificación en las cotizaciones de la seguridad social.

El tratamiento preferente que da el ICAC ante estas bonificaciones es el registro de las mismas como una subvención y registrarlas como un ingreso, a no ser que el importe en cuestión sea poco significativo en cuyo caso dicho importe puede minorar el gasto ocasionado en el subgrupo 64 por este concepto,

De tal modo que la bonificación que realice el Estado en el fondo es una subvención, bien de capital o bien de explotación, en función del concepto que este financiando el Estado.

De tal modo, que, si se financia elementos del activo, la subvención será de capital y se irá incorporando a gastos de forma proporcional a la pérdida de valor de dicho activo, bien por amortización o deterioro, o a la baja del mismo en el balance.

Mientras que, si se está financiando pérdidas del ejercicio o gastos del mismo, la subvención es de explotación y se imputará al mismo ejercicio al que se refieren las pérdidas o gastos financiados.

En el caso que nos ocupa, se trata de financiar una parte de la Seguridad Social, por lo que nos encontramos ante una bonificación de la misma, y obviamente siguiendo el mismo criterio debería ser reconocida como un ingreso por una subvención de explotación afectando al ejercicio del devengo del gasto pudiendo utilizar para ello una subcuenta del subgrupo 74 Bonificaciones Seguridad Social por ERTE´s.

A no ser, que sea muy poco significativa, en cuyo caso, en aplicación del principio de importancia relativa podría ser compensada con los gastos que se bonifican, dando oportuna información en la memoria, porque esto incumple el principio de no compensación, pero al ser de poca importancia relativa, se admite dicha compensación, cuestión que no viene al caso porque El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, establece que en los ERTEs autorizados en base a fuerza mayor vinculada al coronavirus se exonera a la empresa del pago de hasta el 100% de la aportación empresarial a la Seguridad Social  o el 75 % de la cuota cuando se trate de empresas de 50 trabajadores o más, siempre que se mantenga  el empleo los seis meses siguientes a la reanudación.

En este mismo sentido se manifiesta Economistas Contables EC del Consejo General de Economistas en un interesantísimo trabajo titulado: Cuestiones contables-fiscales de y de auditoría controvertidas derivadas del covid-19, que recomiendo puesto que se tratan diversos aspectos relacionados con la crisis económica del covid-19, como son: hechos posteriores, posibles efectos del covid-19 en el cálculo de las amortizaciones de 2020, flexibilización de los ERTES, renegociación de los arrendamientos y líneas de avales.


Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


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martes, 19 de mayo de 2020

¿Pueden las sociedades con ERTES repartir dividendos con cargo a los resultados de 2019?



El día 13 de este mes publicamos un post titulado: Las sociedades que se acogen a los ERTE´s no podrán repartir dividendos.

En él pusimos de manifiesto lo indicado en el artículo 5 del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, en el que textualmente se dice: “Artículo 5. Límites relacionados con reparto de dividendos y transparencia fiscal.

1. Las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales conforme a la normativa vigente no podrán acogerse a los expedientes de regulación temporal de empleo regulados en el artículo 1 de este real decreto-ley.

2. Las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas que se acojan a los expedientes de regulación temporal de empleo regulados en el artículo 1 de este real decreto-ley y que utilicen los recursos públicos destinados a los mismos no podrán proceder al reparto de dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen estos expedientes de regulación temporal de empleo, excepto si abonan previamente el importe correspondiente a la exoneración aplicada a las cuotas de la seguridad social.

No se tendrá en cuenta el ejercicio en el que la sociedad no distribuya dividendos en aplicación de lo establecido en el párrafo anterior, a los efectos del ejercicio del derecho de separación de los socios previsto en el apartado 1 del artículo 348 bis del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Esta limitación a repartir dividendos no será de aplicación para aquellas entidades que, a fecha de 29 de febrero de 2020, tuvieran menos de cincuenta personas trabajadoras, o asimiladas a las mismas, en situación de alta en la Seguridad Social”.

Reflexionando sobre esto, cabe preguntarse, ¿a qué dividendos se refiere?, ¿se refiere a los dividendos que se vayan a pagar en 2020 que correspondan a los resultados del ejercicio 2019, o más bien se refiere a los dividendos a pagar en 2021 correspondientes a los resultados de 2020?.

Tendremos que interpretar que se quiere decir con:  ".... no podrán proceder al reparto de dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen estos expedientes de regulación temporal de empleo, .....".

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Contabilidad de Operaciones Societarias. Presentación de instrumentos financieros y otras operaciones mercantiles.


https://www.efl.es/catalogo/manuales-juridicos/contabilidad-de-operaciones-societarias.-presentacion-de-instrumentos-financieros-y-otras-operaciones-mercantiles
Dada la buena acogida que tuvo la primera edición, Francis Lefebvre en colaboración con la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, AECA, se ha editado la segunda edición del libro Contabilidad de Operaciones Societarias. Presentación de instrumentos financieros y otras operaciones mercantiles, escrito por Ignacio Aguilar Jara y por Gregorio Labatut Serer.

En esta obra se abordan, desde una perspectiva práctica, los contenidos de la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Se analizan desde un punto de vista de la contabilidad la normativa mercantil que deben cumplir las sociedades.

Se estudian de forma agrupada los contenidos de la Resolución del ICAC, con el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y con el Código de Comercio.

Se ofrece para cada uno de los conceptos estudiados, casos prácticos para una mejor comprensión.

Una obra imprescindible para estar al día, esencial para Directores Financieros, Auditores, Asesores Contables y cualquier profesional de la contabilidad.

Más información en: https://www.efl.es/catalogo/manuales-juridicos/contabilidad-de-operaciones-societarias.-presentacion-de-instrumentos-financieros-y-otras-operaciones-mercantiles

Un saludo cordial para todos lo amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

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-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

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domingo, 17 de mayo de 2020

Publicado por Gregorio Labatut Serer en Inblac: El concepto de grupo en la normativa de PBC-FT y su aplicación


Publicado por Gregorio Labatut Serer en INBLAC el articulo titulado:  El concepto de grupo en la normativa de PBC-FT y su aplicación.

Las medidas de control interno a nivel de grupo, se regula en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Prevención de capitales y Financiación del Terrorismo. LPBC-FT.

En este sentido en el punto 3 se define el concepto de grupo según lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio, por lo que se refiere al denominado grupo de control o grupo vertical que incluye a aquellas sociedades que están contraladas por otra.
Leer más en página de INBLAC pinchando aquí.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia y Presidente de honor de INBLAC.
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
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Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html
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Impacto del Covid en el cierre contable de 2019.



Organizado por la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana, el próximo dia 28 de mayo de 2020, de 10,30 a 12 horas, el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un webinar sobre el impacto del Covid 19 en el cierre contable de 2019.



Las consecuencias tan graves que se están produciendo en nuestro país por motivo de la pandemia del Covid-19 ha obligado al Gobierno a decretar el estado de alarma en todo el país, mediante el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las consecuencias económicas que esto está teniendo en nuestro país son gravísimas, y para intentar paliar en lo posible estas consecuencias, se han promulgado diversas normas, principalmente Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, modificado en parte por el Real Decreto-ley 11/2020

Estas norma tiene modificaciones importantes en la legislación mercantil y contable que hay que conocer.

Nosotros ante esto queremos exponer en el webinar las repercusiones que las mismas tienen sobre la contabilidad y en la auditoría de cuentas.

Además, los acontecimientos vividos por la crisis del Covid-19 en el primes trimestre de 2020, es un hecho posterior al cierre contable, por lo que se trata de determinar qué efectos puede tener esta crisis en el cierre contable de 2019, y sus consecuencias a efectos fiscales de liquidación del Impuesto sobre Sociedades.





       INTRODUCCIÓN

       Medidas mercantiles.

       medidas contables.

       Efectos en el cierre contable de 2019.

       Consecuencias fiscales en la declaración del Impuesto sobre sociedades.

       Información que se suministra en la memoria sobre la crisis del covid-19

       Posible necesidad de reformulación de Cuentas Anuales.

Más información en: https://www.apafcv.es/actividades/cursos/webinar-impacto-del-covid-19-en-el-cierre-contable-de-2019

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer


Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

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-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.




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Principales implicaciones contables, mercantiles y fiscales ante el Covid-19 y repercusiones en la auditoría de cuentas.




Organizado por el Colegio de Economistas de Albacete, el próximo día 27de mayo de 2020, de 10 a 14 horas, el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un webinar sobre Principales implicaciones contables, mercantiles y fiscales ante el Covid-19 y repercusiones en la auditoría de cuentas.

INTRODUCCIÓN.

Las consecuencias tan graves que se están produciendo en nuestro país por motivo de la pandemia del Covid-19 ha obligado al Gobierno a decretar el estado de alarma en todo el país, mediante el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las consecuencias económicas que esto está teniendo en nuestro país son gravísimas, y para intentar paliar en lo posible estas consecuencias, se han promulgado diversas normas, principalmente Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Se estudiarán los efectos mercantiles, contables y fiscales de las siguientes normas:

Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

·       Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Principalmente articulo 40.

·       Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

·       Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19,

·       Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

·       Consulta del ICAC sobre Efecto de la crisis sanitaria y el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en el proceso de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales de las distintas empresas y entidades.



Nosotros ante esto queremos exponer en el webinar las consecuencias mercantiles, contables y fiscales.

PROGRAMA:

       INTRODUCCIÓN

       Medidas mercantiles.

       medidas contables.

       medidas fiscales.

       Repercusiones en la auditoría de cuentas.

Más información en: https://www.economistas-albacete.com/formacion

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


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Aplazamientos de determinadas declaraciones tributarias y pago de impuestos.



Organizado por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el próximo día 21 de mayo, el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá un webinar sobre “Aplazamientos de determinadas declaraciones tributarias y pago de impuestos”.

Las consecuencias tan graves que se están produciendo en nuestro país por motivo de la pandemia del Covid-19 ha obligado al Gobierno a decretar el estado de alarma en todo el país, mediante el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las consecuencias económicas que esto está teniendo en nuestro país son gravísimas, y para intentar paliar en lo posible estas consecuencias, se han promulgado diversas normas, principalmente Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

El estado de alarma está teniendo un fuerte impacto en la economía de nuestras empresas, muchos negocios han tenido que cerrar y/o cesar en su actividad, el confinamiento ha producido una impórtate merma de ingresos en personas y empresas. Todos estos problemas económicos han tenido una repercusión en las posibilidades de empresas y autónomos para hacer frente a sus obligaciones tributarias, declaración y pagos de impuestos.

Por este motivo, y desde una óptica eminentemente fiscal, el Gobierno ha decretado una serie de aplazamientos en las declaraciones tributarias y en el pago de algunos impuestos. Todo esto se ha regulado principalmente por las siguientes normas:

  1. Régimen de aplazamiento de las deudas tributarias en el ámbito de tributos estatales, mediante solicitud de aplazamiento expreso. Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
  2. Medidas de aplazamiento de declaraciones tributarias. Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
  3. Aplazamiento de los pagos por liquidaciones, deudas iniciadas con la AEAT, plazos aplazados, etc, sin presentación de ninguna solicitud. se aplicará por defecto. Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

En el webinar se desgranarán las particularidades de estas normas.

PROGRAMA:

1.       Introducción.

2.       Efectos del aplazamiento especial decretado por el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Impuestos a los que afecta.

  1. Efectos del aplazamiento de ciertas declaraciones tributarias decretado por el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias. Efecto en determinados impuestos.
  2. Efectos sobre el aplazamiento en el pago regulado por Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Impuestos que se ven afectados.

Más información en: https://www.escueladeauditoria.es/formateencasa

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.

Jornadas online mediante webinars homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores inscritos en el ROAC: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Jornada presencial: Jornada sobre confección de un plan de viabilidad con hoja de cálculo. Dia 18 de septiembre de 2020. 6 horas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %.  https://congresos.adeituv.es/planviabilidad2020/ficha.es.html

Jornada presencia: Jornada aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo 2020. 25 de septiembre de 2020.  . Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas. Se podrá aplicar el computo del 150 %. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresas2020/paginas/pagina_595_1.es.html

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF


-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.

-        http://cort.as/-HlSN


-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad

-       Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST. Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


-       Certificado Universitario de postgrado en tecnología de la información y sistemas informáticos. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/-HlSx  Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.


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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.